Aceptan donación de la empresa Pan American Silver - La Arena S.A. destinada a financiar intervenciones de apoyo en el sector educación

Aceptan donación de la empresa Pan American Silver - La Arena S.A., destinada a financiar intervenciones de apoyo en el sector educación

ACUERDO REGIONAL

N° 091-2019-GRLL/CR

Trujillo, 27 de diciembre del 2019

“ACEPTAR LA DONACIÓN DINERARIA DE LA EMPRESA PAN AMERICAN SILVER – LA ARENA S.A. DESTINADA A FINANCIAR INTERVENCIONES DE APOYO EN EL SECTOR EDUCACIÓN EN EL MARCO DE UN CONVENIO DE COOPERACIÓN Y COMPROMISO DE RESPONSABILIDAD SOCIAL PARA LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS FOCALIZADAS EN LOS CASERÍOS DE LA ARENA, LA RAMADA Y AGUA BLANCA, BAJO LA ADMINISTRACIÓN DE LA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE SÁNCHEZ CARRIÓN”

El Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, en su Sesión Extraordinaria de fecha 27 de diciembre del 2019; VISTO Y DEBATIDO el Proyecto de Acuerdo Regional, relativo a la aceptación a la donación dineraria de la empresa Pan American Silver – La Arena S.A. destinada a financiar intervenciones de apoyo en el sector educación en el marco de un convenio de cooperación y compromiso de responsabilidad social para las instituciones educativas focalizadas en los caseríos de La Arena, La Ramada y Agua Blanca bajo la administración de la Unidad de Gestión Educativa Local de Sánchez Carrión, el mismo que cuenta con dispensa de dictamen de Comisión, y;

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo establecido en el artículo 191° de la Constitución Política del Estado y el artículo 2° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, prescribe que los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia;

Que, es competencia del Gobierno Regional de La Libertad, emitir Acuerdos Regionales, conforme a lo prescrito en el artículo 39° de la Ley N° 27867, que señala: “Los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este Órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional, o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional (...)”;

Que, los literales a) y d) del Artículo 15° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que es atribución del Consejo Regional aprobar y modificar o derogar las normas que regulen y reglamenten los asuntos y materia de competencia y funciones del Gobierno Regional y aprobar los Estados Financieros y Presupuestarios;

Que, la Unidad de Gestión Educativa Local de Sánchez Carrión (UGEL), en el marco de sus competencias entre otras, tiene la función y responsabilidad de orientar la aplicación de políticas nacionales y regionales en gestión educativa que coadyuve a las instituciones educativas a promover una educación integral, basada en valores que logren el desarrollo personal de los educandos para su integración a la sociedad como ciudadanos justos y solidarios;

Que, en el contexto de lo precitado, la UGEL de Sánchez Carrión ha suscrito el convenio interinstitucional con la empresa Pan American Silver – La Arena S.A, quién tiene previsto dentro de su Plan de Gestión Social actividades que la empresa realizara para mejorar las relaciones con las comunidades localizadas en el área de influencia de su proyecto que vienen ejecutando, incluyendo la actividad de intervención de apoyo a la educación para las instituciones educativas focalizadas en los caseríos de La Arena, La Ramada y Agua Blanca bajo la administración de la Unidad de Gestión Educativa Local de Sánchez Carrión;

Que, conforme al Convenio interinstitucional suscrito entre la UGEL Sánchez Carrión y la empresa Pan American Silver – La Arena S.A, para los fines mencionados en los párrafos precedentes y conforme está determinado en la Cláusula Tercera del Citado convenio, la empresa, ha efectuado la donación dineraria ascendiente a la suma de NOVENTA Y DOS MIL Y 00/100 SOLES (S/. 92,000.00), destinados al pago de haberes durante el año escolar 2019 para tres docentes y un acompañante pedagógico, incluyendo además los recursos para los gastos administrativos para los servicios a cargo de las instituciones educativas de los caseríos de La Arena, La Ramada y Agua Blanca, que están bajo la administración de la Unidad de Gestión Educativa Local de Sánchez Carrión;

Que, en cumplimiento al compromiso y conforme al Convenio Interinstitucional suscrito, la empresa Pan American Silver – La Arena S.A, ha efectuado el debido depósito de los fondos donados en moneda nacional a la cuenta N° 00801052711 del Banco de La Nación de la UGEL Sánchez Carrión, como está acreditado con la copia del Estado Bancario de fecha 26 de junio del 2019, que se anexa y forma parte del expediente promovido con el Oficio N° 101-2019-GRLL-GGR/GRSE-UGEL-SC-AGI/DIR de fecha 05 de diciembre del 2019, presentado a la Gerencia Regional de Presupuesto del Gobierno Regional de La Libertad;

