Otorgan duplicado de diploma de grado académico de bachiller en Ciencias Agrarias especialidad Zootecnia de la Universidad Nacional del Centro del Perú

Otorgan duplicado de diploma de grado académico de bachiller en Ciencias Agrarias, especialidad Zootecnia, de la Universidad Nacional del Centro del Perú

UNIVERSIDAD NACIONAL

DEL CENTRO DEL PERÚ

SECRETARÍA GENERAL

RESOLUCIÓN Nº 3703-CU-2024

Huancayo, 16 de enero de 2024

Visto, el expediente N° 277419-2023, de fecha 21.12.2023, seguido por Doña LILIANA GAVILAN ACEVEDO, mediante el cual solicita DUPLICADO DE DIPLOMA DE GRADO ACADÉMICO DE BACHILLER EN CIENCIAS AGRARIAS; ESP.; ZOOTECNIA, por
pérdida.

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad a los Artículos 13° y 14° de la Constitución Política del Perú, la Educación es un deber y un derecho que todo ciudadano está inmerso, asimismo, promueve el desarrollo del país;

Que, el Congreso de la República dio la Ley Nº 28626, de fecha 28.10.2005, publicada en el diario oficial El Peruano con fecha 18.11.2005, que autoriza a las Universidades Públicas y Privadas a expedir duplicados de diplomas de Grados y Títulos Profesionales a solicitud del interesado, por motivos de pérdida, deterioro o mutilación del título original, siempre que cumpla con las formalidades y requisitos de seguridad previstos por cada Universidad;

Que, mediante Resolución Nº 1525-06-ANR, modificada con Resolución Nº 1895-2006-ANR, publicadas en el diario oficial El Peruano, con fechas 21.01.2006 y 14.06.2006 respectivamente, la Asamblea Nacional de Rectores, aprobó el Reglamento de Duplicados de Diplomas de Grados y Títulos Profesionales expedidos por las universidades del país;

Que, mediante Resolución Nº 1503-2011-ANR, de fecha 15.12.2011, modificada con Resoluciones N° 1256 y 1634-2013-ANR, de fechas 26.08.2013 y 22.10.2013 respectivamente, emitidas por la Comisión de Coordinación Interuniversitaria de la Asamblea Nacional de Rectores, se aprobó el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley Nº 28626, Reglamento de Duplicados de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales expedidos por las universidades del país;

Que, de conformidad a la Ley 30220, y al Art. 14 del Reglamento del Registro Nacional de Grados y Títulos de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria-SUNEDU, en la cual se anula la inscripción primigenia, y autoriza la inscripción del duplicado de diploma;

Que, mediante la Resolución Nº 3723-CU-2018 del 25.04.2018, la Universidad Nacional del Centro del Perú, aprueba la “Directiva Nº 001-2018-SG-UNCP, Directiva Interna para adaptar las modificaciones al Reglamento del Registro Nacional de Grados y Títulos-SUNEDU”;

Que, doña LILIANA GAVILAN ACEVEDO, solicita DUPLICADO DE DIPLOMA DE GRADO ACADÉMICO DE BACHILLER EN CIENCIAS AGRARIAS; ESP.; ZOOTECNIA, por pérdida, el mismo que fue expedido por esta Universidad. Se encuentra asentado en el Tomo N° 053-B, Fojas Nº 230, Registro Nº 107 y fecha de expedición 29.02.2016, el cual obra en la Unidad de Grados y Títulos de Secretaría General. Para el efecto, adjunta los documentos consignados en el ítem 16.6 del artículo 16 de la Directiva Nº 001-2018-SG-UNCP; y

De conformidad al acuerdo de Consejo Universitario de fecha 16 de enero de 2024.

SE RESUELVE:

1º.- ANULAR el DIPLOMA DE GRADO ACADÉMICO DE BACHILLER EN CIENCIAS AGRARIAS; ESP.; ZOOTECNIA, de doña LILIANA GAVILAN ACEVEDO, de fecha primigenio 29.02.2016, por motivo de pérdida.

2º.- OTORGAR el DUPLICADO DE DIPLOMA DE GRADO ACADÉMICO DE BACHILLER EN CIENCIAS AGRARIAS; ESP.; ZOOTECNIA, a doña LILIANA GAVILAN ACEVEDO, de acuerdo al siguiente detalle: Registro Nº 107, Tomo N° 053-B, Fojas Nº 230.

3º.- DAR CUENTA de la presente Resolución a la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria.

4º.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolución a Secretaría General y a la Facultad.

Regístrese, comuníquese y archívese.

AMADOR GODOFREDO VILCATOMA SANCHEZ

Rector

ROY PEDRO SACAICO PALACIOS

Secretario General

2257179-1