Dejan sin efecto la Resolución Ministerial Nº 000070-2024-MC que aprobó el ingreso libre al Museo Tumbas Reales de Sipán para nacionales y extranjeros residentes en el país

Dejan sin efecto la Resolución Ministerial Nº 000070-2024-MC que aprobó el ingreso libre al Museo Tumbas Reales de Sipán para nacionales y extranjeros residentes en el país

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 000077-2024-MC

San Borja, 26 de febrero del 2024

VISTOS: el Informe N° 000029-2024-UIP-UE005/MC y la Hoja de Elevación Nº 000115-2024-UE005/MC de la Unidad Ejecutora 005: Naylamp - Lambayeque; el Informe N° 000101-2024-DGM-VMPCIC/MC de la Dirección General de Museos; el Informe N° 000277-2024-OGAJ-SG/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, por la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modificatoria, se crea el Ministerio de Cultura, como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, estableciéndose las áreas programáticas de acción sobre las cuales ejerce sus competencias y atribuciones para el logro de los objetivos y metas del Estado;

Que, el literal e) del artículo 7 de la citada Ley establece que el Ministerio de Cultura tiene como función exclusiva, respecto a otros niveles de gobierno, propiciar la participación de la población, las organizaciones de la sociedad civil y las comunidades en la gestión de protección, conservación y promoción de las expresiones artísticas, las industrias culturales y el Patrimonio Cultural Material e Inmaterial de la Nación, propiciando el fortalecimiento de la identidad nacional;

Que, de acuerdo con el numeral 3.13 del artículo 3 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2013-MC, corresponde al Ministerio de Cultura fomentar y promover las artes, las expresiones y creaciones artísticas, las industrias culturales y el Patrimonio Cultural Material e Inmaterial de la Nación, promoviendo el acceso a estas manifestaciones culturales, las iniciativas privadas y propiciando el fortalecimiento de la identidad nacional;

Que, a través de la Resolución Ministerial N° 000529-2023-MC, se aprueba el Tarifario Único de Servicios No Exclusivos brindados por el Ministerio de Cultura para el Ejercicio Fiscal 2024, el cual contiene, entre otros, los valores del boletaje y requisitos de ingreso a los Museos a nivel nacional, entre ellos, el Museo Tumbas Reales de Sipán;

Que, el artículo 34 de la Ley N° 29408, Ley General de Turismo y modificatorias, establece que, con el objeto de promover el turismo interno, las autoridades competentes pueden establecer en determinados periodos tarifas promocionales para el ingreso a las áreas naturales protegidas o a los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación, las cuales deben ser comunicadas al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo o al órgano regional competente para su difusión;

Que, en ese marco, por motivo de la reapertura del Museo Tumbas Reales de Sipán, mediante la Resolución Ministerial N° 000070-2024-MC se aprueba el ingreso libre al precitado Museo, administrado por el Ministerio de Cultura, en atención a la tarifa promocional de S/ 0,00 (Cero y 00/100 soles), para los nacionales y extranjeros residentes en el país, el día 27 de febrero de 2024;

Que, a través del Informe N° 000029-2024-UIP-UE005/MC y la Hoja de Elevación Nº 000115-2024-UE005/MC, la Unidad Ejecutora 005: Naylamp - Lambayeque informa que, para la reapertura del Museo Tumbas Reales de Sipán, administrado por el Ministerio de Cultura, se requieren algunos días adicionales para continuar con los trabajos complementarios para el mejoramiento, funcionamiento y operatividad;

Que, en dicho marco, con el Informe N° 000101-2024-DGM-VMPCIC/MC, la Dirección General de Museos emite opinión favorable a la propuesta expuesta por la Unidad Ejecutora 005: Naylamp - Lambayeque;

Que, en tal sentido, se estima por conveniente dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 000070-2024-MC;

Con los vistos del Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales; la Unidad Ejecutora 005: Naylamp - Lambayeque, la Dirección General de Museos, y la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modificatoria; y, el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 000070-2024-MC, conforme a los fundamentos expuestos en la presente resolución.

Artículo 2.- Poner en conocimiento la presente Resolución a la Secretaría Técnica de los Procedimientos Administrativos Disciplinarios del Ministerio de Cultura para que realice las investigaciones correspondientes en el marco de sus competencias.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial “El Peruano” y en la sede digital del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura), el mismo día de la publicación de la resolución en el diario oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LESLIE CAROL URTEAGA PEÑA

Ministra de Cultura

2265075-1