Aprueban el Protocolo para el uso de la Plataforma Virtual denominada Sistema de Requerimientos Judiciales Digital (SIREJUD) en la CSJ-LIMA NORTE y ratifican Res. Adm. N° 340-2020-P-CSJLIMANORTE-PJ

Aprueban el “Protocolo para el uso de la Plataforma Virtual denominada Sistema de Requerimientos Judiciales Digital (SIREJUD) en la CSJ-LIMA NORTE”, y ratifican Res. Adm. Nº 340-2020-P-CSJLIMANORTE-PJ

Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA

Nº 000379-2020-P-CSJLIMANORTE-PJ

Independencia, 21 de mayo de 2020

VISTO:

La Resolución Administrativa nº 340-2020
-P-CSJLIMANORTE-PJ en adelante R.A. 340-2020 (23/04/2020), el Oficio nº 060-2020-USJ-CSJLN/PJ cursado por el señor Abraham Ezequiel TORRES LLANOS, Jefe de la Unidad de Servicios Judiciales (20/05/2020); y,

CONSIDERANDO:

1. En el marco del D.S. nº 008-2020-SA y D.S. nº 044-2020-PCM que declaran el Estado de Emergencia Sanitaria a nivel nacional por la existencia del COVID-19 en nuestro país, mediante el Decreto de Urgencia n.º 026-2020 se suspendieron los plazos procesales y administrativos por el lapso de quince (15) a partir del 16/3/2020, plazo que -finalmente- fue ampliado por D.S. n.º 083-2020-PCM (10/5/2020) por 14 días calendario, a partir del 11/5/2020 al 24/5/2020.

2. Para coadyuvar a la plena aplicación de las disposiciones del Decreto de Urgencia n.º 026-2020 que autoriza a los empleadores del sector público y privado a modificar el lugar de la prestación de servicios de todos sus trabajadores implementando el Trabajo Remoto, mediante R.A. 340-2020 se aprobó y oficializó el uso y aplicación de la plataforma virtual de atención al usuario denominado “Sistema de Requerimientos Judiciales Digital – SIREJUD”, para la Sala Mixta y Juzgados Penales que laboran durante el Estado de Emergencia a nivel Nacional y Estado de Emergencia Sanitaria como órganos jurisdiccionales de emergencia en la Corte Superior de Justicia de LIMA NORTE a partir del 23/4/2020.

3. En tiempo posterior a aquella disposición, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CE-PJ) ha emitido la R.A. n.º 129-2020-CE-PJ, modificada por R.A. n.º 146-2020-CE-PJ, y la R.A. n.º 133-2020-CE-PJ, estableciendo la Mesa de Partes Electrónica (MPE) para la recepción de demandas y escritos en los expedientes judiciales electrónicos (EJE) y en los expedientes físicos (no EJE), durante el período de aislamiento por estado de emergencia nacional y en tiempo posterior al mismo.

4. En este ámbito, con el oficio que precede, el Jefe de Servicios Judiciales de la GAD/CSJ-LIMA NORTE, señor Abraham Ezequiel TORRES LLANOS, eleva la Propuesta de aprobación del Protocolo para el uso de la Plataforma Virtual Denominada “Sistema de Requerimientos Judiciales Digital” (SIREJUD) en la CSJ-LIMA NORTE, indicando que cumple dos objetivos: 1) garantizar la protección de la vida y la salud de las personas vinculadas a la presentación de documentos al Poder Judicial, evitando con ello su contagio con el COVID-19; 2) facilitar la presentación documentos y consulta de los procesos de manera virtual, básicamente para los procesos penales del NCPP, y en los procesos ajenos a aquel.

5. En dicho documento se informa que el SIREJUD, desde la fecha de su implementación hasta la actualidad, viene dando óptimos resultados en la atención a los usuarios judiciales. A la fecha se han presentado 889 solicitudes de acceso virtual, habiéndose registrado en el canal de la Mesa de Partes Virtual 270 requerimientos, 483 escritos en la sede central y 05 escritos en las subsedes de los órganos jurisdiccionales de este Distrito Judicial en los procesos del Código Procesal Penal, mientras que por el canal de Consultas e Informes Virtuales al Usuario se han registrado 1,317 atenciones.

