Aprueban Reglamento Interno del Comité Técnico de Coordinación del Sistema Nacional de Información para la Seguridad Ciudadana

Aprueban Reglamento Interno del Comité Técnico de Coordinación del Sistema Nacional de Información para la Seguridad Ciudadana

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 048-2020-IN

Lima, 15 de enero de 2020

VISTOS, los Informes N° 000187 y 000243-2019/IN/VSP/DGIS/DGC de la Dirección de Gestión del Conocimiento para la Seguridad de la Dirección General de Información para la Seguridad; el Informe N° 000146-2019/VSP/DGIS y el Memorando N° 000460-2019/IN/VSP/DGIS de la Dirección General de Información para la Seguridad; el Informe N° 000237-2019/IN/OGPP/OMD de la Oficina de Modernización y Desarrollo Institucional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Memorando N° 002360-2019/IN/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe N° 000065-2020/IN/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley N° 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana y sus modificatorias, se crea el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, encargado de asegurar el cumplimiento de las políticas públicas que orientan la intervención del Estado en materia de seguridad ciudadana para garantizar la seguridad, la paz, la tranquilidad, el cumplimiento y respeto de las garantías individuales y sociales a nivel nacional para lograr una situación de paz social y protección del libre ejercicio de los derechos y libertades, en el marco de lo dispuesto en la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo;

Que, el numeral 9 del artículo 7 del Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organizaciones y Funciones del Ministerio del Interior, y el artículo 3-A de la Ley N° 27933, establecen que el Ministerio del Interior ejerce la rectoría del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana;

Que, a través del Decreto Supremo N° 011-2014-IN, se aprueba el Reglamento de la Ley N° 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, en adelante el Reglamento de la Ley N° 27933, norma que contiene disposiciones de desarrollo del funcionamiento del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, regula el funcionamiento de sus órganos e instancias y plantea los principales lineamientos para la formulación de políticas y normativa en materia de seguridad ciudadana;

Que, en los artículos 53 y 54 del Reglamento de la Ley N° 27933, se precisa que el Sistema Nacional de Información para la Seguridad Ciudadana tiene como objetivo promover el uso de información para el seguimiento de los resultados de las intervenciones de las entidades involucradas en la materia, asegurando que la administración de la información estadística oficial en materia de seguridad ciudadana se realice en forma integrada, coordinada, racionalizada, en base a una normatividad técnica común y bajo la rectoría del Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI); y, que el Comité Técnico de Coordinación del Sistema Nacional de Información para la Seguridad Ciudadana es una instancia de coordinación encargada de asegurar la calidad de la información estadística en materia de seguridad ciudadana, en cumplimiento de los estándares establecidos por el Sistema Nacional de Estadística;

Que, posteriormente mediante el artículo 1 del Decreto Supremo N° 010-2019-IN se modificaron diversos artículos del Reglamento de la Ley N° 27933, entre los cuales se encuentran los artículos 53 y 54, precisando que la administración del Sistema Nacional de Información para la Seguridad Ciudadana está a cargo de la Dirección de Gestión del Conocimiento para la Seguridad de la Dirección General de Información para la Seguridad del Ministerio de Interior; y, se incluye como integrante del Comité Técnico mencionado en el considerando que antecede, a el/la Director/a de la Dirección General de Información para la Seguridad del Ministerio del Interior, disponiéndose que el Reglamento Interno del Comité Técnico de Coordinación determinará lo relativo a la frecuencia de las sesiones, quórum, adopción de acuerdos, invitación de especialistas, y otros asuntos que resulten necesarios para el correcto funcionamiento del Sistema, y será elaborado por la Dirección General de Información para la Seguridad y aprobado por el Ministro del Interior;

Que, de otro lado, el artículo 29 de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por Decreto Supremo N° 054-2018-PCM y sus modificatorias, precisa que los comités son un tipo de órgano colegiado, sin personería jurídica ni administración propia, que se crean para tomar decisiones sobre materias específicas. Sus miembros actúan en representación del órgano o entidad a la cual representan y sus decisiones tienen efectos vinculantes para éstos, así como para terceros, de ser el caso;

Que, en ese contexto normativo, la Dirección General de Información para la Seguridad, mediante el Informe N° 000146-2019/IN/VSP/DGIS y el Memorando N° 000460-2019/IN/VSP/DGIS, propone la aprobación del Reglamento Interno del Comité Técnico de Coordinación del Sistema Nacional de Información para la Seguridad Ciudadana, documento que tiene por objeto regular la estructura y funcionamiento del mencionado Comité Técnico, en el cual se establece, entre otros aspectos, que la Secretaría Técnica del citado Comité se encontrará a cargo de la Dirección General de Información para la Seguridad del Ministerio del Interior, la cual será ejercida a través de la Dirección de Gestión del Conocimiento para la Seguridad; asimismo se establecen disposiciones sobre la designación de representantes; la conformación de equipos para tareas específicas; la colaboración y/o participación de instituciones públicas y/o privadas y/o especialistas; las funciones del Comité Técnico, del Presidente y de la Secretaría Técnica; así como la frecuencia de las sesiones ordinarias y extraordinarias, el quórum y la adopción de acuerdos;

Que, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, a través de los Informes N° 000158 y N° 000237-2019/IN/OGPP/OMD ambos de la Oficina de Modernización y Desarrollo Institucional, emite opinión técnica favorable en relación al proyecto de Reglamento propuesto por la Dirección General de Información para la Seguridad;

Que, en ese sentido, teniendo como sustento las normas referidas y las opiniones técnicas antes mencionadas, resulta conveniente emitir la resolución correspondiente;

Con la visación de la Dirección General de Información para la Seguridad, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior y modificatorias; la Ley N° 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana; el Decreto Supremo N° 011-2014-IN, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial N° 1520-2019-IN;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el Reglamento Interno del Comité Técnico de Coordinación del Sistema Nacional de Información para la Seguridad Ciudadana, el mismo que consta de tres (03) Títulos, dieciocho (18) artículos y una (01) Disposición Complementaria Final, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Dejar sin efecto, a partir de la vigencia de la presente Resolución Ministerial, el Reglamento Interno del Comité Técnico de Coordinación del Sistema Nacional de Información para la Seguridad Ciudadana aprobado mediante Resolución Ministerial N° 0537-2015-IN.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo, en el Portal Institucional del Ministerio del Interior (www.gob.pe/mininter) y en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), el mismo día de la publicación de la Resolución en el Diario Oficial “El Peruano.”

Artículo 4.- Encargar a la Dirección General de Información para la Seguridad, la difusión del Reglamento aprobado a las diversas instancias componentes del Sistema Nacional de Información para la Seguridad Ciudadana, para los fines pertinentes.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARLOS MORÁN SOTO

Ministro del Interior

1846294-1