Declaran situación de emergencia por siniestro ocurrido el 23 de enero de 2020 en el distrito y aprueban ayuda humanitaria a favor de los afectados

Declaran situación de emergencia por siniestro ocurrido el 23 de enero de 2020 en el distrito y aprueban ayuda humanitaria a favor de los afectados

ACUERDO DE CONCEJO

Nº 005-2020/MVES

Villa El Salvador, 23 de enero del 2020

POR CUANTO:

El Concejo Municipal del Distrito de Villa El Salvador, en Sesión Extraordinaria de la fecha; y,

VISTO: El Informe de Evaluación de Daños y Análisis de Necesidades (EDAN) elaborado por el Área de Gestión del Riesgo de Desastres de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador sobre el siniestro acontecido el 23 de enero del presente año en la Av. Viña del Mar con el cruce con la Av. Mariano Pastor Sevilla; y,

CONSIDERANDOS:

Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 1º establece que “La defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado.”, asimismo, el numeral 1) del artículo 2º señala que “Toda persona tiene derecho: A la vida, a su identidad, a su integridad moral, psíquica y física y a su libre desarrollo y bienestar.”, en cuanto, el artículo 7º de la citada Carta Magna precisa que “Todos tienen derecho a la protección de su salud, la del medio familiar y la de la comunidad así como el deber de contribuir a su promoción y defensa. (...).”;

Que, el artículo 194º de la Carta Magna modificada por la Ley Nº 30305, Ley de Reforma Constitucional, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, precisando que, esta radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el numeral 20) del artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece como una de las atribuciones que tiene el Concejo Municipal la de “Aceptar donaciones, legados, subsidios o cualquier otra liberalidad.”; asimismo, el numeral 29) del citado artículo establece la atribución de “Aprobar el régimen de administración de sus bienes y rentas, (...)”, en tanto el numeral 35) establece “Las demás atribuciones que le correspondan conforme a ley”;

Que, el artículo 41º de la Ley citada en el considerando precedente establece que: “Los acuerdos son decisiones, que toma el concejo, referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional”;

Que, el Informe de Evaluación de Daños y Análisis de Necesidades (EDAN) elaborado por el Área de Gestión del Riesgo de Desastres de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, conforme a la Resolución Ministerial Nº 171-2018-PCM, ha identificado de manera cualitativa y cuantitativa la extensión y gravedad de los efectos del siniestro acontecido el 23 de Enero del presente año, en horas de la mañana, en la Av. Viña del Mar cruce con la Av. Mariano Pastor Sevilla en el Distrito de Villa El Salvador, identificando a las viviendas damnificadas y afectadas; asimismo, la Municipalidad ha brindado su apoyo inmediato a las personas en situación de riesgo, llevando a cabo el levantamiento de información y coordinación con los diversos niveles de gobiernos y entidades públicas para el apoyo inmediato de sus vecinos;

Que, el Concejo Municipal presidido por el Alcalde, lamenta los hechos ocurridos que enlutan al distrito, el cual dejó una gran cantidad de vecinos afectados en su salud, así como con pérdidas materiales en sus viviendas y otros bienes personales, por lo cual conforme a las atribuciones establecidas para los gobiernos locales respecto a organizar y ejecutar asistencia, protección y apoyo a la población, más aun en situaciones de emergencia, es necesario tomar acciones contundentes a favor de todos los vecinos que se vieron afectados en el siniestro acontecido el 23 de Enero del presente año, en la Av. Viña del Mar cruce con la Av. Mariano Pastor Sevilla en el Distrito de Villa El Salvador;

Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas al Concejo Municipal por el numeral 20), 29) y 35) del artículo 9º y 41º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal por Unanimidad y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta;

ACUERDA:

Artículo Primero.- DECLARAR SITUACION DE EMERGENCIA, priorizando el apoyo a los afectados en el siniestro ocurrido el día 23 de enero del presente año en la Av. Viña del Mar con cruce con la Av. Mariano Pastor Sevilla, conforme al Informe de Evaluación de Daños y Análisis de Necesidades (EDAN) elaborado por el Área de Gestión del Riesgo de Desastres de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador.

Artículo Segundo.- APROBAR UNA AYUDA HUMANITARIA por el importe de S/ 200,000.00 (DOSCIENTOS MIL CON 00/100 SOLES) a favor de los afectados del siniestro descrito en el presente Acuerdo a fin de cubrir las necesidades médicas debidamente comprobadas, y asimismo ayudar en la reparación de los daños ocasionados, conforme lo señala el Informe de Evaluación de Daños y Análisis de Necesidades (EDAN).

Artículo Tercero.- GESTIONAR toda la ayuda posible a través del Gobierno Central, empresas privadas y otros, a fin de ayudar a los afectados en el siniestro.

Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, la Oficina General de Administración, la Unidad de Tesorería, la Unidad de Presupuesto, la Gerencia de Desarrollo e Inclusión Social, la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Vial, al Área de Gestión del Riesgo de Desastres y todas las unidades orgánicas competentes el estricto cumplimiento de lo aprobado mediante el presente Acuerdo.

Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Oficina de Secretaria General la publicación del presente Acuerdo en el Diario Oficial el Peruano y a la Unidad de Desarrollo Tecnológico su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad (www.munives.gob.pe).

Regístrese, comuníquese publiquese y cúmplase.

C. KEVIN YÑIGO PERALTA

Alcalde

1849248-1