Decreto Supremo que autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024 a favor de la Oficina de Normalización Previsional

Decreto Supremo que autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024 a favor de la Oficina de Normalización Previsional

decreto supremo

nº 015-2024-ef

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, el inciso 3 de la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31954, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, prorroga la vigencia del artículo 11 de la Ley N° 31639, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, hasta el 31 de diciembre de 2024;

Que, el literal a) del numeral 11.4 del artículo 11 de la Ley N° 31639, autoriza a las entidades a realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de la Oficina de Normalización Previsional, para financiar, de forma progresiva, el pago de las pensiones en el régimen del Decreto Ley N° 20530, Régimen de Pensiones y Compensaciones por Servicios Civiles prestados al Estado no comprendidos en el Decreto Ley N° 19990, respecto de cuyo pago es responsable, así como de sus entidades adscritas; las que se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro del Sector al que pertenece la entidad;

Que, el numeral 2 de la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31728, Ley que aprueba créditos suplementarios para el financiamiento de mayores gastos en el marco de la reactivación económica, a favor de diversos pliegos del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales, y dicta otras medidas, autoriza a las entidades públicas del Poder Ejecutivo a realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de la Oficina de Normalización Previsional para financiar el pago de las pensiones, los aguinaldos, las bonificaciones y demás conceptos que corresponda percibir a los pensionistas del régimen del Decreto Ley N° 20530, con cargo a los recursos de sus respectivos presupuestos institucionales; las que se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro del Sector correspondiente o al que esté adscrita la entidad, a propuesta de este último;

Que, mediante Memorando Nº 011-2024-EF/10.01, el Ministro de Economía y Finanzas solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, por la suma de S/ 37 563 827,00 (TREINTA Y SIETE MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS VEINTISIETE Y 00/100 SOLES) a favor de la Oficina de Normalización Previsional, con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Economía y Finanzas, de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria y del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado, para financiar en el Año Fiscal 2024 el pago de las pensiones, escolaridad y aguinaldos de los pensionistas del régimen del Decreto Ley N° 20530, Régimen de Pensiones y Compensaciones por Servicios Civiles prestados al Estado no comprendidos en el Decreto Ley N° 19990, en el marco de lo dispuesto en el inciso 3 de la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31954, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, en el literal a) del numeral 11.4 del artículo 11 de la Ley N° 31639, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, y en el numeral 2 de la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31728, Ley que aprueba créditos suplementarios para el financiamiento de mayores gastos en el marco de la reactivación económica a favor de diversos pliegos del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales, y dicta otras medidas; adjuntando, para dicho efecto, el Informe N° 019-2024-EF/41.03 de la Oficina de Presupuesto, Inversiones y Cooperación Técnica de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, con los respectivos sustentos;

Que, mediante Memorando N° 0038-2024-EF/53.05, que adjunta el Informe
N° 0052-2024-EF/53.05, la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas considera viable autorizar la Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, a favor de la Oficina de Normalización Previsional, por la suma de S/ 37 563 827,00 (TREINTA Y SIETE MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS VEINTISIETE Y 00/100 SOLES) para financiar en el Año Fiscal 2024 el pago de las pensiones, escolaridad y aguinaldos de los pensionistas del régimen del Decreto Ley
N° 20530 del Ministerio de Economía y Finanzas, de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria y del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado;

Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, hasta por la suma de
S/ 37 563 827,00 (TREINTA Y SIETE MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS VEINTISIETE Y 00/100 SOLES), a favor de la Oficina de Normalización Previsional, para financiar lo señalado en los considerandos precedentes;

De conformidad con lo establecido en el inciso 3 de la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31954, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; en el literal a) del numeral 11.4 del artículo 11 de la Ley N° 31639, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; y, en el numeral 2 de la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31728, Ley que aprueba créditos suplementarios para el financiamiento de mayores gastos en el marco de la reactivación económica, a favor de diversos pliegos del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales, y dicta otras medidas;

DECRETA:

Artículo 1.- Objeto

Autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, hasta por la suma de S/ 37 563 827,00 (TREINTA Y SIETE MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS VEINTISIETE Y 00/100 SOLES), por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Oficina de Normalización Previsional, para financiar en el Año Fiscal 2024 el pago de las pensiones, escolaridad y aguinaldos de los pensionistas del régimen del Decreto Ley N° 20530, Régimen de Pensiones y Compensaciones por Servicios Civiles prestados al Estado no comprendidos en el Decreto Ley N° 19990, en el marco de lo dispuesto en el numeral 3 de la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31954, en el literal a) del numeral 11.4 del artículo 11 de la Ley N° 31639 y en el numeral 2 de la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31728, con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Economía y Finanzas, de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria y del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado, de acuerdo al siguiente detalle:

DE LA: En Soles

SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central

PLIEGO 009 : M. de Economía y Finanzas

UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General

CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias

que no resultan en productos

ACTIVIDAD 5000991 : Obligaciones Previsionales

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTO CORRIENTE

2.2. Pensiones y Otras Prestaciones Sociales 17 287 503,00

PLIEGO 057 : Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria

UNIDAD EJECUTORA 001 : Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria

CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos

ACTIVIDAD 5000991 : Obligaciones Previsionales

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTO CORRIENTE

2.2. Pensiones y Otras Prestaciones Sociales 20 093 483,00

PLIEGO 059 : Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado

UNIDAD EJECUTORA 001 : Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado

CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos

ACTIVIDAD 5000991 : Obligaciones Previsionales

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTO CORRIENTE

2.2. Pensiones y Otras Prestaciones Sociales 182 841,00

===========

TOTAL EGRESOS 37 563 827,00

===========

A LA: En Soles

SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central

PLIEGO 095 : Oficina de Normalización Previsional - ONP

UNIDAD EJECUTORA 001 : Oficina de Normalización Previsional

CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos

ACTIVIDAD 5000991 : Obligaciones Previsionales

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTO CORRIENTE

2.2. Pensiones y Otras Prestaciones Sociales 37 563 827,00

===========

TOTAL EGRESOS 37 563 827,00

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Artículo 2.- Procedimiento para la aprobación institucional

2.1 El Titular de los pliegos habilitadores y del pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas aprueban, mediante resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.

2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados solicita a la Dirección General de Presupuesto Público, las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.

2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas de Modificación Presupuestaria” que se requieran como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.

Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos

Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo, no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- Refrendo

El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintidós días del mes de febrero del año dos mil veinticuatro.

DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA

Presidenta de la República

JOSE BERLEY ARISTA ARBILDO

Ministro de Economía y Finanzas

2264113-1