6. Aquello revela que el SIREJUD es una herramienta tecnológica muy útil para la gestión de documentos de ingreso y trámite, principalmente, en materia penal de los órganos jurisdiccionales de emergencia, y como tal viene a constituir un instrumento subsidiario a la MPE establecida por el CE-PJ que no ha previsto dicho mecanismo para esta materia, por lo que en virtud de lo previsto en el artículo 90º, incisos 3) y 9) del TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial, se debe aprobar el Protocolo mencionado que -en suma- es una ampliación de los fundamentos por los que se aprobó inicialmente el uso del SIREJUD en la CSJ-LIMA NORTE; documento que se acompaña como adjunto a la presente resolución.

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- APROBAR el “Protocolo para el uso de la Plataforma Virtual denominada Sistema de Requerimientos Judiciales Digital (SIREJUD) en la CSJ-LIMA NORTE”, cuyo contenido aparece en líneas posteriores a la presente resolución.

Artículo Segundo.- RATIFICAR la Resolución Administrativa nº 340-2020-P-CSJLIMANORTE-PJ que aprobó y oficializó el uso y aplicación de la plataforma virtual de atención al usuario denominado “Sistema de Requerimientos Judiciales Digital – SIREJUD” en la CSJ-LIMA NORTE, ahora como instrumento subsidiario a la Mesa de Partes Electrónica (MPE) establecido en la R.A. n.º 133-2020-CE-PJ.

Artículo Tercero.- DISPONER que la Gerencia de Administración Distrital, a través de la Unidad de Servicios Judiciales, la Coordinación de Informática, Administración del Módulo Penal, así como los Administradores y/o Coordinadores de las sedes judiciales de la CSJ-LIMA NORTE, brinden las facilidades que la aplicación de dicho protocolo requiera.

Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Oficina de Imagen Institucional la difusión de los alcances del Protocolo Virtual denominado Sistema de Requerimientos Judiciales Digital (SIREJUD), las redes sociales y otros medios alternativos de difusión.

Artículo Quinto.- PONER a conocimiento la presente resolución al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Gerencia General del Poder Judicial, Gerencia de Informática del Poder Judicial, a la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura, Gerencia de Administración Distrital, Administradores del Módulo Penal, Administradores y/o Coordinadores de sede, Coordinación de Informática, y de los interesados para los fines que pertinentes.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

VICENTE AMADOR PINEDO COA

Presidente

PROTOCOLO PARA EL USO DE

LA PLATAFORMA VIRTUAL DENOMINADA

SISTEMA DE REQUERIMIENTOS JUDICIALES DIGITAL (SIREJUD) EN LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA NORTE

I. OBJETO

Establecer un mecanismo tecnológico alternativo para mantener la interacción entre los usuarios y los operadores de justicia en la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, además evitar el contagio del COVID19 entre los usuarios y los trabajadores de este Distrito Judicial con el uso de esta aplicación SIREJUD, su desarrollado está alineado a lo dispuesto por la Resolución Administrativa Nº 000115-2020-CE-PJ, en el uso de medios tecnológicos, la Resolución Administrativa Nº 000147-2020-CE-PJ, plan para la vigencia y prevención COVID19. Asimismo, la Resolución Administrativa Nº 000340-2020-P-CSJLIMANORTE-PJ aprueba y oficializa el uso y aplicación de la plataforma virtual de atención al usuario denominada “Sistema de Requerimientos Judiciales Digital - SIREJUD”, ,a efectos de que los operadores de justicia y el público usuario realicen un adecuado uso y control para la atención de requerimientos y escritos, utilizando medios tecnológicos contribuyendo con el cumplimiento de las medidas dispuestas para el aislamiento social obligatorio.

