Designan a ciudadanas y ciudadanos que constan en el Anexo de la R.J. N° 000036-2024-JN/ONPE en el cargo de Jefe y Coordinador Administrativo de la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales (ODPE) titulares y accesitarios en el marco de las Elecciones Municipales Complementarias 2024; y dictan otras disposiciones

Designan a ciudadanas y ciudadanos que constan en el Anexo de la R.J. N° 000036-2024-JN/ONPE en el cargo de Jefe y Coordinador Administrativo de la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales (ODPE), titulares y accesitarios, en el marco de las Elecciones Municipales Complementarias 2024; y dictan otras disposiciones

RESOLUCIÓN JEFATURAL

N° 000045-2024-JN/ONPE

Lima, 26 de febrero de 2024

VISTOS: El Oficio Nº 000263-2024-SG/ONPE de la Secretaría General; el Oficio Nº 000359-2024-SG/JNE de la Secretaría General del Jurado Nacional de Elecciones; el Informe Nº 000003-2024-CPCPJCACLV/ONPE de la Comisión Permanente de Concurso Público para Selección de Jefes, Coordinadores Administrativos y los Coordinadores de Local de Votación de ODPE; el Memorando Nº 000367-2024-GOECOR/ONPE de la Gerencia de Organización Electoral y Coordinación Regional; así como el Informe Nº 000114-2024-GAJ/ONPE de la Gerencia de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), es un organismo constitucionalmente autónomo y es la máxima autoridad en la organización y ejecución de los procesos electorales, de referéndum y otros tipos de consulta popular a su cargo, de acuerdo con el artículo 1 de la Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la ONPE;

Mediante Decreto Supremo Nº 097-2023-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano el 16 de agosto de 2023, la Presidenta de la República convocó a las Elecciones Municipales Complementarias 2024, a realizarse el 26 de mayo de 2024, con la finalidad de elegir alcaldes y regidores de los concejos municipales en el distrito de Pion de la provincia de Chota y en el distrito de Ninabamba de la provincia de Santa Cruz, ambos del departamento de Cajamarca;

El artículo 49 de la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones, establece que el Jefe de la ONPE designa, mediante concurso público, a los Jefes, funcionarios y Coordinadores de Local de Votación de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales (en lo sucesivo ODPE); debiendo previamente, publicar la relación de las personas seleccionadas a fin de permitir la interposición de tachas a que hubiere lugar;

Asimismo, conforme al artículo 24 de la Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la ONPE, las ODPE se conformarán para cada proceso electoral de acuerdo con las circunscripciones electorales y tipo de distrito electoral que regirá en el proceso en curso y, de acuerdo con el artículo 27 de la citada ley orgánica, las ODPE, dentro de su respectiva circunscripción, tienen las funciones de ejecutar su Plan de Actividades y Presupuesto Analítico, así como las acciones necesarias para el desarrollo de los procesos electorales; solicitar la contratación del personal necesario para el cumplimiento de sus funciones; y, ejercer las demás atribuciones relacionadas con su competencia;

En ese marco normativo, a través de la Resolución Jefatural Nº 000757-2023-JN/ONPE, se aprobó la conformación de una (01) ODPE, para la organización y ejecución de las Elecciones Municipales Complementarias 2024 (en lo sucesivo EMC 2024) y, mediante la Resolución Jefatural Nº 000036-2024-JN/ONPE se dispuso la publicación de la relación de postulantes titulares y accesitarios que aprobaron el proceso de selección para cubrir las vacantes de un Jefe y un Coordinador Administrativo de la citada ODPE, integrada por un Jefe Titular y dos Jefes Accesitarios, un Coordinador Administrativo Titular y un Coordinador Administrativo Accesitario a fin de permitir la interposición de las tachas que se consideren, de acuerdo a ley;

