Nombran y designan Fiscales Adjuntas Superiores Provisionales Transitorias del Distrito Fiscal de Lima Centro

Nombran y designan Fiscales Adjuntas Superiores Provisionales Transitorias del Distrito Fiscal de Lima Centro

resolución de la fiscalía de la nación

Nº 534-2024-MP-FN

Lima, 28 de febrero de 2024

VISTOS Y CONSIDERANDO:

Los oficios N.ros 165 y 174-2024-MP-FN-UFEC, cursados por la abogada Aurora Remedios Fátima Castillo Fuerman, Jefa de la Unidad Fiscal Especializada en Ciberdelincuencia del Ministerio Público, con competencia nacional y Coordinadora Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Ciberdelincuencia, mediante los cuales eleva propuestas para cubrir las plazas de Fiscales Adjuntos Superiores Transitorios, para el Despacho de la Fiscalía Superior de la Fiscalía Corporativa Especializada en Ciberdelincuencia de Lima Centro, las mismas que, a la fecha, se encuentran vacante. Asimismo, requiere que el personal fiscal que se nombre se designen, en adición a sus funciones, como adscritos a la citada Unidad Fiscal.

El numeral 3 del artículo 65 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modificado por Ley Nº 31718, señala que corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fiscales provisionales de todos los niveles, siguiendo los criterios establecidos en la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, como son el orden de antigüedad, especialidad y experiencia en las funciones a desempeñar. Asimismo, según el numeral 4 del citado artículo la Fiscalía de la Nación tiene entre sus atribuciones la designación, según corresponda, de los fiscales titulares y provisionales en el órgano fiscal respectivo o plaza específica sobre la base del desempeño, experiencia y otros.

Según el numeral 64.2 del artículo 64 de la ley Nº 30483, también modificada mediante Ley Nº 31718, establece que los fiscales provisionales son aquellos fiscales titulares que ocupan en caso de vacancia, licencia o impedimento el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen con los requisitos para el nivel que se les designa. Así, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que, la “suplencia o provisionalidad como tal, constituye una situación que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no tiene titularidad alguna”; ello se complementa con el fundamento de que la incorporación a la carrera fiscal de los fiscales provisionales no titulares, no se ha efectuado conforme a lo establecido en los artículos 150 y 154 de la Constitución Política del Perú; por lo cual la provisionalidad de los fiscales tiene naturaleza temporal.

El Fiscal de la Nación (i) como titular de la institución es el responsable de dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público; por lo que, con la finalidad de coadyuvar con la labor fiscal, se hace oportuno en mérito al marco normativo señalado y previa verificación de los requisitos de ley, nombrar y designar al fiscal que ocupen provisionalmente los cargos mencionados en el primer párrafo, nombramientos y designaciones que tendrán vigencia a partir de la fecha de sus respectivas juramentaciones y hasta el 30 de junio de 2024, de acuerdo a la Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 109-2023-MP-FN-JFS, de fecha 22 de diciembre de 2023, salvo que un magistrado titular deba ser designado en alguna de dichas plazas fiscales o se presente algún supuesto que amerite sus conclusiones de acuerdo con la normatividad vigente.

Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 65 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modificado por la Ley Nº 31718.

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento de la abogada María Del Carmen Arango Yamashiro, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Trata de Personas de Lima, así como la prórroga de su nombramiento y designación, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación N.ros 324-2023-MP-FN y 3505-2023-MP-FN, de fechas 03 de febrero y 15 de diciembre de 2023, respectivamente.

Artículo Segundo.- Dar por concluida la designación de la abogada Grace Abigail Fernández Navarro, Fiscal Adjunta Provincial Titular Penal del Callao, Distrito Fiscal del Callao, en el Despacho de la Décima Fiscalía Provincial Penal Corporativa del Callao, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1549-2023-MP-FN, de fecha 28 de junio de 2023.

Artículo Tercero.- Nombrar como Fiscales Adjuntas Superiores Provisionales Transitorias del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándolas en el Despacho de la Fiscalía Superior de la Fiscalía Corporativa Especializada en Ciberdelincuencia de Lima Centro, con retención de sus cargos de carrera, a las siguientes abogadas:

- María Del Carmen Arango Yamashiro

- Grace Abigail Fernández Navarro

Artículo Cuarto.- Designar, en adición a sus funciones, a las Fiscales Adjuntas Superiores Provisionales Transitorias del Distrito Fiscal de Lima Centro, como adscritas a la Unidad Fiscal Especializada en Ciberdelincuencia del Ministerio Público, con competencia nacional, a las abogadas:

- María Del Carmen Arango Yamashiro

- Grace Abigail Fernández Navarro

Artículo Quinto.- Disponer que los nombramientos y designaciones señalados en los artículos tercero y cuarto, tengan vigencia a partir de la fecha de sus respectivas juramentaciones y hasta el 30 de junio de 2024, en mérito a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución y a lo dispuesto mediante Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 109-2023-MP-FN-JFS, de fecha 22 de diciembre de 2023, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fiscal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente.

Artículo Sexto.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Callao y Lima Centro, Unidad Fiscal Especializada en Ciberdelincuencia del Ministerio Público, con competencia nacional, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Trata de Personas, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano y a las fiscales mencionadas.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JUAN CARLOS VILLENA CAMPANA

Fiscal de la Nación (i)

2265685-1