Loc. lat. que significa: “los tratados deben ser cumplidos”. También en derecho internacional se les reconoce como la “santidad de los tratados”.
(Derecho Civil) Acuerdo unánime celebrado entre los copropietarios de un bien, con el fin de postergar la partición del mismo. En el Perú, si es inscrito en el registro correspondiente, tiene efecto contra terceros.
(Derecho Civil) Figura por el cual, en la relación obligatoria, se da el cumplimiento de la prestación debida, extinguiéndose el vínculo y quedando liberado el deudor.
(Derecho Penal). Homicidio calificado, por razón del vínculo familiar
(Derecho Penal). Homicidio calificado, por razón del vínculo familiar pues la víctima es ascendiente o descendiente del sujeto activo. /Delito cometido por quién mata a su propia madre.
(Derecho Civil) centro de interés o de voluntad dentro de la relación
(Derecho Procesal). Persona que asume el reclamo de la reparación civil, como consecuencia del daño ocasionado a causa del delito.
En toda controversia o juicio, existe un litigante y su demanda, y otro con una pretensión opuesta al primero.
(Derecho Civil) Acto por el cual las cuotas ideales (o porcentajes de total) de un bien sometido al régimen de copropiedad, se materializan, por tanto cada copropietario adquiere la propiedad exclusiva de una parte concreta de mismo.
Vínculo natural, legal y moral que une a un hombre con su hijo.
Ciencia que estudia las anomalías de la organización social, en ésta se detalla la significación, extensión, causas, resultados y tratamientos de los que producen la pobreza, el delito, la mala salud, etc.
Derechos Y obligaciones correspondientes a una persona. Bienes materiales equivalentes en dinero, que pertenecen a una persona. Riqueza o renta de una persona.
V.:Abogado prevaricante
Sanción prevista por la ley para los delitos graves.
Sanción, que en algunos casos, se agrega a la pena principal o grave.
Véase: Pena de Muerte.
Abogado especialista en asuntos penales. Versado en derecho penal.
Loc. Lat. que significa: “por accidente”.
Por sí mismo. Se refiere a las características o cualidades que pertenecen a la esencia de algo o que nacen directamente con ella.
Dícese del último plazo concedido o de la resolución final tomada en cualquier asunto./ Apremiante, decisivo, indefectible.
Es la apreciación de los hechos controvertidos en un proceso, por algunas personas expertas en alguna ciencia o arte.
Persona reconocida por su conocimiento de un arte u oficio, cuya opinión orienta al juez.
El que jura en falso, o quebranta maliciosamente el juramento que ha hecho.
Son aquellas capaces de ejercitar sus derechos y asumir sus obligaciones.
Entes colectivos a las que la ley atribuye la capacidad de ejercer sus derechos y el deber de soportar sus obligaciones.
Acto de presentarse en un juicio a ejercer sus derechos.
Voz policial, que ordena la inspección o indagación para extraer información útil en la investigación policial.
Contrato que tiene por finalidad asegurar el cumplimiento de una obligación por medio de la aceptación de algunos bienes con garantía.
(Derecho Procesal) Es el espacio de tiempo determinado por la Ley o por el Juez dentro del cual debe de llevarse a cabo un acto procesal.
Técnica Constitucional de consulta que se efectúa a la ciudadanía para verificar si aprueba o rechaza un asunto o decisión del gobierno.
Funcionarios encargados de obligar al cumplimiento de la ley.
Integrante de un tribunal colegiado encargado de redactar la sentencia.
Loc. Lat. Que significa: “por dividir o partir”.
Loc. Lat. Que significa: “Después de la muerte”.
Loc. Lat. Que significa: “Después del parto”.
(Derecho Civil) persona que posee un bien facticamente, es decir, sin derecho, ya sea porque nunca lo tuvo o porque el que tenía ha vencido.
La antelación o preferencia con que una cosa debe ser atendida respecto de otra con que se compara.