II. FINALIDAD

a) Garantizar el aislamiento social obligatorio de la población en el marco de lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 044-2020-PCM.

b) Garantizar el cumplimiento de lo dispuesto en la Resolución Administrativa Nº 000340-2020-P-CSJLIMANORTE-PJ.

c) Mantener la continuidad del servicio de justicia en la Corte Superior de Justicia de Lima Norte.

III. ÁMBITO DE APLICACIÓN

El presente protocolo es de aplicación por el personal y el público usuario de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte. El aplicativo informático SIREJUD conforme a la Resolución Administrativa Nº 000340-2020-P-CSJLIMANORTE-PJ esta configurada para la Sala Mixta y Juzgados Penales que laboran durante el Estado de Emergencia a nivel Nacional y Estado de Emergencia Sanitaria como órganos jurisdiccionales de emergencia. Así también, se precisa que el aplicativo permite ampliar su alcance a otras instancias como son Salas Civiles, Juzgados Especializados Civiles y Juzgados de Paz Letrado, dentro o fuera del estado de emergencia sanitaria, decretado por el Poder Ejecutivo.

IV. BASE LEGAL

Resolución Administrativa Nº 084-2018-CE-PJ, “Lineamientos de audiencias realizadas en los Juzgados del Nuevo Código Procesal Penal, mediante el uso de videoconferencias y redes sociales” de fecha 14.03.2018.

Resolución Administrativa Nº 000115-2020-CE-PJ, “Suspenden las labores del Poder Judicial en acatamiento al Estado de Emergencia Nacional establecido por Decreto Supremo Nº 044-2020-PCM” 16.03.2020

Resolución Administrativa Nº 000051-2020-P-CE-PJ, “Autorizar a los Presidentes de las Salas Permanentes y Transitorias de la Corte Suprema de Justicia, no mencionadas en la Resolución Administrativa Nº 115-2020-CE-PJ, a desarrollar las labores jurisdiccionales en la forma que se considere más eficaz, incluyendo el uso de medios tecnológicos, y dictan otras disposiciones”. 31.03.2020

Resolución Administrativa Nº 000340-2020-P-CSJLIMANORTE-PJ, “Aprueban y Oficializan el uso y aplicación de la plataforma virtual de atención al usuario denominada “Sistema de Requerimientos Judiciales Digital - SIREJUD”. 23.04.2020

Resolución Administrativa Nº 123-2020-CE-PJ. “Aprueban y Oficializan el uso y aplicación del Hangouts Meet Google” para video conferencias 24.04.2020

Resolución Administrativa Nº 000147-2020-CE-PJ, “Plan actualizado para la vigencia, prevención y control del COVID19 en el Poder Judicial” 16.05.2020

V. DISPOSICIONES GENERALES

La plataforma virtual de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte consta de dos canales de atención al usuario el primero es la “mesa de partes virtual” y el segundo “consultas e informes virtual”. La mesa de partes virtual es el canal para la presentación de requerimientos, denuncias, demandas o escritos, y el canal de consultas e informes virtual es para Orientar Jurídicamente o Informar sobre sus procesos al usuario, este canal se conforma de cinco sub canales de atención:

a) Atención al usuario de manera virtual a través de videoconferencia (Hangouts Meet).

b) Atención de consultas Jurídicas por medio de la página web del Poder Judicial.

c) Atención de consultas jurídicas o de proceso de los Juzgados de Paz Letrados - Alimentos por WhatsApp.

d) Atención por Correo electrónico de la Unidad de Servicios Judiciales–Corte Superior de Justicia de Lima Norte.

e) Atención de consultas del Sistema de Notificaciones Electrónicas (SINOE)

MESA DE PARTES VIRTUAL

DEL USO DEL SIREJUD POR PARTE DE LOS USUARIOS EXTERNOS

1. Requisitos

a) Utilizar el navegador Chrome.

b) Computador personal, escritorio o teléfono celular.

c) Contar con una cuenta de correo electrónico Gmail.

d) Contar con casilla electrónica SINOE del Poder Judicial, según la Resolución Administrativa Nº 260-2015-CE-PJ, si no está autorizado por la normativa obtener una casilla electrónica, es importante registrar su correo electrónico personal Gmail y el número de celular personal en el formulario de solicitud de acceso al SIREJUD para que por estos medios se pueda notificar las resoluciones y notificaciones que son emitidas por los Órganos Jurisdiccionales, que por el estado de emergencia sanitaria por el COVID-19 los notificaciones físicas están restringidas.

