Disponen la implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE) en los órganos jurisdiccionales del Módulo Civil Corporativo de Litigación Oral y Salas Civiles de la Corte Superior de Justicia Del Santa que atienden procesos de la Especialidad Civil Subespecialidad Civil

Disponen la implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE), en los órganos jurisdiccionales del Módulo Civil Corporativo de Litigación Oral y Salas Civiles de la Corte Superior de Justicia Del Santa, que atienden procesos de la Especialidad Civil Subespecialidad Civil

consejo ejecutivo

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA

N° 000379-2020-CE-PJ

Lima, 24 de Diciembre del 2020

VISTO:

El Oficio N° 000056-2020-P-CT-EJE-PJ cursado por el señor Consejero Héctor Enrique Lama More, Presidente de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico del Poder Judicial.

CONSIDERANDO:

Primero. Que, mediante Resolución Administrativa Nº 000136-2020-CE-PJ, del 7 de mayo de 2020, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprobó el “Proyecto Implementación Expediente Judicial Electrónico-EJE a la Oralidad Civil”, a los órganos jurisdiccionales que vienen implementando la oralidad y están organizados bajo el Modelo Corporativo, ante la prórroga de la emergencia sanitaria, la cual exige que el Poder Judicial lleve a cabo acciones inmediatas que permitan continuar impartiendo justicia en forma ininterrumpida en toda la extensión del territorio nacional; así como salvaguardar la integridad de jueces, personal jurisdiccional y de los justiciables.

Segundo. Que, por Resolución Administrativa N° 000667-2020-P-CSJSA-PJ, emitida por la Presidencia de la Corte Superior de Justicia Del Santa, se conformó el Comité de Usuarios e Implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) de la referida Corte Superior.

Tercero. Que, la Gerencia de Servicios Judiciales y Recaudación mediante Oficio N° 000100-2020-GSJR-GG-PJ informa respecto al alcance de los órganos jurisdiccionales del Módulo Civil Corporativo de Litigación Oral que serán comprendidos en la implantación del Expediente Judicial Electrónico en la Corte Superior de Justicia Del Santa; así como el dimensionamiento de la Mesa de Partes Física para el EJE, manifestando la priorización del uso de la Mesa de Partes Electrónica y en la coyuntura, habilitar una línea de trabajo en la Mesa de Partes Física para la recepción de documentos en cada una de las dos sedes (sede principal y sede 02) de la referida Corte Superior. Información concordante con lo aprobado por la Comisión de Usuarios y Comité de Implementación del Expediente Judicial Electrónico–EJE a la Oralidad Civil de la Corte Superior de Justicia Del Santa mediante acta de formalización de fecha 17 de diciembre, determinándose su aplicación para la Especialidad Civil Subespecialidad Civil.

Cuarto. Que, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia Del Santa, mediante Oficio N° 0001721-2020-P-CSJSA-PJ y Oficio N° 0001722-2020-P-CSJSA-PJ, manifiesta que ha cumplido con adoptar todas las medidas pertinentes para la factibilidad técnica necesaria para la implantación del Expediente Judicial Electrónico; y propone como fecha de entrada en funcionamiento del Expediente Judicial Electrónico a partir del día 24 de diciembre, y como fecha de inauguración el día 30 de diciembre de 2020.

Quinto. Que, la Gerencia de Informática de la Gerencia General del Poder Judicial, mediante Oficios Nros. 001276-2020-GI-GG-PJ y 001295-2020-GI-GG-PJ de fechas 20 y 22 de diciembre de 2020, informa sobre las actividades ejecutadas para la implantación del EJE en la Corte Superior de Justicia Del Santa; así, también, comunica la factibilidad para la puesta en producción e inicios de operaciones del Expediente Judicial Electrónico en la referida Corte, a partir del día 24 de diciembre de 2020, y como fecha de inauguración el día 30 de diciembre del mismo año.

Sexto. Que, estas actividades de implementación del Expediente Judicial Electrónico dispuesta por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, se desarrolla en el contexto provocado por la emergencia sanitaria generada por la pandemia COVID-19 en el país, permitiendo incorporar nuevos servicios en beneficio de los justiciables y de los órganos jurisdiccionales, con la finalidad de facilitar la labor jurisdiccional, brindar funcionalidad al trabajo remoto de jueces y servidores; así como facilitar el acceso a la justicia, permitiendo tener procesos transparentes, seguros y céleres; logrando un impacto significativo y positivo en la ciudadanía.

Sétimo. Que, el artículo 82°, inciso 26, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece que es atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, emitir acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias judiciales del Poder Judicial funcionen con celeridad y eficiencia.

Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 1577-2020 de la septuagésimo quinta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 23 de diciembre de 2020, realizada en forma virtual con la participación de los señores Lecaros Cornejo, Lama More, Álvarez Trujillo, Pareja Centeno y Castillo Venegas, sin la intervención del señor Arévalo Vela por encontrarse de vacaciones; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Disponer la implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE), a partir del 24 de diciembre de 2020, en los siguientes órganos jurisdiccionales del Módulo Civil Corporativo de Litigación Oral y Salas Civiles de la Corte Superior de Justicia Del Santa, que atienden procesos de la Especialidad Civil Subespecialidad Civil, conforme al detalle siguiente:

- 1º Sala Superior Civil Permanente

- 2º Sala Superior Civil Permanente

- 1° Juzgado Especializado Civil Permanente.

- 2° Juzgado Especializado Civil Permanente

- 3° Juzgado Especializado Civil Permanente.

- 4° Juzgado Especializado Civil Permanente.

- 5° Juzgado Especializado Civil Permanente.

La ceremonia de inauguración se realizará el 30 de diciembre de 2020.

Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia General del Poder Judicial; así como a la Corte Superior de Justicia Del Santa, en cuanto sea su competencia, realicen las acciones administrativas necesarias para el cumplimiento de las disposiciones establecidas en la presente resolución.

Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución a la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Equipo Técnico Institucional de Implementación de Oralidad Civil, Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico, Presidente de la Corte Superior de Justicia Del Santa; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

JOSÉ LUIS LECAROS CORNEJO

Presidente

1915514-11