Otorgan a persona natural autorización de organización de una empresa clasificadora de riesgo que será denominada Clasificadora de Riesgo SUMMARATINGS S.A.

Otorgan a persona natural autorización de organización de una empresa clasificadora de riesgo que será denominada “Clasificadora de Riesgo SUMMARATINGS S.A.”

Resolución de Intendencia General SMV

Nº 020-2020-SMV/11.1

Lima, 12 de marzo de 2020

El Intendente General de Supervisión de

Conductas

Vistos:

El expediente Nº 2020001305, así como el Informe Interno Nº 300-2020-SMV/11.1 del 10 de marzo de 2020, de la Intendencia General de Supervisión de Conductas de la Superintendencia Adjunta de Supervisión de Conductas de Mercados;

Considerando:

Que, mediante escrito presentado el 13 de enero de 2020, el señor Federico Francisco Bocca Ruiz y la señora Norma Dolores Ruiz Armendáriz solicitaron a la Superintendencia del Mercado de Valores – SMV autorización de organización para la constitución de una empresa clasificadora de riesgo que se denominará «Clasificadora de Riesgo SUMMARATINGS S.A.»;

Que, de la revisión de la documentación e información presentada como sustento de la solicitud a la que se contrae la presente resolución, se ha verificado que el señor Federico Francisco Bocca Ruiz y la señora Norma Dolores Ruiz Armendáriz tendrán una participación accionaria del 30% y 70%, respectivamente, en la sociedad «Clasificadora de Riesgo SUMMARATINGS S.A.»;

Que, mediante escritos presentados el 20 de febrero y 04 de marzo de 2020, los organizadores de «Clasificadora de Riesgo SUMMARATINGS S.A.» subsanaron las observaciones formuladas por la Intendencia General de Supervisión de Conductas; cumpliendo con los requisitos de documentación e información para la obtención de la autorización de organización establecidos en los artículos 5 y 6 de las Normas comunes a las entidades que requieren autorización de organización y funcionamiento de la SMV, aprobadas por Resolución SMV Nº 039-2016-SMV/01 y sus normas modificatorias, así como con lo señalado en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado por Resolución de Superintendente Nº 023-2015-SMV/02;

Que, asimismo, al no haberse presentado objeciones a la organización de la empresa clasificadora de riesgo denominada «Clasificadora de Riesgo SUMMARATINGS S.A.» o a las personas que la organizan, dentro del plazo establecido por el artículo 6 de las Normas comunes a las entidades que requieren autorización de organización y funcionamiento de la SMV, corresponde otorgar la autorización de organización solicitada;

Que, el artículo 6, numeral 2, de la Política sobre difusión de proyectos normativos, normas legales de carácter general, agenda regulatoria y otros actos administrativos de la SMV, aprobada por Resolución SMV Nº 014-2014- SMV/01 y sus normas modificatorias, establece que las decisiones contenidas en las resoluciones administrativas que resuelvan otorgar autorizaciones de organización, deben ser objeto de difusión a través del diario oficial El Peruano y en el Portal del Mercado de Valores de la Superintendencia del Mercado de Valores (www.smv.gob.pe); y,

Estando a lo dispuesto por el artículo 271 de la Ley del Mercado de Valores, Decreto Legislativo Nº 861 y sus normas modificatorias, así como por el artículo 46, numeral 3, inciso i), del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado por Decreto Supremo Nº 216- 2011-EF y sus normas modificatorias, que faculta a la Intendencia General de Supervisión de Conductas, a resolver las solicitudes formuladas por los administrados vinculadas, al otorgamiento de autorizaciones de organización a las entidades sujetas a su supervisión, entre las que se encuentran las empresas clasificadoras de riesgo.

Resuelve:

Artículo 1º.- Otorgar al señor Federico Francisco Bocca Ruiz y a la señora Norma Dolores Ruiz Armendáriz la autorización de organización de una empresa clasificadora de riesgo que será denominada «Clasificadora de Riesgo SUMMARATINGS S.A.».

Artículo 2º.- La autorización de organización a que se refiere el artículo precedente tendrá una vigencia improrrogable de un (01) año, plazo que será computado desde la fecha de notificación de la presente resolución a los organizadores.

Durante todo el plazo de vigencia de la autorización de organización, los organizadores deben mantener las condiciones o requisitos que dieron mérito al otorgamiento de la autorización, debiendo informar cualquier modificación en la documentación y/o información presentada a la Superintendencia del Mercado de Valores – SMV, así como cuando los organizadores dejen de cumplir con las condiciones establecidas, conforme a lo dispuesto por los artículos 10 y 11-A de las Normas comunes a las entidades que requieren autorización de organización y funcionamiento de la SMV.

Artículo 3º.- Dentro del plazo de un (01) año de la entrada en vigencia de la presente resolución, los organizadores deberán presentar ante la Superintendencia del Mercado de Valores – SMV, la solicitud de autorización de funcionamiento, caso contrario la autorización de organización quedará sin efecto de pleno derecho, conforme a lo dispuesto por el artículo 9 de las Normas comunes a las entidades que requieren autorización de organización y funcionamiento de la SMV.

Artículo 4º.- La presente resolución no faculta a «Clasificadora de Riesgo SUMMARATINGS S.A.», para iniciar actividades como empresa clasificadora de riesgo. Para ello, deberá obtener previamente la respectiva autorización de funcionamiento por parte de la Superintendencia del Mercado de Valores – SMV, así como cumplir con lo establecido en el Reglamento de Empresas Clasificadoras de Riesgo, aprobado por Resolución SMV Nº 032-2015-SMV/01 y sus normas modificatorias.

Artículo 5º.- La presente resolución deberá ser publicada por los organizadores en el Diario Oficial El Peruano en un plazo no mayor de treinta (30) días hábiles.

Artículo 6º.- Difundir la presente resolución en el Portal del Mercado de Valores de la Superintendencia del Mercado de Valores – SMV (www.smv.gob.pe).

Artículo 7º.- Transcribir la presente resolución a la señora Martha María del Rosario Reves Vargas, en calidad de representante del señor Federico Francisco Bocca Ruiz y la señora Norma Dolores Ruiz Armendáriz.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Alix Godos

Intendente General

Intendencia General de Supervisión de Conductas

1865930-1