Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República destinada a financiar gastos derivados de contratación de sociedad de auditoría externa

Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República, destinada a financiar gastos derivados de contratación de sociedad de auditoría externa

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA

n° 009-2020-P/TC

Lima, 8 de enero de 2020

VISTOS

El Oficio 002231-2019-CG/DC y la Resolución 186-2019-P/TC del 30 de octubre y 15 de noviembre de 2019, respectivamente, y el Informe 005-2020-OP/TC de fecha 7 de enero de 2020; y,

CONSIDERANDO

Que el artículo 20 de la Ley 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por el artículo 3 de la Ley 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, autoriza a las entidades del Gobierno Nacional a realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos de la contratación de las sociedades de auditoría, previa comunicación de dicho organismo;

Que mediante la Resolución de Contraloría 369-2019-CG, de fecha 22 de octubre de 2019, se aprobó el tarifario que establece el monto por retribución económica, el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de sociedades de auditoría, que las entidades del Gobierno Nacional deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago de las sociedades de auditoría que sean designadas para realizar labores de control posterior externo;

Que mediante la Resolución 186-2019-P/TC se autorizó la Transferencia Financiera con cargo al Presupuesto Institucional 2019, Pliego 024: TRIBUNAL CONSTITUCIONAL de S/ 43361.14 (cuarenta y tres mil trescientos sesenta y un con 14/100 soles), por la fuente de financiamiento recursos ordinarios, a favor de la Contraloría General de la República, destinados a financiar los gastos derivados de la contratación de la sociedad de auditoría externa, que se encargará de realizar las labores de control posterior al Tribunal Constitucional;

Que mediante el Oficio 002231-2019-CG/DC, el Contralor General de la Republica comunica que, conforme a la legislación invocada, le corresponde al Tribunal Constitucional transferir el 50% de la retribución económica (incluyendo el IGV) del periodo auditado 2019, cuya transferencia financiera se debe efectuar a mas tardar en el mes de enero de 2020;

Que la Oficina de Presupuesto mediante el Informe 005-2020-OP/TC, e indica que se han habilitado los recursos necesarios para proceder a la transferencia solicitada por la Contraloría General de la República para el año 2020, hasta por la suma de S/ 36 032.50 (treinta y seis mil treinta y dos con 50/100 soles). Precisa que para cumplir con lo solicitado se han habilitado recursos en la específica de gasto 2.4.1.3.1.1;

Que las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, requiriéndose en todos los casos el informe previo favorable de la Oficina de Presupuesto;

De conformidad con lo dispuesto por el Decreto de Urgencia 014-2019, Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; el artículo 41 del Decreto Legislativo 1440, que aprueba el Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Ley 28301, Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y su Reglamento Normativo,

SE RESUELVE

Respecto a la Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República

Artículo Primero.- Autorizar la Transferencia Financiera, con cargo al Presupuesto Institucional 2020, del Pliego 024: TRIBUNAL CONSTITUCIONAL, de (treinta y seis mil treinta y dos con cincuenta céntimos) a favor de la Contraloría General de la República, destinados a financiar los gastos derivados de la contratación de la sociedad de auditoría externa que se encargará de auditar el periodo 2019.

Respecto al Financiamiento

Artículo Segundo.- La transferencia financiera autorizada en el artículo 1 de la presente resolución se realizará con cargo al Presupuesto Institucional aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 024: TRIBUNAL CONSTITUCIONAL específica de gasto 2.4.1.3.1.1 transferencias a otras Unidades del Gobierno Central.

Respecto a la Limitación al uso de los recursos

Artículo Tercero.- Los recursos de la transferencia financiera autorizada por el artículo 1 de la presente resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Respecto al Monitoreo, seguimiento y cumplimiento

Artículo Cuarto.- La Dirección General de Administración, en el ámbito de su competencia, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales se realiza la presente transferencia financiera.

Respecto a la Publicación

Artículo Quinto.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARIANELLA LEDESMA NARVÁEZ

Presidenta

1846147-1