De otro lado, con el oficio de vistos, la Secretaría General del Jurado Nacional de Elecciones informa que, vencido el plazo para la interposición de tachas, en aplicación del artículo 49 de la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones, se ha verificado que no se presentó ninguna tacha ante la mesa de partes del Jurado Nacional de Elecciones, ni ante las Oficinas Desconcentradas de la citada institución, ni ante el Jurado Electoral Especial de Cajamarca, contra los postulantes señalados en la Resolución Jefatural Nº 000036-2024-JN/ONPE;

Asimismo, a través del Memorando de vistos, la Gerencia de Organización Electoral y Coordinación Regional (en lo sucesivo GOECOR), solicitó se otorgue las siguientes facultades al jefe y coordinador administrativo de la ODPE conformada en el marco de las EMC 2024:

i) Aprobación de los expedientes de contratación;

ii) Designación de los miembros de los Comités de Selección;

iii) Aprobación de las bases de los procedimientos de selección,

iv) Suscripción de los contratos provenientes de los procedimientos de selección.

Cabe precisar que las facultades previamente señaladas se ejercerán respecto a los siguientes actos: alquiler del local de ODPE que no exceda las 8 UIT, contratación de servicios de telefonía e internet y otros relacionados a la implementación de la sede de la ODPE, contratación de servicios de transporte para el despliegue y repliegue de material electoral, así como para la contratación de servicios de alquiler de locales para la implementación de oficinas distritales.

v) Contratación del personal de locación de servicios;

vi) Suscripción de los contratos de locación de servicios;

Adicionalmente, GOECOR solicita se le otorguen facultades para designar como Titular, al cargo de Jefe o Coordinador Administrativo o Coordinador de Local de Votación, de la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales, a los ciudadanos previamente designados como Accesitarios por la Jefatura de la ONPE, que puedan sustituir, en estricto orden de mérito, a los Titulares designados en los cargos en mención, que desistan, renuncien o que por cualquier otra razón se encuentren impedidos de asumir el cargo; en el marco de las EMC 2024 y la facultad de delegar en la ODPE, la realización de todo acto administrativo y/o de gestión que sea necesario para la organización eficiente y ejecución de las citadas Elecciones;

En ese contexto, mediante los documentos de vistos, la Comisión Permanente del Concurso Público para Selección de Jefes, Coordinadores Administrativos y los Coordinadores de Local de Votación de ODPE, en atención a lo informado por la Secretaría General del JNE con el Oficio Nº 000359-2024-SG/JNE de vistos, solicita la emisión de la Resolución Jefatural que disponga la designación de Jefe y Coordinador Administrativo de ODPE, titulares y accesitarios, en el marco de las EMC 2024, recomendando su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”, con conocimiento del JNE y que otorgue o delegue las facultades señaladas en los considerandos precedentes, de acuerdo al requerimiento formulado por GOECOR;

Sobre la delegación de facultades, el literal t) del artículo 11° del Reglamento de Organización y Funciones de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, aprobado por Resolución Jefatural Nº 063-2014-J/ONPE y adecuado con la Resolución Jefatural n. 000902-2021-JN/ONPE y sus modificatorias, faculta a la Jefatura Nacional a delegar las facultades y atribuciones que no sean privativas al cargo de Jefe de la ONPE. En ese contexto, a efectos de lograr una mayor eficiencia en la consecución de los objetivos institucionales, de conformidad con lo establecido en el numeral 78.1 del artículo 78 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General (TUO de la LPAG), aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, resulta factible la delegación de facultades solicitada; no obstante ello, hay resaltar que, acorde con el artículo 81 del cuerpo normativo antes acotado, todo cambio de competencia debe ser temporal, motivado y su contenido debe estar referido a los actos o procedimientos señalados en el acto que lo origina;

Asimismo, el numeral 8.2 del artículo 8 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 082-2019-EF, el Titular de la Entidad puede delegar mediante resolución la autoridad que la citada norma le otorga. No pueden ser objeto de delegación, la declaración de nulidad de oficio, la aprobación de las contrataciones directas, salvo aquellas que disponga el reglamento de acuerdo a la naturaleza de la contratación, así como las modificaciones contractuales a las que se refiere el numeral 34.10 del artículo 34 de la citada Ley y otros supuestos que se establezcan en el reglamento. Así, en el presente caso se aprecia que las materias comprendidas en la delegación no están contempladas en los supuestos no permitidos establecidos en la normativa de contrataciones públicas antes referida;