2. Solicitar Acceso al Sistema Informático

a) Ingresar al link https://sirejud.pj.gob.pe para solicitar acceso al Sistema de Requerimientos Judiciales Digital, registrando sus datos que muestra en el formulario de inscripción.

b) Visualizar y aceptar el documento de términos y condiciones.

c) Verificar los datos para la emisión de credenciales de acceso al SIREJUD, en caso no exista coincidencia entre los datos registrados como la de identificación, casilla electrónica y número del colegio profesional de abogados, serán denegadas.

d) Recibir el usuario las credenciales de acceso al SIREJUD al correo Gmail consignado.

3. Registro de Requerimientos, denuncias, demandas o escritos

Registro de Requerimientos, denuncias o demandas

a) Tener un usuario y contraseña para registrar sus documentos

b) Registrar requerimiento, denuncia o demanda, eligiendo la instancia correspondiente, adjuntando los documentos digitales en formato PDF con un peso no mayor 120 MB, Asimismo, aceptar la declaración jurada de confirmación de documento anexos como original, copia certificada o copia simple de los documentos presentados y finalmente digitar en el recuadro “sumilla” del documento a presentar.

a) Presentar sus solicitudes en el horario de ingreso de registros es de 8:00 a.m. a 17:00 p.m. y de lunes a viernes, en caso de los Juzgados del Nuevo Código Procesal Penal se recibirá durante las 24 horas a través de los Juzgados Penales de turno permanente, considerando los casos graves y urgentes, según lo dispuesto en la normativa correspondiente dentro del estado de emergencia sanitaria y después se recibirá todos los procesos.

b) Para subsanar los documentos presentados, solo se habilitará la opción por medio del SIREJUD cuando haya sido observado por el Poder Judicial.

c) Para Modificar el documento de un requerimiento observado se debe seleccionar el documento subsanado en formato PDF, agregando una descripción en la sumilla.

d) Recibir el usuario a través del SIREJUD y correo electrónico el mensaje y cargo de recepción y registro de su solicitud en el Sistema Integrado Judicial (SIJ-Nacional) una vez que se haya validado la documentación presentada.

Registro de Escritos

a) Tener un usuario y contraseña para registrar sus documentos.

b) Registrar escrito, eligiendo la instancia correspondiente, digitar el número y año del expediente, adjuntando los documentos digitales en formato PDF con un peso no mayor 120 MB, Asimismo, aceptar la declaración jurada de confirmación de documento original, copia certificada o copia simple de los documentos presentados y finalmente consignar la sumilla del documento a presentar.

c) Para subsanar el documento del escrito, solo se habilitará cuando haya sido observado por el Poder Judicial.

d) Para Modificar el documento de un escrito observado se debe seleccionar el documento Subsanado PDF y agregar una descripción.

Consultas en forma Virtual del seguimiento de los expedientes

a) Solicitar atención por video conferencia (Hangouts Meet) a través del SIREJUD, alineado a la resolución Administrativa Nº 123-2020-CE-PJ de fecha 24.04.2020

b) Registrar datos para atención respectiva (Nombres, Apellidos, DNI, número de celular)

c) La atención virtual tendrá una duración máxima de 10 minutos, calificando la orientación brindada.

d) Esperar el turno respectivo generado por el SIREJUD

CONSULTAS E INFORMES VIRTUAL (AL USUARIO)

Esta labor, realizará el personal especializado de la Oficina de Orientación Jurídica Gratuita al Usuario (OOJGU), ahora denominado por “Módulo de Atención al Usuario” dispuesta por la Resolución Administrativa Nº 084-2020-CE-PJ de fecha 24 de febrero del 2020, en la que se dispone la atención presencial, esta solución tecnológica SIREJUD contempla dos objetivos atender al usuario y evitar el contagio del COVID-19, es así que se ha adecuado las atenciones al usuario de manera virtual alineado a la referida Resolución Administrativa, comprendiendo 5 sub canales de atención.

