Expresión común en el fuero castrense, para designar la extensión en donde el Consejo de Guerra ejerce jurisdicción.
Faja de territorio nacional de cien kilómetros a lo largo de las fronteras y de cincuenta en las playas, en la que, por ningún motivo los extranjeros y las sociedades extranjeras podrán adquirir el dominio directo.
(Criminología) Aberración sexual, consistente en satisfacerse sexualmente con animales.