Reflexión anticipada de un hecho delictivo, cálculo sobre sus consecuencias y externalización de un hecho meditado con deliberado ánimo delictivo. Meditación de un daño. Circunstancia agravante de un delito.
(Derecho Civil) Designación que individualiza e identifica a una persona dentro de su familia. También es conocido como nombre de pila.
Vencimiento de un período establecido por ley.
Fin de un plazo establecido por la ley./ (Derecho Penal). Límite temporal que establece el estado para castigar determinados delitos, tras el cual se hace inoperante su poder punitivo.
Objeto o contenido de la obligación, es el comportamiento que debe tener el deudor, consiste en un dar, un hacer o en un no hacer./ Dícese del objeto de una obligación./ Contenido de un deber jurídico.
Principio destinado a que en los procesos penales sea la acusación quien deba probar la responsabilidad penal del inculpado.
Es la manifestación de voluntad dirigida al órgano jurisdiccional, por la cual una persona (natural o jurídica) se autoatribuye un derecho frente a otra y solicita sea declarado así en la sentencia de fondo.
Es la facultad de exigir al deudor cambiario, el pago de la suma contenida en un título valor, en razón de haberlo suscrito.
Manifestación d ela voluntad de una parte por la que busca satisfacer un interés, supuestamente vulnerado por otro, a través de un órgano jurisdiccional, al haber transformado su pretensión material en pretensión procesal.
(Derecho Civil) Omisión en testamento de un heredero forzoso, desconociendo su calidad de tal, pero sin desheredarlo expresamente.
(Derecho Penal) Lo que excede a la intención. Dícese del hecho que sobrepasa el propósito del agente causante del delito. Es un hecho intencional, empero, cuyos resultados han ido más allá de los buscado por el agente.
Loc.lat. que significa: a primera vista". Jurídicamente, expresa la primera apariencia eterna, sin ver sus esencias. 529 P Principio de legalidad "Norma que obliga a todos los poderes del estado a someterse a la ley.
Es el postulado o axioma que informa la forma o manera de ser un proceso.
Medida cautelar extraordinaria acordada por el juez de privación de libertad de un detenido mientras se instruye la causa.
Persona formalmente acusada de un delito en un proceso penal o de una falta en un proceso administrativo disciplinario.
Es cuando cualquier persona, sin necesidad de poder, puede promover demanda a nombre de otra que esté ausente o impedida de hacerlo, con el fin de evitar que pueda sufrir algún perjuicio.
Licenciado en Derecho debidamente colegiado que representa los intereses del Estado cuando éste litiga ante los órganos judiciales.
Persona que hace una promesa.
Es el derecho subjetivo de disponer libremente de los objetos sobre los que recae.
Cuota Proporcional de una cantidad total dividida entre varios concurrentes al hecho.
Acción de difundir una doctrina con el propósito de captar nuevos adherentes y propagadores.
Es la diligencia realizada ante Notario o Juez de Paz, por el cual el título valor se convierte en un medio para comprobar la falta de pago total o parcial de los mismos y dar inicio a las acciones judiciales.
Incorporar o registrar un expediente judicial o privado en el registro oficial que lleva el notario.
Res la actividad que tiene por finalidad acreditar los hechos alegados y controvertidos./ Demostración de un hecho material o jurídico.
Cualquiera de las medidas de prueba, debidamente aceptadas por el Juez.
Medio indubitable o irrefutable que comprueba sin duda la verdad o falsedad sobre un hecho en controversia.
Cantidad que se oferta en una subasta.
Para H. Capitant son las partes de los motivos de un fallo donde se anuncian las razones invocadas por cada una de las partes en apoyo de sus pretensiones, así como el resumen de las cuestiones sometidos al fallo de tribunal.
Partes de un proceso donde existe controversia entre los litigantes, en los cuales deben resolver el Juez.
Cumplir con la pena impuesta por alguna falta o delito.