En atención a las consideraciones previamente señaladas, corresponde emitir el acto resolutivo a través del cual se designe a los Jefes y Coordinadores Administrativos de ODPE titulares y accesitarios, en el marco de las EMC 2024 y, otorgue y delegue facultades a GOECOR y a los Jefes y Coordinadores Administrativos de ODPE, respectivamente, de acuerdo a lo sustentado en los considerandos precedentes;

De conformidad con la Ley Nº 26589-Ley Orgánica de Elecciones, el literal c) del artículo 5, y el artículo 13 la Ley Nº 26487-Ley Orgánica de la ONPE, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; así como, los literales r) y t) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, aprobado por la Resolución Jefatural Nº 063-2014-J/ONPE y adecuado con la Resolución Nº 000902-2021-JN/ONPE y sus modificatorias;

Con el visado de la Secretaría General, del Presidente de la Comisión Permanente del Concurso Público para la selección de Jefes, Coordinadores Administrativos y los Coordinadores de Local de Votación de ODPE; y de las Gerencias de Organización Electoral y Coordinación Regional y de Asesoría Jurídica;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Designar a las ciudadanas y ciudadanos que constan en el Anexo de la Resolución Jefatural Nº 000036-2024-JN/ONPE, en el cargo de Jefe y Coordinador Administrativo de la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales (ODPE), titulares y accesitarios, en el marco de las Elecciones Municipales Complementarias 2024.

Artículo Segundo.- Otorgar facultades a la Gerencia de Organización Electoral y Coordinación Regional para disponer que los ciudadanos previamente designados como Accesitarios por la Jefatura de la ONPE, sustituyan, en estricto orden de mérito, a los Titulares designados como Jefe o Coordinador Administrativo o Coordinador de Local de Votación de la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales, que desistan, renuncien o que por cualquier otra razón se encuentren impedidos de asumir el cargo; en el marco de las EMC 2024 y, para delegar en la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales, la realización de todo acto administrativo y/o de gestión que sea necesario para la organización eficiente y ejecución de las citadas Elecciones.

Artículo Tercero.- Delegar en el Jefe y Coordinador Administrativo de la ODPE señalados en la Resolución Jefatural Nº 000036-2024-JN/ONPE, las siguientes facultades:

1. Aprobación de los expedientes de contratación;

2. Designación de los miembros de los Comités de Selección;

3. Aprobación de las bases de los procedimientos de selección;

4. Suscripción de contratos provenientes de los procedimientos de selección;

Las facultades descritas anteriormente se ejercerán solo respecto de aquello relacionado a alquiler del local de la ODPE que no excedan las 8 UIT, a la contratación de los servicios de telefonía e internet y otros relacionados a la implementación de la sede de la ODPE, contratación de servicios de transporte para el despliegue y repliegue de material electoral, así como para la contratación de servicios de alquiler de locales para la implementación de oficinas distritales.

5. Contratación de personal de locación de servicios; y,

6. Suscripción de los contratos de locación de servicios;

Artículo Cuarto.- Disponer que el Jefe y Coordinador Administrativo de la ODPE, señalados en el artículo primero de la presente resolución, remitan a la Gerencia de Recursos Humanos todas las contrataciones de personal que efectúen, en ejercicio de las facultades delegadas dispuestas en la presente resolución, a efectos de que dicho órgano ejerza el control correspondiente.

Artículo Quinto.- Poner en conocimiento del Jurado Nacional de Elecciones y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil el contenido de la presente resolución.

Artículo Sexto.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano, en la web oficial de la ONPE ubicada en la plataforma digital única del Estado peruano www.gob.pe/onpe y en el Portal de Transparencia de la ONPE.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PIERO ALESSANDRO CORVETTO SALINAS

Jefe

2264707-1