Que, el numeral 70.1 del artículo 70° del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que las donaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales o internacionales, públicas o privadas, diferentes a las vinculadas operaciones de endeudamiento público, se aceptan mediante Resolución del Titular de la Entidad o Acuerdo de Consejo en el caso de los Gobiernos Regionales y de Concejo Municipal en el caso de los Gobiernos Locales, consignando la fuente donante y su finalidad. Dicha Resolución o Acuerdo se publica en su portal institucional. Los Gobiernos Locales que carezcan de página web realizarán la citada publicación en carteles impresos ubicados en su local institucional;

Que, así mismo el numeral 70.2 del artículo 70° del Decreto Legislativo referido en el párrafo precedente, precisa que la Entidad beneficiaria de la donación es responsable de garantizar el financiamiento de las contrapartidas derivadas de la donación con cargo a su presupuesto institucional, de ser el caso;

Que, conforme a lo establecido por la acotada disposición, las donaciones dinerarias se aceptan mediante Acuerdo del Consejo Regional, para lo cual, en concordancia con lo establecido, en las disposiciones citada en los considerandos precedente, con Informe N° 301-2019-GRLL-GGR/GRP, la Gerencia Regional de Presupuesto expresa la opinión favorable para su aceptación;

Que, con Informe Legal N° 580-GRLL-GGR/GRAJ, el Gerente Regional de Asesoría Jurídica opina que es viable la aprobación del Acuerdo de Consejo Regional, relativo a la aceptación de la donación dineraria efectuada por la empresa Pan American Silver – La Arena S.A, destinada a financiar las intervenciones de apoyo en el sector educación en el marco de un convenio de cooperación y compromiso de responsabilidad social para las instituciones educativas focalizadas en los caseríos de La Arena, La Ramada y Agua Blanca bajo la administración de la Unidad de Gestión Educativa Local de Sánchez Carrión;

El Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, en uso de sus atribuciones conferidas por los artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Perú; Ley Orgánica de Gobierno Regionales - Ley N° 27867 y sus modificatorias; y los artículos 23° y 64° del Reglamento Interno del Consejo Regional La Libertad, aprobado con Ordenanza Regional N° 005-2010-GRLL/CR; demás normas complementarias; con dispensa de dictamen de Comisión, con dispensa de lectura y aprobación de acta; el Pleno del Consejo Regional ACORDÓ POR UNANIMIDAD:

Articulo Primero: ACEPTAR, la donación dineraria de la EMPRESA PAN AMERICAN SILVER – LA ARENA S.A. ascendente a la suma de NOVENTA Y DOS MIL Y 00/100 SOLES (S/. 92,000.00), destinada a financiar las intervenciones de apoyo en el Sector Educación en el marco de un Convenio de Cooperación y compromiso de responsabilidad social para las instituciones educativas focalizadas en los caseríos de La Arena, La Ramada y Agua Blanca bajo la administración de la Unidad de Gestión Educativa Local de Sánchez Carrión.

Articulo Segundo: DISPONER, que la Gerencia Regional de Presupuesto, proceda a la incorporación del monto de la donación ascendente a la suma de NOVENTA Y DOS MIL Y 00/100 SOLES (S/. 92,000.00) al Presupuesto Institucional de la Unidad Ejecutora 307 Educación Sánchez Carrión, para la ejecución de las intervenciones de apoyo en el sector educación en el marco de un convenio de cooperación y compromiso de responsabilidad social para las instituciones educativas focalizadas en los caseríos de La Arena, La Ramada y Agua Blanca.

Articulo Tercero: ESTABLECER, que la Unidad de Gestión Educativa Local de Sánchez Carrión, es responsable de garantizar que los recursos donados se destinen en forma exclusiva al pago de haberes durante el año escolar 2019 para tres docentes y un acompañante pedagógico, así como en los gastos administrativos para tal fin, conforme a las intervenciones de apoyo en el sector educación en el marco de un convenio de cooperación y compromiso de responsabilidad social para las instituciones educativas focalizadas en los caseríos de La Arena, La Ramada y Agua que están bajo su administración.

Articulo Cuarto: DIFUNDIR el presente Acuerdo Regional en el Diario Oficial El Peruano y a través del Portal Electrónico del Gobierno Regional de La Libertad.

POR TANTO:

Regístrese, notifíquese y cúmplase.

DAVID OSVALDO CALDERÓN DE LOS RÍOS

Presidente

Consejo Regional La Libertad

1845686-1