Ordenanza que aprueba el Reglamento del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Periodo 2025 del Distrito de Ancón

Ordenanza que aprueba el Reglamento del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Periodo 2025 del Distrito de Ancón

ORDENANZA N° 511-2024/MDA

Ancón, 13 de febrero del 2024

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ANCÓN

El Concejo de la Municipalidad Distrital de Ancón, en sesión ordinaria de la fecha;

VISTO: El Informe N° 023-2024-GPPPI/MDA de fecha 07 de febrero del 2024, emitido por la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones; Informe N° 074-2024-GAJ/MDA de fecha 09 de febrero del 2024, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; Memorándum N° 081-2024-GM/MDA de fecha 09 de febrero del 2024, emitido por la Gerencia Municipal, y;

CONSIDERANDO:

Que los Artículos 197º y 199º de la Constitución Política del Perú, modificada mediante Ley 27680 en su capítulo XIV del título IV. en materia de Descentralización establece que las Municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local, formulan sus presupuestos con la participación de la población y rinden cuenta de sus ejecuciones anualmente, bajo responsabilidad conforme a Ley.

Que, la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala en el Artículo 53° que las Municipalidades se rigen por sus presupuestos participativos anuales, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan en concordancia con sus planes de desarrollo concertado de su jurisdicción.

Que, los Artículos 17º y 42 inciso g) de la Ley N° 27783, Ley Bases de Descentralización, establece que los gobiernos locales están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación, debate y concertación de sus planes de desarrollo y sus presupuestas en la gestión pública; esta a su vez se canaliza a través de los espacios y mecanismos de consulta, concertación, coordinación, fiscalización y vigilancia existente y otros que los gobiernos locales establezcan conforme a Ley.

Que, la Ley N° 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo, y sus modificatorias, Ley N° 29298 y Decreto Supremo Nº 097-2009-EF, señala que los criterios para delimitar proyectos de impacto regional, provincial y distrital establecen disposiciones que aseguran la efectiva participación de la sociedad civil en el proceso de programación participativa del presupuesto de los gobiernos locales, siendo un aspecto fundamental para dicho proceso el plan estratégico institucional.

Que, el Decreto Supremo N° 142-2009-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley Marco del Presupuesto Participativo, establece en su Artículo 7, inciso 7.3, que el Gobierno Local convoca a la población organizada a participar en el proceso del presupuesto participativo, haciendo usos de los medios de comunicación más adecuados, a fin de garantizar una correcta y eficiente comunicación con los agentes participantes, disponiendo además que los Gobiernos Locales reglamentan el desarrollo del proceso de Presupuesto Participativo para facilitar su participación.

Que, la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, en su Artículo 9 numerales 14, 34 y 53° y la Décima Sexta Disposición Complementaria, dispone como atribución del Concejo Municipal, aprobar normas que garanticen la efectiva participación vecinal, reglamentando los espacios de participación vecinal, además de regular mediante ordenanza, los mecanismos de aprobación de sus presupuestos participativos.

Que, mediante Resolución Directoral Nº 007-2010 EF/76.01 se aprueba el Instructivo N° 001-2010 EF/76.01, Instructivo para el proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados, de carácter general y permanente.

Que, mediante Informe N° 023-2024-GPPPI/MDA de fecha 07 de febrero del 2024, emitido por la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones remite el Proyecto de Ordenanza del Reglamento del Presupuesto Participativo 2025 basado en resultados de la Municipalidad Distrital de Ancón y Anexos;

Que, mediante Informe N° 074-2024-GAJ/MDA de fecha 09 de febrero del 2024, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica remite opinión favorable al Proyecto de Ordenanza del Reglamento del Presupuesto Participativo 2025 basado en resultados de la Municipalidad Distrital de Ancón y Anexos;

Que, mediante Memorándum N° 081-2024-GM/MDA de fecha 09 de febrero del 2024, emitido por la Gerencia Municipal remite la opinión legal favorable a la Secretaría General, respecto al Proyecto de Ordenanza del Reglamento del Presupuesto Participativo basado en resultados para el periodo 2025;

En uso de las facultades otorgadas por los incisos 8) y 9) del Artículo 9º así como del artículo 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto por UNANIMIDAD de los miembros del Concejo Municipal y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, se aprobó la presente:

ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS PARA EL PERIODO 2025 DEL DISTRITO DE ANCÓN

Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Periodo 2025 del Distrito de Ancón, el mismo que forma parte integrante de la presente ordenanza y cuyo texto íntegro será publicado en la página web de la municipalidad: www.muniancon.gob.pe

Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones y demás unidades orgánicas participantes mencionadas en el Reglamento.

Artículo Tercero.- FACULTAR al Alcalde, para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias y ampliatorias reglamentarias a la presente Ordenanza Municipal.

Artículo Cuarto.- DISPONER la presente Ordenanza Municipal entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, publíquese, comuníquese y archívese.

SAMUEL MARCOS DAZA TAYPE

Alcalde

2262664-1