Designan Presidente del Consejo Ejecutivo del Fuero Militar Policial y del Fuero Militar Policial; así como del Tribunal Supremo Militar Policial y de la Sala Suprema Revisora

Designan Presidente del Consejo Ejecutivo del Fuero Militar Policial y del Fuero Militar Policial; así como del Tribunal Supremo Militar Policial y de la Sala Suprema Revisora

Resolución Administrativa

Nº 013-2020-FMP/CE/SG

Lima, 11 de mayo de 2020

CONSIDERANDO:

Que, por Ley Nº 29182, Ley de Organización y Funciones del Fuero Militar Policial, se estableció la naturaleza, estructura, organización, competencia, jurisdicción, funciones y atribuciones del Fuero Militar Policial, como organismo autónomo e independiente, en armonía con las normas y principios establecidos en la Constitución Política del Perú;

Que, el quinto párrafo del artículo 5° de la citada Ley, modificado por Decreto Legislativo N° 1096 y Ley N° 29955, establece que: “(…) El Presidente del Consejo Ejecutivo preside el Fuero Militar Policial. Es elegido por los miembros del Consejo Ejecutivo entre los Vocales Supremos Titulares de la Sala Suprema Revisora o el Fiscal Supremo Titular ante dicha Sala. Ejerce el cargo por un periodo de dos años y puede ser reelegido, por única vez, por un periodo igual. (…)”;

Que, en sesión de fecha 24 de abril de 2020, el Consejo Ejecutivo del Fuero Militar Policial, acordó elegir al señor General de Brigada (R) Alonso Leonardo Esquivel Cornejo, como Presidente del Consejo Ejecutivo del Fuero Militar Policial y del Fuero Militar Policial; así como Presidente del Tribunal Supremo Militar Policial y Presidente de la Sala Suprema Revisora, por el periodo de dos años, a partir del 24 de mayo del 2020;

De conformidad con los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas en el inciso 1) del artículo 23° del Reglamento de la Ley N° 29182, Ley de Organización y Funciones del Fuero Militar Policial;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Elegir al señor General de Brigada (R) Alonso Leonardo Esquivel Cornejo, Vocal Supremo del Tribunal Supremo Militar Policial, como Presidente del Consejo Ejecutivo del Fuero Militar Policial y del Fuero Militar Policial; así como, del Tribunal Supremo Militar Policial y de la Sala Suprema Revisora, por el periodo de dos años, a partir del 24 de mayo del 2020.

Artículo 2°.- Hacer de conocimiento de la presente Resolución Administrativa, al señor Presidente Constitucional de la República, Presidente del Congreso de la República, Presidente del Poder Judicial, Fiscal de la Nación, Ministro de Defensa, Ministro del Interior, Ministro de Justicia y Derechos Humanos y al Magistrado citado en el artículo precedente.

Artículo 3°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario oficial “El Peruano” y en el portal institucional del Fuero Militar Policial (www.fmp.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Julio Enrique Pacheco Gaige

Presidente del Consejo Ejecutivo

del Fuero Militar Policial

1866590-1