Autorizan viaje de funcionarias diplomáticas a Paraguay en comisión de servicios

Autorizan viaje de funcionarias diplomáticas a Paraguay, en comisión de servicios

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 0048/RE-2020

Lima, 24 de enero de 2020

CONSIDERANDO:

Que, en el marco de lo establecido en el artículo IV del “Convenio para Combatir el Uso Indebido y la Producción y el Tráfico Ilícitos de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas”, suscrito el 31 de enero de 1994, se crea el mecanismo especializado de carácter bilateral en materia de drogas entre la República del Perú y la República del Paraguay, denominado “Comisión Mixta Peruano-Paraguaya de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas”;

Que, ambos Gobiernos han fijado como fecha para la realización de la IV Comisión Mixta Peruano-Paraguaya de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas, en la ciudad de Asunción, República del Paraguay, el 19 y 20 de febrero del 2020;

Que, en la citada reunión, se abordarán importantes temas que se traducirán en compromisos concretos y medibles como mecanismos de control y fiscalización de sustancias y medicamentos que contengan estupefacientes, psicotrópicos y precursores de uso médico; el proceso operativo desde el hallazgo hasta el destino final de las drogas decomisadas por el Tráfico Ilícito de Drogas; la capacitación recíproca sobre los procedimientos y métodos de trabajo en la investigación y persecución del delito y el seguimiento del Proyecto Perú-Paraguay denominado “Asesoramiento en la Implementación del Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible (DAIS) con enfoque de Desarrollo Humano”;

Que, es lineamiento prioritario de la política general del Gobierno peruano al 2021 combatir la corrupción y las actividades ilícitas como el Tráfico Ilícito de Drogas, por lo que se estima necesaria que la Directora y Asesora de la Dirección de Control de Drogas de la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales, participen en la IV Comisión Mixta Peruano-Paraguaya de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas, a fin de dar el debido seguimiento político y diplomático del tema;

De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley Nº 28807, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modificatoria; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-2010-RE; la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y sus modificatorias; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 130-2003-RE y sus modificatorias; y, el Decreto de Urgencia Nº 014-2019, que Aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios de las siguientes funcionarias diplomáticas a la ciudad de Asunción, República del Paraguay, el 19 y 20 de febrero de 2020, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución ministerial:

Embajadora en el Servicio Diplomático de la República María Cecilia Rozas Ponce de León, Directora de Control de Drogas de la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales; y,

Ministra Consejera en el Servicio Diplomático de la República Yvette Noemí Beoutis Candahuana, Asesora de la Dirección de Control de Drogas de la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales.

Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios, serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0137176 Representación y Negociación en Organismos y Foros Internacionales, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:

Nombres y Apellidos

Pasajes Aéreos

Clase Económica

USD

Viáticos por día USD

Número de días

Total viáticos USD

María Cecilia Rozas Ponce de León

469.00

370.00

2 + 1

1,110.00

Yvette Noemí Beoutis Candahuana

469.00

370.00

2 + 1

1,110.00

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario, siguientes al término del referido viaje las citadas funcionarias diplomáticas deberán presentar un informe ante el Ministro de Relaciones Exteriores de las acciones realizadas durante la participación en el viaje autorizado.

Artículo 4.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

GUSTAVO MEZA-CUADRA V.

Ministro de Relaciones Exteriores

1849721-1