Autorizan viaje de Procurador Público Ad Hoc Adjunta para el caso Odebrecht y otras a Brasil en comisión de servicios

Autorizan viaje de Procurador Público Ad Hoc Adjunta para el caso Odebrecht y otras a Brasil, en comisión de servicios

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 0031-2020-JUS

Lima, 22 de enero de 2020

VISTOS, el Oficio Nº 060-2020-JUS/PPAH-ODEBRECHT, de la Procuraduría Pública Ad Hoc para que ejerza la defensa jurídica de los derechos e intereses del Estado peruano ante los órganos jurisdiccionales y no jurisdiccionales, nacionales e internacionales, en las investigaciones y procesos vinculados a delitos de corrupción de funcionarios, lavado de activos y otros conexos en los que habría incurrido la empresa Odebrecht y otras, en adelante, Procuraduría Pública Ad Hoc para el caso Odebrecht y otras; el Oficio Nº 271-2020-JUS/CDJE, de la Secretaría Técnica del Consejo de Defensa Jurídica del Estado; el Informe Nº 033-2020-JUS/OGPM, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, el Informe Nº 053-2020-JUS/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que, mediante documento de vistos, la Procuraduría Pública Ad Hoc para el caso Odebrecht y otras, comunica que, en atención al Oficio Nº 15-2020-FSUPRAPEDCF-MP-FN/EE-4D del Fiscal Provincial del Cuarto Despacho de la Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios – Equipo Especial, se han programado diligencias relacionadas con procesos de colaboración eficaz a los que se vienen acogiendo ex funcionarios de la empresa OAS – Sucursal Perú, que se llevarán a cabo en el Consulado General del Perú en Sao Paulo, durante los días 27 al 31 de enero del presente año; las mismas que se encuentran en el ámbito de competencia de la Procuraduría Pública Ad Hoc para el caso Odebrecht y otras;

Que, asimismo, señala que mediante correo electrónico de fecha 21 de enero de 2020, la Fiscal Adjunto Provincial del Primer Despacho del Equipo Especial de Fiscales que se avocan a dedicación exclusiva al conocimiento de las investigaciones vinculadas con delitos de corrupción de funcionarios y conexos, en los que habría incurrido la empresa Odebrecht y otros, comunicó la programación de declaraciones de los ciudadanos brasileños Jorge Henrique Simoes Barata, Eleuberto Antonio Martorelli y Luiz de Meneses Weyll, a realizarse del 30 al 31 de enero de 2020 en la Procuraduría Regional de la República del Ministerio Público Federal de Brasil en la ciudad de Curitiba – Brasil, diligencias relacionadas a la carpeta de colaboración eficaz 01-2017 y SGF 02-2017 y 19-2016, y que se encuentran en el ámbito de competencia de la mencionada Procuraduría Pública Ad Hoc;

Que, en estos términos, se solicita la autorización de viaje del señor Jorge Miguel Ramírez Ramírez, Procurador Público Ad Hoc para el caso Odebrecht y otras, a efectos que participe en las mencionadas diligencias, en representación del Estado peruano;

Que, de los documentos que se acompañan, se verifica que la citada Procuraduría Pública Ad Hoc y la Secretaría Técnica del Consejo de Defensa Jurídica del Estado, señalan que la participación del mencionado Procurador Público Ad Hoc en las gestiones y coordinaciones en la ciudad de Sao Paulo, permitirán adoptar medidas para cautelar el cobro de la reparación civil en los procesos de colaboración eficaz a los que se vienen acogiendo ex funcionarios de la empresa OAS Sucursal Perú; asimismo, la participación en las declaraciones de ex funcionarios brasileños de la empresa Odebrecht programadas en la ciudad de Curitiba, permitirán reforzar los argumentos de defensa del Estado y ayudar al esclarecimiento de los hechos, así como identificar a los implicados y adoptarse las medidas para cautelar el cobro de la reparación civil;

Que, teniendo en cuenta la importancia y trascendencia de las diligencias a realizarse, resulta de interés institucional autorizar el viaje del señor Jorge Miguel Ramírez Ramírez, a efectos que participe en las mismas en representación del Estado peruano. Asimismo, por razones de itinerario es pertinente autorizar el viaje del Procurador Público Ad Hoc para el caso Odebrecht y otras, del 27 de enero al 01 de febrero de 2020;

Que, los gastos que genere dicho viaje serán asumidos con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2017-JUS; el Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modificatorias; y, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor Jorge Miguel Ramírez Ramírez, Procurador Público Ad Hoc Adjunta para el caso Odebrecht y otras, del 27 de enero al 01 de febrero de 2020, a las ciudades de Sao Paulo y Curitiba, República Federativa del Brasil, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución, serán cubiertos con recursos del presupuesto del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, de acuerdo al siguiente detalle:

Jorge Miguel Ramírez Ramírez, Procurador Público Ad Hoc para el caso Odebrecht y otras.

Pasajes US$ 1,463.81

Viáticos x 06 días US$ 2,220.00

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la culminación del viaje, el servidor citado en la presente Resolución deberá presentar ante la Titular de la Entidad un informe dando cuenta de las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados.

Artículo 4.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ANA TERESA REVILLA VERGARA

Ministra de Justicia y Derechos Humanos

1848677-1