Aprueban la inclusión de 6 cargos estructurales en el Manual de Clasificador de Cargos del Ministerio de Cultura

Aprueban la inclusión de 6 cargos estructurales en el Manual de Clasificador de Cargos del Ministerio de Cultura

RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL

N° 000064-2024-SG/MC

San Borja, 20 de febrero del 2024

VISTOS: los Memorandos N° 000738-2024-OGRH-SG/MC y N° 000739-2024-OGRH-SG/MC de la Oficina General de Recursos Humanos; el Memorando N° 000344-2024-OGPP-SG/MC de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 000263-2024-OGAJ-SG/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, por la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modificatoria, se crea el Ministerio de Cultura, como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, estableciéndose las áreas programáticas de acción sobre las cuales ejerce sus competencias y atribuciones para el logro de los objetivos y metas del Estado;

Que, con el Decreto Supremo N° 005-2013-MC, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, el cual establece la estructura orgánica, competencias y funciones de los órganos de la entidad;

Que, el artículo 6 de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, señala que las oficinas de recursos humanos de las entidades públicas, o las que hagan sus veces, constituyen el nivel descentralizado responsable de la gestión de recursos humanos, sujetándose a las disposiciones que emita el ente rector; asimismo, tienen entre sus funciones, ejecutar e implementar las disposiciones, lineamientos, instrumentos o herramientas de gestión establecidas por la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR) y por la entidad; supervisar, desarrollar y aplicar iniciativas de mejora continua en los procesos que conforman el Sistema de Gestión de Recursos Humanos; y, gestionar los perfiles de puestos;

Que, mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000150-2021-SERVIR-PE, se formaliza el acuerdo de Consejo Directivo mediante el cual se aprueba la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de Clasificador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”, la cual, contiene, entre otros, las reglas mínimas para que las entidades puedan elaborar, aprobar, modificar y actualizar su Manual de Clasificador de Cargos - MCC;

Que, el literal c) del numeral 5.1 de la precitada directiva, define el Manual de Clasificador de Cargos como el documento de gestión institucional en el que se describen de manera ordenada todos los cargos de la entidad, estableciendo su denominación, clasificación, funciones y requisitos mínimos para el ejercicio de las funciones y cumplimiento de objetivos de la entidad;

Que, mediante el artículo 2 de la Resolución de Secretaría General N° 000392-2023-SG/MC, se aprueba el Manual de Clasificador de Cargos del Ministerio de Cultura;

Que, el artículo 43 del precitado Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, señala que la Oficina General de Recursos Humanos es el órgano de administración interna responsable de formular, dirigir, ejecutar y controlar las estrategias, políticas, procesos técnicos y acciones de los recursos humanos del Ministerio; asimismo, el numeral 44.3 del artículo 44 del ROF indica como una de sus funciones el proponer actualizaciones y modificaciones al Clasificador de Cargos y Manual de Organización y Funciones, acorde a las políticas institucionales y a las normas y procedimientos vigentes;

Que, el numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, señala que “La autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopción”;

Que, en ese marco, a través del Memorando N° 000738-2024-OGRH-SG/MC, complementado con el Memorando N° 000739-2024-OGRH-SG/MC, la Oficina General de Recursos Humanos propone, con eficacia anticipada al 14 de febrero de 2024, la inclusión por mandato judicial de cinco (5) cargos estructurales al Manual de Clasificador de Cargos del Ministerio de Cultura, aprobado por Resolución de Secretaría General N° 000392-2024-SG/MC; así como la inclusión por necesidad institucional de un (1) cargo estructural denominado “Director/a de Órgano Desconcentrado de Cultura I”; elaborados en observancia de las disposiciones de la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de Clasificador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”, y en el marco de lo dispuesto por la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y su reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 053-2022-PCM;

Que, asimismo, a través del Memorando N° 000344-2024-OGPP-SG/MC, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto remite el Informe N° 000056-2024-OOM-OGPP-SG/MC de la Oficina de Organización y Modernización, donde se emite opinión favorable a la propuesta de inclusión de seis (6) cargos estructurales al Manual de Clasificador de Cargos del Ministerio de Cultura;

Que, el sub numeral 6.1.7 del numeral 6.1 de la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH, dispone que la Oficina de Recursos Humanos o la que haga las veces, eleva la propuesta de Manual de Clasificador de Cargos al(la) titular de la entidad para su aprobación, previa opinión favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto o la que haga las veces, en lo concerniente al ámbito de su competencia;

Que, el sub numeral 6.1.10 del numeral 6.1 de la precitada Directiva, señala que, las modificaciones que se den en el Manual de Clasificador de Cargos, motivadas por la inclusión o eliminación de cargos estructurales, se aprueban siguiendo las reglas dispuestas, entre otros, en el numeral 6.1.7 de dicha directiva;

Que, de acuerdo con el literal h) del numeral 5.1 de la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH, para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, el Titular de la entidad es la máxima autoridad administrativa, siendo que de acuerdo con el artículo 13 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, el/la Secretario/a General es la máxima autoridad administrativa del ministerio;

Que, con los vistos de la Oficina General de Recursos Humanos, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y modificatoria; la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil; el Decreto Supremo N° 005-2013-MC Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; y, la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000150-2021-SERVIR-PE, que formaliza el acuerdo de Consejo Directivo mediante el cual se aprueba la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de Clasificador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la inclusión de seis (6) cargos estructurales en el Manual de Clasificador de Cargos del Ministerio de Cultura, aprobado por Resolución de Secretaría General N° 000392-2023-SG/MC, con eficacia anticipada al 14 de febrero de 2024; los mismos que en calidad de anexo forman parte integrante de la presente resolución.

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial “El Peruano”. La presente resolución y su anexo se publican en la sede digital del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe), en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe) y en el Portal de Transparencia (www.transparencia.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el diario oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARCO ANTONIO CASTAÑEDA VINCES

Secretaría General

2263475-1