Ordenanza que aprueba el Régimen de Aplicación y Sanciones Administrativas (RAS) y el Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas (CUIS) de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador

Villa El Salvador, 23 de diciembre del 2019
POR CUANTO: El Concejo Municipal  de Villa El Salvador, en Sesión Ordinaria de la fecha; y
VISTOS: EL Dictamen  Nº 010-2019-CAT-MVES de la  Comisión de Administración Tributaria,  el Memorando Nº  1314-de la  Gerencia Municipal,  el Informe Nº  567-2019-OAJ/MVES de  la O?cina  de Asesoría Jurídica,  el 2019-GM/MVES Memorando N° 3422-2019-GRAT/MVES de la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria y el Informe N° 296-2019-SGFA/GRAT/MVES de la Subgerencia  de Fiscalización Administrativa  sobre propuesta de Ordenanza  que aprueba el Régimen de Aplicación  de Sanciones Administrativas –  RAS y el Cuadro  de Infracciones y Sanciones  Administrativas – CUIS de la Municipalidad Distrital  de Villa el Salvador, y
CONSIDERANDO:
Que, conforme a  lo dispuesto en el artículo 194°  de la Constitución Política  del Perú, modi?cado por la  Ley N° 30305, en  concordancia con  el Artículo  II  del Título  Preliminar  de la  Ley Nº  27972,  Ley Orgánica  de  Municipalidades;  las municipalidades  provinciales y  distritales son  los órganos  de gobierno local,  tienen autonomía  política,  económica y administrativa en  los asuntos  de su competencia;  autonomía que  radica en la  facultad de ejercer  actos de  gobierno, administrativos y de administración,  con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, el  artículo  40º de  la Ley Nº  27972,  Ley Orgánica  de Municipalidades,  establece  que: “Las  ordenanzas de  las municipalidades  provinciales y  distritales, en  la materia  de su  competencia,  son las  normas de  carácter general  de mayor  jerarquía en  la estructura  normativa  municipal, por  medio  de las  cuales se  aprueba la  organización  interna, la regulación,  administración y  supervisión de  los servicios públicos  y las  materias en  las que la  municipalidad tiene competencia normativa”,  siendo que conforme  numeral 8) del artículo  9º de la precitada  Ley, señala es  atribución del Concejo Municipal, entre otras,  la de: “Aprobar, modi?car o derogar las ordenanzas y dejar  sin efecto los acuerdos.”;
Que,  el artículo  46º de  la  precitada Ley,  establece  que: “Las  normas  municipales son  de  carácter obligatorio  y  su incumplimiento  acarrea  las  sanciones   correspondientes,  sin  perjuicio  de  promover  las  acciones  judiciales   sobre las  responsabilidades civiles  y  penales  a que  hubiere  lugar. Las  ordenanzas  determinan el  régimen  de  sanciones administrativas por la infracción de sus disposiciones, estableciendo las escalas de multas en función de la gravedad de la falta, así como la imposición de sanciones no pecuniarias.”, asimismo, el artículo 74° establece: “Las municipalidades ejercen, de manera exclusiva  o compartida, una función promotora, normativa y  reguladora, así como las de ejecución y de  ?scalización y control,  en las  materias de  su competencia,  conforme a la  presente ley  y la Ley  de Bases  de la Descentralización”
Que,  con Ordenanza  Nº  385-MVES,  se aprobó  la  Ordenanza que  regula  el Régimen  de  Aplicación  de Sanciones  Administrativas (RAS)  y el Cuadro de Infracciones  y Sanciones Administrativas (CUIS) de  la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador,  asimismo, mediante Ordenanza  N° 401-MVES  se Incorpora Códigos  de Infracción en  el Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas  (CUIS) de la Municipalidad Distrital de Villa el Salvador;
Que, con Ordenanza  N° 419-MES  se aprueba del Texto  Íntegro del Reglamento  de Organización y  Funciones (ROF) con enfoque  de  Gestión de  Resultados  de la  Municipalidad Distrital  de  Villa el  Salvador, aprobado  con Ordenanza N° 369-MVES,  estableciéndose  en su  artículo 9°:  “Encargar a  la Subgerencia  de Fiscalización  Administrativa y  a la Subgerencia de Recaudación y Control,  la elaboración del nuevo Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas (RAS) y  el Cuadro  de Infracciones  y Sanciones  Administrativas (CUIS)  conforme a  las funciones  establecidas en  la presente Ordenanza”,  asimismo, que  en el numeral  41.11 del artículo  41° del  citado Reglamento  se establece como función administrativa y ejecutora de  la Subgerencia de Fiscalización Administrativa, entre otras, la siguiente:  “Diseñar, elaborar, modi?car  e implementar, en  coordinación con la  Subgerencia de  Recaudación y Control,  el Reglamento  de Organización y Funciones (RAS)  y del Cuadro Único de Infracciones y Sanciones Administrativas  (CUIS)”;
Que, con  Informe Nº  296-SGFA-GRAT/MVES, la  Subgerencia de  Fiscalización Administrativa  con el  visto bueno  de la Subgerencia  de Recaudación  y Control,  en uso  de sus  funciones descritas  en el  considerando anterior,  remite el Proyecto de  Ordenanza que  aprueba el  Régimen de Aplicación  de Sanciones  Administrativas (RAS)  y el Cuadro  de Infracciones y Sanciones Administrativas (CUIS) e informa que al haberse aprobado  la Ordenanza N° 419-MVES antes citada, y siendo que en su artículo noveno encarga a la Subgerencia de Fiscalización Administrativa  y a la Subgerencia de Recaudación  y Control, la  elaboración del nuevo  Régimen de Aplicación  de Sanciones Administrativas  (RAS) y el Cuadro de  Infracciones y  Sanciones Administrativas  (CUIS), y siendo  que se ha  efectuado cambios  trascendentales respecto  a las  áreas encargas  del Procedimiento  Administrativo  Sancionador, corresponde  la emisión  de  un nuevo marco normativo referido a la Aplicación de Sanciones Administrativas y el establecimiento de las conductas infractoras, solicitando que la propuesta sea elevada al Concejo Municipal para su aprobación, lo que es rati?cado con Memorando N°3422-2019-GRAT/MVES de la Gerencia de  Rentas y Administración Tributaria;

