Excluyen servicios brindados por el Centro Médico Municipal del Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE - de la Municipalidad

Excluyen servicios brindados por el Centro Médico Municipal del Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE - de la Municipalidad

Resolución de Alcaldía

Nº 003-2020

La Victoria, 9 de enero de 2020

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA;

VISTOS: El Informe Nº 353-2019-SGSAA-GDSM/MLV de la Subgerencia de Salud y Apoyo Alimentario; el Memorándum Nº 469-2019-GDSM/MLV de la Gerencia de Desarrollo Social y de la Mujer; el Informe Nº 125-2019-GTTSV/MLV de la Gerencia de Transito, Transporte y Seguridad Vial; los Informes Nº 185-2019-SGPM/MLV y Nº 207-2019-SGPYM-GPP/MLV de la Subgerencia de Planificación y Modernización; los Informes Nº 580-2019-GAJ-MLV y Nº 618-2019-GAJ/MLV de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que las Municipalidades son órganos de gobierno local, con personería jurídica de derecho público, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo establecido con el artículo 194º de la Constitución Política del Perú y sus modificatorias, en concordancia con el articulo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;

Que el numeral 43.1, artículo 43º del Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General establece que: “Para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades, a través de la Resolución del Titular de la entidad establecen la denominación, la descripción clara y taxativa de los requisitos y sus respectivos costos, los cuales deben ser debidamente difundidos para que sean de conocimiento público, respetando lo establecido en el artículo 60º de la Constitución Política del Perú y las normas de represión de la competencia desleal.”;

Que mediante Resolución de Alcaldía Nº 159-2019/MLV y sus modificatorias se aprobó el Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE de la Municipalidad de La Victoria, el cual contempla todos los servicios que no son prestados en exclusividad y que presta la Municipalidad en el marco de lo establecido en la Ley 27444;

Que mediante Acuerdo de Concejo Nº 107-2019-MLV el Concejo Municipal del distrito de La Victoria, aprobó el convenio de cooperación específico entre la municipalidad Distrital de La Victoria para la implementación de un Policlínico Municipal en el distrito de La Victoria;

Que mediante los Informe Nº 353 y 362 -2019-SGSAA-GDS /MLV la Subgerencia de Salud y Apoyo Alimentario sugiere que en atención a dicha implementación se debe considerar retirar del Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE – de la Municipalidad de la Victoria los servicios que otorga el centro médico municipal; informe que es compartido por la Gerencia de Desarrollo Social y de la Mujer, mediante Memorándum 469-2019-GDSM/MLV;

Que mediante Informe Nº 185-2019-SGPYM-GPP/MLV la Subgerencia de Planificación y Modernización luego de revisar, analizar y coordinar la propuesta indicada emite opinión técnica favorable sobre el retiro de los servicios médicos prestados a través del Centro Médico Municipal y que se encuentre acorde al Convenio de cooperación para la implementación del Policlínico Municipal;

Que mediante Informe Nº 580-2019-GAJ/MLV la Gerencia de Asesoría Jurídica opina de manera favorable sobre la modificación del Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE - de la Municipalidad Distrital de La Victoria, respecto al retiro de los servicios que prestaba el Centro Médico Municipal; informe que es compartido por la Gerencia Municipal mediante proveído Nº 1912-2019-GM;

Que mediante Informe Nº 125-2019-GTTSV/MLV la Gerencia de Tránsito, Transporte y Seguridad Vial remite el informe técnico Nº 18-2019-AL-GTTSV-MLV señalando que en el marco del Convenio de Cooperación Interinstitucional entre la Municipalidad Distrital de La Victoria y la Municipalidad Metropolitana de Lima para la Fiscalización del Servicio Público de Transporte de Personas y Carga, se establece como objeto del mismo coadyuvar en el ordenamiento del tránsito, viabilidad y transporte dentro de la jurisdicción del distrito de La Victoria, a través del apoyo en las acciones de fiscalización y control realizadas por los inspectores municipales de transporte; En ese contexto la Gerencia de Transito, Transporte y Seguridad Vial, en uso de sus competencias propone dos modificaciones del TUSNE, variando la denominación del “servicio de remolque de vehículo” porservicio de internamiento de vehículos”, así como la incorporación del servicio de “instalación de inmovilizadores mecánicos de vehículos livianos y pesados;

Que la Subgerencia de Planificación y Modernización emite opinión favorable la modificación del Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE -, tiene como objeto la modificación e incorporación de servicios no exclusivos relacionados a la Gerencia de Tránsito, Transporte y Seguridad Vial, como parte de las medidas que se vienen implementando en la regulación del tránsito y transporte en el distrito y en base a la Ordenanza Nº 333/MLV;

Asimismo, señala que los cambios permitirán dar cumplimiento a las actividades operativas del órgano citado en el párrafo anterior, así como en sus competencias funcionales, toda vez que el mismo se encuentra articulado al AEI. 04.03. Seguridad Vial integral en beneficio de la población plasmado en nuestro PEI 2018 - 2020, como parte de nuestra política institucional;

Que mediante Informe Nº 618-2019-GAJ-MLV la Gerencia de Asesoría Jurídica opina de manera favorable la propuesta de modificación del Texto Único de Servicios no Exclusivos - TUSNE -, respecto al cambio de la denominación del “servicio de remolque de vehículo” por servicio de internamiento de vehículos”, así como la incorporación del servicio de “instalación de inmovilizadores mecánicos de vehículos livianos y pesados”; informe que es compartido por la Gerencia Municipal mediante el proveído Nº 2075-2019-GM y se detalla en anexo;

Por los fundamentos expuestos y haciendo uso de las facultades conferidas en el artículo 20º, numeral 6) de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Excluir los servicios brindados por el Centro Médico Municipal del Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE - de la Municipalidad Distrital de La Victoria regulado mediante Resolución de Alcaldía Nº 159-2019/MLV y modificatoria.

Artículo Segundo.- Modificar e Incluir servicios que brinda la Gerencia de Tránsito, Transporte y Seguridad Vial establecidos en el Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE - de la Municipalidad Distrital de La Victoria, conforme se detalla en el anexo que forma parte de la presente resolución.

Artículo Tercero.- Encargar a Secretaría General la publicación de la resolución en el Diario Oficial El Peruano y a la Gerencia de Tecnologías de la Información y Comunicaciones la publicación de la presente Resolución de Alcaldía y del anexo adjunto en el Portal Institucional de la Municipalidad de La Victoria.

Artículo Cuarto.- Encargar el cumplimiento de la presente Resolución de Alcaldía a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Social y de la Mujer, Gerencia de Tránsito, Transporte y Seguridad Vial; Subgerencia de Salud y Apoyo Alimentario y demás unidades orgánicas competentes.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

GEORGE PATRICK FORSYTH SOMMER

Alcalde

1845774-1