Autorizan inscripción de persona jurídica en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas

Autorizan inscripción de persona jurídica en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas

RESOLUCIÓN SBS Nº 5923-2019

Lima, 16 de diciembre de 2019

EL SECRETARIO GENERAL (a.i.)

VISTA:

La solicitud presentada por la señora Alis Cecilia Felipe Flores para que se autorice la inscripción de la empresa CLUB DEL SEGURO PERÚ CORREDORES DE SEGUROS S.A.C. en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas (Registro): Sección III: De los Corredores de Seguros B: Personas Jurídicas, numeral 1 Corredores de Seguros Generales; y,

CONSIDERANDO:

Que, el Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas, aprobado por Resolución S.B.S. Nº 808-2019, establece los requisitos formales para la inscripción de las Empresas Corredoras de Seguros en el Registro respectivo;

Que, la solicitante ha cumplido con los requisitos exigidos por la referida norma administrativa;

Que, el Departamento de Registros ha considerado pertinente aceptar la solicitud de inscripción de la empresa CLUB DEL SEGURO PERÚ CORREDORES DE SEGUROS S.A.C. en el Registro; y,

De conformidad con lo establecido en la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley N° 26702 y sus modificatorias y en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de esta Superintendencia, aprobado por Resolución S.B.S. N° 1678-2018 de fecha 27 de abril de 2018; y, en la Resolución S.B.S. Nº 5756-2019 de fecha 05 de diciembre de 2019;

RESUELVE:

Artículo Primero.- Autorizar la inscripción en el Registro, Sección III: De los Corredores de Seguros B: Personas Jurídicas, numeral 1 Corrredores de Seguros.Generales, a la empresa CLUB DEL SEGURO PERÚ CORREDORES DE SEGUROS S.A.C., con matrícula N° J-0895.

Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

RAÚL RODDY PASTOR MEJÍA

Secretario General (a.i.)

1842608-1