Autorizan viaje de representantes de la Universidad Nacional de Moquegua a Chile en comisión de servicios

UNIVERSIDAD NACIONAL DE MOQUEGUA

COMISIÓN ORGANIZADORA

RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL

Nº 004-2020-UNAM

Moquegua, 9 de enero de 2020

VISTOS: El Oficio Nº 013-2020-VPI/UNAM del 09.01.2020, Informe Legal Nº 014-2020-UNAM-CO/OAL del 08.01.2020, Informe Nº 002-2020-UP/OPEP/UNAM del 01.01.2020, Informe Nº 002-2020-DGI/VPI/UNAM del 03.01.2020, Informe Nº 1338-2019-DGI/VPI/UNAM del 27.12.2019, Carta Nº 013-2019-SIC-CIBIA/DC-UNAM del 23.12.2019 y el Proveído Presidencial Nº 0004 de fecha 09 de enero de 2020;

CONSIDERANDO:

Que, el párrafo cuarto del artículo 18º de la Constitución Política del Estado, concordante con el artículo 8º de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, reconoce la autonomía universitaria, en el marco normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico, que guarda concordancia con el Artículo 7º del Estatuto de la Universidad Nacional de Moquegua.

Que, conforme al numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, la autorización para viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben canalizarse en categoría económica, pudiendo exceptuarse a los funcionarios señalados en el artículo 52º de la Ley Nº 30057, siempre que el tiempo de viaje sea superior a 8 horas o cuando la estancia sea menor a 48 horas. Este mismo numeral señala que la autorización para viajes al exterior de la persona señalada en el párrafo precedente, se aprueba conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias;

Que, asimismo, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, es debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución y debe indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto; asimismo en el caso de los Organismos constitucionalmente autónomos, la excepción es autorizada por Resolución del Titular de la Entidad. En todos los casos la Resolución o acuerdo de excepción es publicada en el diario Oficial El Peruano;

Que, a través de la Carta Nº 013-2019-SIC-CIBIA/DC-UNAM, la Coordinadora del Proyecto de Semillero de Investigación denominado: “Caracterización Reológica y Microestructural de Alginato Extraído de la Macroalga Macrocystis pyrifera”, solicita viáticos y autorización del viaje a Santiago de Chile, del 10.01.2020 al 10.02.2020, a favor del Integrante del Equipo LUIS OMAR MAMANI APAZA, para realizar análisis de laboratorio en espectroscopia infrarroja de las macroalgas y caracterización química delos hidrocoloides por NMR;

Que, con Informe Nº 1338-2019-DGI/VPI/UNAM, el Director de Gestión de la Investigación, emite opinión favorable para tramitar los pasajes y autorización de viaje al exterior del Integrante del Equipo LUIS OMAR MAMANI APAZA, para realizar análisis de laboratorio en espectroscopia infrarroja de las macroalgas y caracterización química de los hidrocoloides por NMR, del referido proyecto de Investigación;

Que, en ese sentido, el Jefe de la Unidad de Presupuesto emite disponibilidad presupuestal en la Fuente de Financiamiento: Donaciones y Transferencias, por el importe de S/. 1,800.00 (un mil ochocientos con 00/100 soles); para cubrir los gastos de viáticos del Integrante del Equipo LUIS OMAR MAMANI APAZA;

Que, por su parte con Informe Legal Nº 014-2020-UNAM-CO/OAL, el Jefe de la Oficina de Asesoría Legal, emite opinión favorable para autorizar el viaje a Santiago de Chile, desde el 10 de enero de 2020 hasta el 10 de febrero de 2020, al Integrante del Equipo LUIS OMAR MAMANI APAZA, para realizar análisis de laboratorio en espectroscopia infrarroja de las macroalgas y caracterización química de los hidrocoloides por NMR, del referido proyecto de Investigación;

Que, con Oficio Nº 013-2020-VPI/UNAM el Vicepresidente de Investigación, solicita al Presidente de la Comisión Organizadora, la aprobación y requerimiento de viáticos a favor del Integrante del Equipo LUIS OMAR MAMANI APAZA, para realizar análisis de laboratorio en espectroscopia infrarroja de las macroalgas y caracterización química de los hidrocoloides por NMR, del referido proyecto de Investigación; en Santiago de Chile;

Que, estando a las consideraciones precedentes y en uso de las atribuciones que concede la Ley Universitaria Nº 30220 y el Estatuto de la Universidad Nacional de Moquegua aprobado con Resolución de Comisión Organizadora Nº 278-2019-UNAM de fecha 11 de abril del 2019; y Resolución Presidencial Nº 003-2020-UNAM de fecha 08 de enero de 2020; donde se encarga el despacho de Presidencia al Dr. Alberto Bacilio Quispe Cohaila; y con cargo a DAR cuenta al Pleno de la Comisión Organizadora;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- AUTORIZAR, viaje al exterior, desde el 10 de enero hasta el 10 de febrero del 2020 al Integrante del Equipo LUIS OMAR MAMANI APAZA, para realizar análisis de laboratorio en espectroscopia infrarroja de las macroalgas y caracterización química de los hidrocoloides por NMR, en Santiago de Chile.

Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución serán ejecutados de la siguiente manera:

Nombres y Apellidos

Fuente Financiamiento

Importe

LUIS OMAR MAMANI APAZA

DONACIONES Y TRANSFERENCIAS

S/ 1,800.00

Artículo 3º.- REQUERIR dentro de los ocho (08) días calendarios siguientes de efectuado el viaje, el citado comisionado, deberá presentar ante el Titular de la Universidad Nacional de Moquegua, un Informe detallado describiendo las acciones realizadas, y los resultados obtenidos. Asimismo, dentro de los plazos establecidos, presentará la rendición de cuentas por los viáticos entregados.

Artículo 4º.- ENCARGAR a la Dirección General de Administración, la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, de conformidad a las normas vigentes.

Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

ALBERTO BACILIO QUISPE COHAILA

Presidente (e)

GUILLERMO S. KUONG CORNEJO

Secretario General

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