Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 486-MDSMP que aprobó el Ultimo Beneficio Tributario y No Tributario a favor de los Contribuyentes del distrito de San Martín de Porres

Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 486-MDSMP, que aprobó el “Ultimo Beneficio Tributario y No Tributario a favor de los Contribuyentes del distrito de San Martín de Porres”

DECRETO DE ALCALDÍA

Nº 017-2019-MDSMP

San Martín de Porres, 31 de diciembre de 2019

EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SAN MARTÍN DE

PORRES

VISTO:

El Oficio Nº 010-010-19000791, de la Jefatura del Servicio de Administración Tributaria del Distrito de San Martín de Porres, que contiene el Informe Nº 060-014-19000546, de la Gerencia de Operaciones SAT SMP, el Informe Nº 2107-2019-GAJ/MDSMP de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Memorándum Nº 4224-2019-GM/MDSMP, de la Gerencia Municipal; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado mediante Ley Nº 30305, en concordancia con lo dispuesto en el artículo II del título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece: “Las municipalidades provinciales y distritales son órganos de Gobierno Local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, radicando dicha autonomía en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativos y de administración”;

Que, mediante Ordenanza Nº 486-MDSMP publicada el 31 de Octubre de 2019, se aprobó el “Ultimo Beneficio Tributario y No Tributario a favor de los Contribuyentes del distrito de San Martín de Porres”, el cual tiene por finalidad establecer, en la jurisdicción del distrito de San Martín de Porres, el régimen de condonación de deudas tributarias por concepto de interés moratorio del impuesto predial y de arbitrios municipales, así como el insoluto de arbitrios municipales, multas tributarias y administrativas, en determinados porcentajes establecidos en la misma ordenanza;

Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 014-2019-MDSMP, publicada el 01 de Diciembre de 2019, se aprobó la Prorroga de la Ordenanza Nº 486-MDSMP, publicada el 31 de Octubre de 2019, “Ultimo Beneficio Tributario y No Tributario a favor de los contribuyentes del distrito de San Martín de Porres”, hasta el 16 de diciembre de 2019, y mediante Decreto de Alcaldía Nº 015-2019-MDSMP, publicada 17 de diciembre de 2019, se aprobó la prórroga de la ordenanza antes mencionada, hasta el 31 de diciembre de 2019;

Que, mediante Oficio Nº 010-010-19000791, de fecha 30 de diciembre de 2019, el Jefe del Servicio de Administración Tributaria del Distrito de San Martín de Porres remite el Informe Nº 060-014-19000546 de la Gerencia de Operaciones, quien propone que se continúe con el otorgamiento de mayores facilidades a los contribuyentes del Distrito de San Martín de Porres, para que puedan cumplir con el pago de sus obligaciones tributarias y/o administrativas, motivo por el cual es necesario la ampliación de su vigencia y la expedición de la presente norma;

Que, en la Tercera Disposición Complementaria y Final de la Ordenanza Nº 486-MDSMP, faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la citada Ordenanza así como prorrogar la fecha de vencimiento, de ser el caso;

Estando a los considerandos antes expuestos y de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 20º numeral 6) y 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades;

DECRETA:

Artículo Primero.- PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza Nº 486-MDSMP hasta el 31 de Enero de 2020.

Artículo Segundo.- ENCARGAR al Servicio de Administración Tributaria del Distrito de San Martín de Porres, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía.

Artículo Tercero.- DISPONER al Servicio de Administración Tributaria de San Martín de Porres SAT-SMP, la publicación del texto del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial “El Peruano”, también será publicado en la página web del Servicio de Administración Tributaria de la Municipalidad de San Martín de Porres - SAT SMP, www.satsmp.gob.pe; asimismo a la Secretaría General y Sub Gerencia de Desarrollo de Tecnologías de la Información, la publicación en la página web de la municipalidad: www.mdsmp.gob.pe, en el portal del Estado Peruano: www.peru.gob.pe, y en el portal de Servicios y Empresas: www.serviciosalciudadano.gob.pe.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

JULIO ABRAHAM CHAVEZ CHIONG

Alcalde

1844644-1