Designan Responsable del Portal de Transparencia Estándar de la Municipalidad

Designan Responsable del Portal de Transparencia Estándar de la Municipalidad

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA

Nº 008-2020-MPB

Bellavista, 14 de enero de 2020

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL

DE BELLAVISTA.

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de Reforma de la Constitución Política del Perú, Ley Nº 30305, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, la Municipalidad Provincial de Bellavista, es un órgano de Gobierno Local que tiene autonomía Política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.

Que, mediante Ley Nº 27806-Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, modificado por la Ley Nº 27927, se cautela y promueve la transferencia de los actos de todas las entidades de la Administración Publica entre ellos los gobiernos locales.

Que, en el último párrafo del Artículo 5 de la Ley Nº 27927, establece que la entidad pública deberá identificar al funcionario responsable de la elaboración de los portales de Internet. Por su parte el Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM establece que la designación del funcionario o funcionarios responsables de entregar la información y del funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal se efectuara mediante Resolución de la máxima autoridad de la Entidad y ser colocara copia de la Resolución de designación en lugar visible en cada una de sus sedes administrativas.

Que mediante Decreto Supremo Nº 063-2010-PCM, se aprueba la implementación del Portal de Transparencia estándar en las entidades de la administración pública. Dicha herramienta informática contiene formatos estándares bajo los cuales cada entidad registrara y actualizara su información de gestión de acuerdo a lo establecido por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Púbica y a los plazos establecidos en ella sin perjuicio de la información adicional que la Entidad considere pertinente publicar. Dicha herramienta se presenta en una versión amigable con definiciones expresadas en un lenguaje claro y sencillo para un mejor entendimiento de la ciudadanía en general.

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 035-2017-PCM, se aprueba la Directiva Nº 001-2017-PCM/SGP, “Lineamientos para la implementación del Portal de Transparencia Estándar en las Entidades de la Administración Pública”.

El Portal de Transparencia Estándar –PTE, es una herramienta informática integrada al Portal del Estado Peruano que contiene información de gestión clasificada en rubros temáticos y presentada en formatos estándares por las Entidades de la Administración Publica, que están en la obligación de publicar y actualizar conforme a los plazos que establece la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Publica pudiendo publicar información adicional que consideren en cada rubro temático.

El Portal de Transparencia Estándar contiene una iconografía amigable de lenguaje claro y de fácil acceso a la ciudadanía, con gráficos estadísticos e integra información de fuentes oficiales como el Ministerio de Económica y Finanzas, Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado, Contraloría General de la República, Presidencia del Consejo de Ministros, entre otros.

Que, estando a los expuestos y de conformidad a lo dispuesto por el Artículo 20º numeral 6) de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades.

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- DESIGNAR a la Ing. Diana Gladys Tejada Cárdenas, Jefe del Área de Tecnologías de Información, como RESPONSABLE DEL PORTAL DE TRANSPARENCIA ESTÁNDAR de la Municipalidad Provincial de Bellavista.

Artículo Segundo.- DISPONER que el Área de Talento Humano, en coordinación con la Oficina de Planificación y Presupuesto, proporcionen al encargado todas las facultades para dar cumplimiento a la presente Resolución.

Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Secretaria General la publicación de la presente Resolución en forma y modo que establece el Artículo 44 de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades.

Regístrese, comuníquese y archívese.

EDUAR GUEVARA GALLARDO

Alcalde

1846411-1