Convocan a la Elección Complementaria para elegir al Tercer representante de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital - CCLD para el período 2020 - 2022

Convocan a la Elección Complementaria para elegir al Tercer representante de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital - CCLD para el período 2020 - 2022

DECRETO DE ALCALDÍA

N° 01-2020-MDL

Lince, 13 de enero de 2020.

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE

LINCE

VISTO: El Informe N° 001-2019-MDL-GDH, de la Gerencia de Desarrollo Humano y el Informe N° 007-2020-MDL-GAJ, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, sobre emisión de Decreto de Alcaldía para convocar a elecciones complementarias del Tercer Representante de la Sociedad Civil de Lince ante el Consejo de Coordinación Local Distrital para el periodo 2020-2022, y;

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 194°, modificada por la Ley N° 30305, Ley de Reforma Constitucional, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que: “Los Gobiernos Locales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, precisando que esta radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico”;

Que, el numeral 6) del artículo 20° de la Ley Orgánica de Municipalidades, señala que una de las atribuciones que tiene el Alcalde es la de “Dictar decretos y resoluciones de alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas”;

Que, el artículo 42° de la citada ley, establece que: “Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal”;

Que, el artículo 102° del mismo cuerpo normativo antes citado, establece que: “El Consejo de Coordinación Local Distrital es un órgano de coordinación y concertación de las Municipalidades Distritales. Está integrado por el Alcalde Distrital que lo preside, pudiendo delegar tal función en el teniente Alcalde, y los regidores distritales (…) y por los representantes de las organizaciones sociales de base, comunidades campesinas y nativas, asociaciones, organizaciones de productores, gremios empresariales, juntas vecinales y cualquier otra forma de organización de nivel distrital, con las funciones y atribuciones que le señala la presente Ley (…) Los representantes de la sociedad civil son elegidos democráticamente, por un periodo de 2 (dos) años (…)”;

Que, el artículo 5° de la Ordenanza N° 418-2019-MDL, señala que el Consejo de Coordinación local Distrital, está integrado por el alcalde, los siete regidores y los tres representantes de la Sociedad Civil, y que de conformidad a lo dispuesto en el artículo 34° de la misma norma, estos últimos son elegidos por un periodo de dos años contados desde la instalación del Consejo de Coordinación local Distrital;

Que, con fecha 11 de mayo de 2019, mediante proceso electoral se eligió a dos representantes de la Sociedad Civil, ante el Consejo de Coordinación Local Distrital – CCLD, quienes fueron reconocidos mediante Resolución de Alcaldía N° 125-2019-MDL, de fecha 17 de mayo de 2019;

Que, el artículo 18° de la misma Ordenanza dispone que la conducción del proceso de elección de los representantes de la Sociedad Civil está a cargo de un Comité Electoral designado en el mismo decreto de convocatoria; órgano que será integrado por la Gerente de Desarrollo Humano, en condición de Presidente, la Secretaria General en condición de Secretaria y el Gerente de Planeamiento y Presupuesto en condición de Vocal;

Que, el Informe N° 001-2020-MDL-GDH, de la Gerencia de Desarrollo Humano, precisa que habiéndose emitido la Resolución de Alcaldía N° 125-2019-MDL que reconoció a dos de los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital de Lince y siendo el número de tres representantes conforme a Ley, resulta necesario que se emita el Decreto de Alcaldía pertinente, con la finalidad de convocar a elecciones complementarias para elegir al tercer representante de la Sociedad Civil de Lince ante el CCLD para el periodo 2020-2022 y señala que debe de aprobarse el cronograma de actividades de elecciones respectivo;

Que, con Informe N° 007-2020-MDL-GAJ, la Gerencia de Asesoría Jurídica, señala que resulta procedente la emisión del Decreto de Alcaldía, a fin de convocar a elecciones complementarias para elegir al tercer representante de la Sociedad Civil de Lince, ante el Consejo de Coordinación Local Distrital para el periodo 2020-2022, designar y/o ratificar a los miembros del Comité Electoral y aprobar el cronograma de elecciones, esto conforme a lo establecido en el artículo 102° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, al numeral 6) del artículo 20° de la citada Ley y al amparo de lo previsto en el Reglamento de Conformación del CCLD-Lince;

Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas al Alcalde por el numeral 6) del artículo 20°, el artículo 42° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;

DECRETA:

Artículo Primero.- CONVOCAR a la Elección Complementaria para elegir al Tercer representante de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital – CCLD para el período 2020-2022, de acuerdo al cronograma establecido en el anexo del artículo tercero.

Artículo Segundo.- NOMINAR al Comité Electoral encargado de conducir el proceso de elección integrado por las siguientes personas:

Presidente : Gerente de Desarrollo Humano.

Secretario : Secretaria General.

Vocal : Gerente de Planeamiento y Presupuesto.

Artículo Tercero.- APROBAR, el cronograma Electoral para la Elección del Tercer Representante de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital – CCLD para el Período 2020-2022, contenido en el anexo.

Artículo Cuarto.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Desarrollo Humano, como a los miembros del Comité Electoral para llevar a cabo el proceso de elecciones complementarias del tercer representante de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación local Distrital – CCLD para el periodo 2020-2022

Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Secretaría General, la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Lince.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

VICENTE AMABLE ESCALANTE

Alcalde

Anexo: CRONOGRAMA ELECTORAL

Fecha

Actividad

I Etapa. Convocatoria e inscripciones

20/01

Convocatoria.

21/01

Inicio de la campaña de difusión de la convocatoria.

24/01

Charla a Organizaciones Sociales inscritas en el RUOS.

27 a 31/01

Inscripciones en el Libro de Registro de Organizaciones para el proceso de elecciónPresentación de solicitudes en Mesa de Partes de la MDL.

03/02

Periodo de subsanación.

04/02

Cierre del Libro de Registro de Organizaciones.

04/02

Publicación del Padrón Electoral Preliminar

05/02

Impugnaciones al Padrón Electoral Preliminar.

06/02

Resolución de impugnaciones por el Comité Electoral.

07/02

Publicación del Padrón Electoral Definitivo.

II Etapa. Inscripción de candidatos

10 al 19/02

Inscripción de candidatos.

20/02

Publicación de la relación preliminar de candidatos

21/02

Presentación de tachas.

24/02

Resolución de tachas.

25/02

Publicación de la relación definitiva de candidatos.

III Etapa. Elecciones

07/03

Jornada electoral.

09/03

Publicación de los resultados.

10/03

Proclamación y Juramentación.

1846700-1