Aprueban la definición de metas de cumplimiento y evaluación de los servidores públicos de alto rendimiento contratados con cargo al Fondo de Apoyo Gerencial (FAG) en el marco de la Ley N° 31912 así como indicadores metas de cumplimiento criterios de verificación y periodicidad

Aprueban la definición de metas de cumplimiento y evaluación de los servidores públicos de alto rendimiento contratados con cargo al Fondo de Apoyo Gerencial (FAG), en el marco de la Ley Nº 31912, así como indicadores, metas de cumplimiento, criterios de verificación y periodicidad

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA

Nº 000020-2024-SERVIR-PE

Lima, 24 de enero de 2024

VISTOS: El Informe Nº 000001-2024-SERVIR-GDGP-MLQ y el Memorando Nº 000013-2024-SERVIR-GDGP de la Gerencia de Desarrollo de la Gerencia Pública; el Informe Técnico Nº 000033-2024-SERVIR-GPGSC de la Gerencia de Políticas de Gestión del Servicio Civil; y el Informe Legal Nº 000023- 2024-SERVIR-GG-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1023 se creó la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, como organismo técnico especializado, rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos del Estado, con el fin de contribuir a la mejora continua de la administración del Estado a través del fortalecimiento del servicio civil;

Que, el artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 1023, dispone que el Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos establece, desarrolla y ejecuta la política de Estado respecto del servicio civil, a través del conjunto de normas, principios, recursos, métodos, procedimientos y técnicas utilizados por las entidades públicas en la gestión de recursos humanos;

Que, el artículo 3 del Reglamento General de la Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM y modificatorias, señala que el Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos está conformado por siete (7) subsistemas; entre ellos, el subsistema de organización del trabajo y su distribución, que define las características y condiciones del ejercicio de las funciones, así como los requisitos de idoneidad de las personas llamadas a desempeñarlas; el subsistema de gestión del empleo, que incorpora el conjunto de políticas y prácticas de personal destinadas a gestionar los flujos de servidores en el referido sistema, desde su incorporación hasta su desvinculación; y el subsistema de gestión del rendimiento, que identifica, reconoce y promueve el aporte de los servidores civiles a los objetivos y metas institucionales, dejando evidencia de sus necesidades para mejorar el desempeño en sus puestos y, como consecuencia de ello, de las entidades públicas;

Que, el Decreto de Urgencia Nº 002-2023, aprobó medidas extraordinarias y urgentes, en materia económica y financiera, para impulsar la reactivación económica en el ámbito sectorial, regional y familiar a través de la inversión pública y gasto corriente; entre las cuales, se encuentran los artículos 3 y 4 referidos al Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos – SAGRH;

Que, la Ley Nº 31912, Ley que aprueba créditos suplementarios para el financiamiento de mayores gastos asociados a la reactivación económica, la respuesta ante la emergencia y el peligro inminente por la ocurrencia del fenómeno El Niño para el año 2023 y dicta otras medidas; estableció entre otros, en los artículos 60 y 61, disposiciones referidas al Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos – SAGRH;

Que, el numeral 60.1 del artículo 60 de la citada Ley Nº 31912 dispone, la vinculación de los gerentes generales regionales de los gobiernos regionales, y los gerentes municipales de los gobiernos locales priorizados, al régimen regulado por la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, a partir del año 2024. Asimismo, el numeral 60.2 del artículo en referencia, dispone que los gobiernos locales priorizados son establecidos por el Ministerio de Economía y Finanzas según el presupuesto institucional autorizado en materia de inversiones en el respectivo año fiscal, a solicitud de SERVIR. Además, el numeral 60.3 del artículo citado, establece que para la vinculación de funcionarios públicos a la que se refiere el numeral 60.1, los gobiernos regionales y los gobiernos locales priorizados deben emplear los perfiles de puestos definidos por SERVIR, a través de la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000014-2023-SERVIR-PE, modificatorias y normas que la sustituyan;