Que,  con Informe  Nº 567-2019-OAJ/MVES,  la  O?cina  de Asesoría  Jurídica  emite opinión  legal  favorable para  que mediante  Ordenanza  se  apruebe  el  Régimen  de Aplicación de   Sanciones  Administrativas  (RAS)  y   el Cuadro de  Infracciones y Sanciones  Administrativas (CUIS) de  la Municipalidad Distrital  de Villa El Salvador, el  mismo que fuera propuesto por  la Subgerencia de  Fiscalización Administrativa con  la participación de  la Subgerencia de  Recaudación y  Control, pues  al  haberse modi?cado  la  Estructura Orgánica  de  la Municipalidad  y  aprobado  el Texto  Íntegro  del Reglamento de  Organización y  Funciones, resulta  necesario adecuar dichos  instrumentos a  la normatividad  vigente, precisa que  de conformidad  con  el Artículo 46°  y 49°  de la  Ley N°  27972, las  normas municipales  son  de carácter obligatorio y su  incumplimiento acarrea las  sanciones correspondientes,  sin perjuicio de promover  acciones judiciales sobre las  responsabilidades  civiles y  penales a  que hubiera  lugar, siendo  que mediante  ordenanza se  determina el régimen de  sanciones administrativas,  por la  infracción a sus  disposiciones, estableciendo  las escalas  de multas  en función de la gravedad  de las faltas, así como  la imposición de sanciones  no pecuniarias, asimismo, menciona  que la Ordenanza Propuesta  no vulnera lo establecido en  el Decreto Legislativo N° 1256,  que aprueba la Ley de  Prevención y Eliminación  de Barreras  Burocráticas,  sino por el  contrario se  hace conocer  a la  ciudadanía y  a las entidades  las conductas contrarias al ordenamiento  jurídico municipal y las acciones administrativas ante la comisión  de las mismas, situación por la cual el proyecto de Ordenanza no constituye una barrera burocrática ilegal, y, por último agrega la citada o?cina que  conforme a  lo establecido en  el numeral  3.2) del inciso  3) del Artículo  14° del Decreto  Supremo N°  001-2009-JUS, que aprueba el Reglamento que  establece disposiciones relativas a la publicidad,  publicación de Proyectos Normativos y difusión  de Normas Legales de  Carácter General, la propuesta  de Ordenanza se encuentra  exceptuada de la pre publicación,  en virtud a que se trata de  una adecuación a la normatividad  vigente y estricto cumplimiento del artículo noveno de la Ordenanza  N° 419-MVES;

Que, con Memorando Nº 1314-2019-GM/MVES, la Gerencia Municipal remite los actuados administrativos a la Secretaría General a ?n  de que se eleve  el expediente para  ponerlo a consideración  del Concejo Municipal para  su aprobación, conforme a lo establecido en el  inciso 8) del artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica  de Municipalidades;  Estando a lo expuesto,  y en atención al Dictamen  Nº 010-2019-CAT-MVES emitido por la  Comisión de Administración Tributaria, y en uso de sus facultades conferidas  por el inciso 8) del artículo 9° y 40° de la Ley  N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades,  el Concejo Municipal,  luego del debate  correspondiente, con la  dispensa del trámite  de lectura y aprobación del Acta, aprobó por Mayoría  la siguiente: