Remiten al Congreso de la República la documentación relativa al Acuerdo por Intercambio de Comunicaciones entre la República del Perú y la Comisión Ballenera Internacional relativo a la realización de la Sexagésima Novena Reunión Bienal de la Comisión Ballenera Internacional

Remiten al Congreso de la República la documentación relativa al Acuerdo por Intercambio de Comunicaciones entre la República del Perú y la Comisión Ballenera Internacional relativo a la realización de la Sexagésima Novena Reunión Bienal de la Comisión Ballenera Internacional

RESOLUCIÓN SUPREMA

N° 059-2024-RE

Lima, 22 de marzo de 2024

CONSIDERANDO:

Que, el Acuerdo por Intercambio de Comunicaciones entre la República del Perú y la Comisión Ballenera Internacional relativo a la realización de la Sexagésima Novena Reunión Bienal de la Comisión Ballenera Internacional está constituido por la Nota RE (MIN) N° 7-10-N/9, de 27 de febrero de 2024, suscrita por el Ministro de Relaciones Exteriores de la República del Perú, y la Carta MRU/JAC/33544 de la Comisión Ballenera Internacional (CBI), de 4 de marzo de 2024, suscrita por la Secretaria Ejecutiva de la CBI;

Que, el referido Acuerdo tiene por objeto establecer el marco normativo que regulará la celebración, en el Perú, de la citada Reunión Bienal de la CBI, la cual tendrá lugar del 23 al 27 de septiembre de 2024, en Lima;

Que, la aprobación del citado Acuerdo es conveniente para los intereses del Perú;

Que, ello es conforme con lo dispuesto en los artículos 56, inciso 2, y 102, inciso 3, de la Constitución Política del Perú y con el primer párrafo del artículo 2 de la Ley N° 26647, que disponen la aprobación legislativa de los tratados celebrados por el Estado peruano;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Remite Documentación

Se remite al Congreso de la República la documentación relativa al Acuerdo por Intercambio de Comunicaciones entre la República del Perú y la Comisión Ballenera Internacional relativo a la realización de la Sexagésima Novena Reunión Bienal de la Comisión Ballenera Internacional, constituido por la Nota RE (MIN) N° 7-10-N/9, de 27 de febrero de 2024, suscrita por el Ministro de Relaciones Exteriores de la República del Perú, y la Carta MRU/JAC/33544 de la CBI, de 4 de marzo de 2024, suscrita por la Secretaria Ejecutiva de la CBI.

Artículo 2.- Refrendo

La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA

Presidenta de la República

GUSTAVO LINO ADRIANZÉN OLAYA

Presidente del Consejo de Ministros

JAVIER GONZÁLEZ OLAECHEA FRANCO

Ministro de Relaciones Exteriores

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