Que, asimismo, el numeral 61.1 del artículo 61 de la referida Ley Nº 31912, autoriza, a partir del año 2024, la contratación de servidores públicos de alto rendimiento en los gobiernos regionales y los gobiernos locales priorizados, con cargo al Fondo de Apoyo Gerencial (FAG) establecido por el Decreto Ley 25650; asimismo, el numeral 61.2 del citado artículo, precisa que dichos contratos se suscriben previa opinión favorable de SERVIR, respecto a la verificación del cumplimiento del perfil, asimismo se dispone que se encuentran sujetos a evaluación periódica de acuerdo con lo que disponga SERVIR, lo que condiciona su renovación. Para tal efecto, el Ministerio de Economía y Finanzas, a solicitud de SERVIR, establece las metas de cumplimiento, la verificación y la evaluación correspondiente;

Que, adicionalmente, el numeral 61.3 del artículo 61 de la Ley Nº 31912 establece que mediante Resolución Ministerial del Ministerio de Economía y Finanzas y Resolución de Presidencia Ejecutiva de SERVIR, se dictarán las normas complementarias que resulten necesarias para la implementación del referido artículo 61; por último, el numeral 61.4 del artículo 61 de la referida Ley Nº 31912, señala que dicho artículo 61 se aplica al personal contratado en el marco del artículo 4 del Decreto de Urgencia Nº 002-2023, Decreto de Urgencia que estableció medidas extraordinarias para impulsar la reactivación económica en el ámbito sectorial, regional y familiar a través de la inversión pública y gasto corriente;

Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000234-2023-SERVIR-PE, publicada en el Diario Oficial El Peruano (Edición Extraordinaria) el 18 de diciembre de 2023, se aprobaron los criterios de dotación y de contraprestaciones de los/as servidores/as públicos de alto rendimiento contratados con cargo al Fondo de Apoyo Gerencial (FAG) regulado por el Decreto Ley Nº 25650, en los gobiernos regionales y gobiernos locales priorizados, en el marco de la Ley Nº 31912 (Anexo Nº 01); la dotación de los/as servidores/as públicos de alto rendimiento a ser contratados con cargo al Fondo de Apoyo Gerencial (FAG) regulado por el Decreto Ley Nº 25650, en os gobiernos regionales y gobiernos locales priorizados, en el marco de la Ley Nº 31912 (Anexo Nº 02); los perfiles de puesto de los/as gerentes/as generales de los gobiernos regionales y de los/as gerentes/as municipales de los gobiernos locales priorizados, en el marco de la Ley Nº 31912 (Anexo Nº 03); los perfiles de puesto de los/as servidores/as públicos de alto rendimiento a ser contratados con cargo al Fondo de Apoyo Gerencial (FAG) regulado por el Decreto Ley Nº 25650, en los gobiernos regionales y gobiernos locales priorizados, en el marco de la Ley Nº 31912 (Anexo Nº 04); y las contraprestaciones de los/as servidores/as públicos de alto rendimiento a ser contratados con cargo al Fondo de Apoyo Gerencial (FAG), regulado por el Decreto Ley Nº 25650, en los gobiernos regionales y gobiernos locales priorizados, en el marco de la Ley Nº 31912 (Anexo Nº 05);

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 428-2023-EF/43 se aprueba la Directiva Nº 006-2023-EF/43.01 denominada “Lineamientos para la renovación de los contratos de los servidores públicos de alto rendimiento suscritos en el marco del Decreto de Urgencia Nº 002-2023 con cargo al Fondo de Apoyo Gerencial para el año Fiscal 2024” con el objeto de establecer disposiciones que regulan la renovación de los contratos vigentes al 31 de diciembre de 2023 para el año fiscal 2024, celebrados en el marco del Decreto de Urgencia Nº 002-2023;

