Dejan sin efecto designaciones y designan Ejecutores Coactivos de la Intendencia Lima e Intendencias Regionales Arequipa Cusco y La Libertad

Dejan sin efecto designaciones y designan Ejecutores Coactivos de la Intendencia Lima e Intendencias Regionales Arequipa, Cusco y La Libertad

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE TRIBUTOS INTERNOS

Nº 000007-2024-SUNAT/700000

DEJA SIN EFECTO DESIGNACIONES Y

DESIGNA EJECUTORES COACTIVOS DE LA INTENDENCIA LIMA E INTENDENCIAS

REGIONALES AREQUIPA, CUSCO

Y LA LIBERTAD

Lima, 20 de febrero de 2024

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resoluciones de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos Nº 039-2019-SUNAT/700000, Nº 000023-2021-SUNAT/700000 y Nº 000025-2022-SUNAT/700000; se designó a los servidores Luis Alberto Sanchez Vargas, Frecia Aragón Puma y Giovanni Gonzalo Silva Córdova, respectivamente, como Ejecutores Coactivos encargados de la gestión de cobranza coactiva de las Intendencias Regionales La Libertad, Cusco y Arequipa;

Que, se ha estimado conveniente dejar sin efecto las designaciones mencionadas en el considerando precedente;

Que, a efectos de garantizar el normal funcionamiento de la cobranza coactiva de la Intendencia Lima y las Intendencias Regionales Arequipa, Cusco y La Libertad, se considera necesario designar a los Ejecutores Coactivos que se encargarán de la gestión de cobranza coactiva de la citadas Intendencias;

Que, el artículo 114 del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF y modificatorias, establece los requisitos que deberán cumplir los servidores de la Administración Tributaria para acceder al cargo de Ejecutor Coactivo;

Que, los servidores propuestos han presentado sus declaraciones juradas manifestando que reúnen los requisitos antes indicados, por lo que procede designarlos como Ejecutores Coactivos de la Intendencia Lima y las Intendencias Regionales Arequipa, Cusco y La Libertad;

Que, la Décimo Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF y modificatorias, establece que lo dispuesto en el numeral 7.1 del artículo 7 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS, no se aplica a los órganos de la Administración Tributaria cuyo personal ingrese mediante concurso público;

En uso de la facultad conferida por el inciso i) del artículo 12 del Documento de Organización y Funciones Provisional - DOFP de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia Nº 000042-2022/SUNAT;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Dejar sin efecto las designaciones como Ejecutores Coactivos, de los servidores encargados de la gestión de cobranza coactiva que se indican a continuación, dándoseles las gracias por la labor realizada:

INTENDENCIA REGIONAL AREQUIPA

- GIOVANNI GONZALO SILVA CORDOVA

INTENDENCIA REGIONAL CUSCO

- FRECIA ARAGON PUMA

INTENDENCIA REGIONAL LA LIBERTAD

- LUIS ALBERTO SANCHEZ VARGAS

Artículo 2.- Designar como Ejecutores Coactivos encargados de la gestión de cobranza coactiva, a los servidores que se indican a continuación:

INTENDENCIA LIMA

- LORENA MILAGROS CASTRO CAMANI

INTENDENCIA REGIONAL AREQUIPA

- BREMETCH TITO LOZA

INTENDENCIA REGIONAL CUSCO

- RENATO GIBAJA PAREJA

INTENDENCIA REGIONAL LA LIBERTAD

- JUAN RICARDO RODRIGUEZ TORRES

Regístrese, comuníquese y publíquese.

GERARDO ARTURO LÓPEZ GONZALES

Superintendente Nacional Adjunto de

Tributos Internos (e)

2263324-1