Orientación Jurídica Virtual (Hangouts Meet)

Este servicio de atención al usuario por videoconferencia a través del SIREJUD, está alineado a la resolución Administrativa Nº 123-2020-CE-PJ de fecha 24.04.2020.

a) Solicitar atención por video conferencia (Hangouts Meet) a través del SIREJUD

b) Registras datos para atención respectiva (Nombres, Apellidos, DNI, número de celular)

c) La atención virtual tendrá una duración de 10 minutos, calificando la orientación brindada.

Consultas Judiciales Jurídica

a) Registrar la Consulta Judicial a través del SIREJUD (Servicio Web Poder Judicial)

b) Recibir respuesta del abogado Orientador en el correo electrónico consignado

Consultas Jurídicas por WhatsApp

a) Enviar mensaje de texto solicitando la atención de consultas e informes por medio del SIREJUD (WhatsApp web o WhatsApp móvil) para las consultas generales y programación de depósitos judiciales 970-808-161 y para Orientación jurídica el 970-808-046.

b) Enviar datos de identificación foto del D.N.I u otro documento de identidad

c) Recibir consultas e informes requeridos.

Consultas por Correo Electrónico

a) Solicitar atención (Reclamos relacionados a todos los servicios de la Unidad de Servicios Judiciales, Creación de cuentas SINOE) por correo electrónico a través del SIREJUD (correo institucional: serviciosjudicialesln@pj.gob.pe)

b) Registrar reclamo en correo electrónico

c) Recibir respuesta de consultas e informes requeridos.

SINOE (Sistema de Notificaciones Electrónicas)

a) Acceder a la consulta del Sistema de Notificaciones Electrónicas a través del SIREJUD (SINOE web Poder Judicial)

b) Verificar Notificaciones Electrónicas remitida por Órgano Jurisdiccional correspondiente.

c) Solicitar acceso al SINOE, en caso de no contar con la credencial a través del correo electrónico: serviciosjudicialesln@pj.gob.pe

DEL USO DEL SIREJUD POR PARTE DE LOS USUARIOS INTERNOS

1. Acceso al Sistema SIREJUD

a) Ingresar al sistema con un usuario y contraseña, que fueron enviados al correo electrónico.

2. Perfil Administrador de Módulo

a) Podrá realizar búsquedas de requerimientos.

b) Podrá programar instancias por fechas establecidas.

c) Podrá programar especialistas, asistentes asignados a una instancia por día.

d) Se podrá dar acceso al sistema a los solicitantes, enviando las credenciales Usuario y Clave.

e) Se puede mostrar las cantidades totales de requerimiento y escritos por parte del solicitante (Fiscalía, Defensa Pública, Defensa Privada).

3. Perfil Mesa de Partes Virtual

a) Validar, aceptar y enviar las credenciales de acceso al SIREJUD a los correos registrados por el usuario.

b) Visualizar los documentos (requerimientos, denuncias, demandas y escritos) según la sede que corresponda y también podrá enviar observaciones al solicitante.

c) Verificar la documentación de no corresponder a la Sede o Distrito elegido este será observado deberá cerrarlo culminando su atención, de lo contrario se podrá atender.

d) Si el requerimiento no tiene observaciones se debe registrar los requerimientos, denuncias, demandas o escritos en el Sistema Integrado Judicial (SIJ), luego deberá digitar el número de expediente, año y dependencia en el SIREJUD para que el usuario reciba los cargos y la información a través de esta plataforma virtual o a su correo electrónico Gmail.

e) Se podrá enviar observaciones al solicitante, digitando lo observado, en caso el escrito sea observado por no corresponder a la corte se deberá cerrar el escrito.

f) Se podrá visualizar las cantidades totales de requerimientos y escrito por parte del solicitante (Fiscalía, Defensa Pública, Defensa Privada).

