Aprueban el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho

Aprueban el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho

ORDENANZA Nº 459-MDSJL

San Juan de Lurigancho, 23 de enero de 2024

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO

POR CUANTO:

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO

VISTOS: En Sesión Ordinaria de Concejo Municipal de la fecha, y de conformidad con lo establecido en el numeral 8 del artículo 9 y del articulo 39 y 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, por mayoría y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, aprobó la siguiente:

ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) Y LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO

Artículo 1.- APROBAR el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, que consta de dos (02) títulos, nueve (09) capítulos, y ciento diez (110) artículos, que como anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza.

Artículo 2.- DEROGAR la Ordenanza Nº 345, Ordenanza Nº 349 y la Ordenanza Nº 354 que modifican la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho.

Artículo 3.- FACULTAR al señor alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las normas reglamentarias o complementarias que fueran necesarias para implementar la presente Ordenanza.

Artículo 4.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial “El Peruano”, y a la Subgerencia de Tecnologías de la Información en coordinación con la Secretaría de Comunicación e Imagen Institucional su publicación conjuntamente con el Anexo en el Portal Institucional, en atención a lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley Nº 29091.

Artículo 5.- ENCARGAR a Gerencia Municipal disponer la implementación de la presente Ordenanza.

Artículo 6.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a través de la Gerencia de Planificación y la Subgerencia de Desarrollo Institucional y Cooperación Nacional e Internacional la adecuación de los instrumentos de gestión que se requieran, en el término de sesenta (60) días hábiles, a partir de la publicación de la presente Ordenanza.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

JESÚS MALDONADO AMAO

Alcalde

2255350-1