Que, en ese marco normativo, mediante Oficio Nº 000945-2023-SERVIR-GDGP de fecha 21 de noviembre de 2023, la Gerencia de Desarrollo de la Gerencia Pública solicitó a la Dirección de Articulación de Presupuesto Territorial del Ministerio de Economía y Finanzas, que brinde su conformidad, o en caso considere pertinente, emita su propuesta respecto a los indicadores, metas y medios para la evaluación de los servidores públicos de alto rendimiento contratados con cargo al Fondo de Apoyo Gerencial (FAG) establecido por el Decreto Ley 25650; en atención a ello, mediante correo electrónico de fecha 9 de enero de 2024, el MEF remitió la propuesta de indicadores, metas y medios de verificación para los citados servidores/as públicos de alto rendimiento contratados;

Que, mediante Informe Nº 000001-2024-SERVIR-GDGP-MLQ y Memorando Nº 000013-2024-SERVIR-GDGP, la Gerencia de Desarrollo de la Gerencia Pública sustenta técnicamente la propuesta de aprobación de la definición de metas de cumplimiento y evaluación de los servidores públicos de alto rendimiento contratados con cargo al Fondo de Apoyo Gerencial (FAG), en el marco de la Ley Nº 31912; y la implementación de la evaluación de los servidores públicos de alto rendimiento contratados con cargo al Fondo de Apoyo Gerencial (FAG), en el marco de la Ley Nº 31912; con la finalidad de implementar lo establecido en el numeral 61.2 del artículo 61 de la Ley Nº 31912;

Que, la Gerencia de Políticas de Gestión del Servicio Civil señaló a través del Informe Técnico Nº 000033-2024-SERVIR-GPGSC que la propuesta incluye los indicadores, las metas de cumplimiento, criterios de verificación y periodicidad para la evaluación de los servidores públicos de alto rendimiento contratados con cargo al Fondo de Apoyo Gerencial (FAG) regulado por el Decreto Ley Nº 25650, lo que contribuye a la implementación del artículo 61.2 de la Ley Nº 31912; por lo que, de la verificación efectuada considera que resulta viable la propuesta efectuada por la Gerencia de Desarrollo de la Gerencia Pública;

Que, mediante el Informe Legal Nº 000023- 2024-SERVIR-GG-OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica concluye que la propuesta efectuada por la Gerencia de Desarrollo de la Gerencia Pública ha sido coordinada con el MEF, y cumple con lo establecido en los artículos 60 y 61 de la Ley Nº 31912; por lo que emite opinión legal favorable, y recomienda que se continúe con el trámite para su aprobación;

Con el visado de la Gerencia de Desarrollo de la Gerencia Pública, la Gerencia de Políticas de Gestión del Servicio Civil y de la Oficina de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto la Ley Nº 31912, que aprobó créditos suplementarios para el financiamiento de mayores gastos asociados a la reactivación económica, la respuesta ante la emergencia y el peligro inminente por la ocurrencia del fenómeno El Niño para el año 2023 y dicta otras medidas; el Decreto Legislativo Nº 1023, Decreto Legislativo que crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil, rectora del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, y modificatorias; la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil y sus modificatorias; su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM y sus modificatorias; y el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR, aprobado por Decreto Supremo Nº 062-2008-PCM y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la definición de metas de cumplimiento y evaluación de los servidores públicos de alto rendimiento contratados con cargo al Fondo de Apoyo Gerencial (FAG), en el marco de la Ley Nº 31912, conforme al Anexo Nº 1 que forma parte integrante de la presente Resolución de Presidencia Ejecutiva.

Artículo 2.- Aprobar los indicadores, metas de cumplimiento, criterios de verificación y periodicidad de los servidores públicos de los servidores públicos de alto rendimiento contratados con cargo al Fondo de Apoyo Gerencial (FAG), en el marco de la Ley Nº 31912, conforme al Anexo Nº 2 que forma parte integrante de la presente Resolución de Presidencia Ejecutiva.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, y sus anexos en la sede digital de la Autoridad Nacional del Servicio Civil (www.gob.pe/servir).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ANA ISABEL PARI MORALES

Presidenta Ejecutiva

Consejo Directivo

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