Orientación Virtual (Seguimiento del Expediente)

Alineado a la resolución Administrativa Nº 123-2020-CE-PJ de fecha 24.04.2020.

a) Verificar datos del solicitante

b) Admitir al usuario a la sala de video conferencia para la orientación respectiva.

c) Controlar el tiempo de atención no supere los 10 minutos, respetando la secuencia de citas registradas en la sala

d) Solicitar al usuario calificación de la atención

4. Perfil Juzgado, Colegiado, Sala, Especialista y Asistente

a) Visualizar el Juez Superior, Juez Especializado, Juez de Paz Letrado, Especialista y Asistentes los requerimientos, denuncias, demandas y escritos registrados y asignados de acuerdo a la programación de Dependencia, Juzgado, Colegiado, Sala, Especialista y Asistente.

b) Digitar y enviar el Juez Superior, Juez Especializado, Juez de Paz Letrado, Especialista y Asistentes Observaciones.

c) Registrar el Juez Superior, Juez Especializado, Juez de Paz Letrado, Especialista y Asistentes la Fecha de Audiencia, si es “Si” ingresará la Fecha y Hora de la audiencia, confirmando los datos. En caso contrario colocar la opción “NO” para que el sistema envíe un mensaje al usuario informándole que revise sus anexos en el SINOE.

d) Actualizar el Juez Superior, Juez Especializado, Juez de Paz Letrado, Especialista y Asistentes la atención de los documentos enviados por el usuario dando click a la casilla respectiva “Atendida”

e) Registrar el Juez Superior, Juez Especializado, Juez de Paz Letrado, Especialista y Asistentes las observaciones el Juez, especialista y asistente, dando click en la casilla observaciones, y sumilla en sistema SIREJUD para que los usuarios realicen las respectivas subsanaciones

f) Visualizar el Juez Superior, Juez Especializado, Juez de Paz Letrado, Especialista y Asistentes todas las observaciones registradas.

g) Ingresar documentos de índole jurisdiccional el Juez Superior, Juez Especializado, Juez de Paz Letrado, Especialista y Asistentes a través de la Mesa de Partes Virtual -SIREJUD.

h) Notificar a las partes procesales que no tiene credencial del SINOE a los correos personales Gmail del usuario y por WhatsApp para el caso de los Juzgados del Nuevo Código procesal Penal que autoriza la actuación judicial por redes sociales según la Resolución Administrativa Nº 084-2018-CE-PJ de fecha 14.03.2018.

VI. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS

La primera fase de implementación tiene un alcance para los Órganos Jurisdiccionales de emergencia. Sin embargo, el SIREJUD posee la funcionalidad de configurar para más Órganos Jurisdiccionales una vez concluida las restricciones referidas a la emergencia sanitaria previa autorización. Asimismo, se cuenta con un área de soporte informático a cargo de la Gerencia de Informática, la Jefatura de la Unidad de Servicios Judiciales y de la Coordinación de Informática de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte para garantizar la asistencia técnica de forma oportuna y eficaz a los usuarios internos y externos de este Distrito Judicial.

VII. DISPOSICIONES FINALES

La Unidad de Servicios Judiciales es responsable de la implementación, monitoreo, puesta en producción y actualización, así como, la atención de incidencias o requerimientos que se presenten durante la operatividad del sistema SIREJUD, en coordinación con la Gerencia de Informática del Poder Judicial y la Coordinación de Informática de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte.

VIII. VIGENCIA

El presente “PROTOCOLO PARA EL USO DE LA PLATAFORMA VIRTUAL DENOMINADA SISTEMA DE REQUERIMIENTOS JUDICIALES DIGITAL (SIREJUD) EN LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA NORTE”, rige a partir de la fecha de vigencia de la Resolución Administrativa correspondiente emitida por la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte.

1866638-1