Dan por terminadas funciones de Cónsul Honorario del Perú en Torún República de Polonia con jurisdicción consular sobre el Voivodato de Cuyavia - Pomeria

Dan por terminadas funciones de Cónsul Honorario del Perú en Torún, República de Polonia, con jurisdicción consular sobre el Voivodato de Cuyavia - Pomeria

resolución suprema

N° 034-2024-RE

Lima, 19 de febrero de 2024

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 49 del Reglamento Consular del Perú, aprobado mediante Decreto Supremo N° 032-2023-RE señala que el Estado peruano nombra a los funcionarios consulares honorarios por medio de Resolución Suprema, conforme a las disposiciones citadas en el referido Reglamento. Es decisión soberana del Estado peruano nombrar y dar término, sin expresión de causa, a los funcionarios consulares honorarios;

Que, el artículo 64 del citado Reglamento establece las causales de término de funciones del funcionario consular honorario, siendo estas: a) La revocación del Exequátur; b) La cancelación del nombramiento y de las Letras Patentes, c) Cumplir setenta años de edad, salvo autorización del Ministerio de Relaciones Exteriores para continuar en el cargo; d) A su solicitud; y, e) Muerte;

Que, asimismo, el artículo 65 del referido Reglamento señala que al término de funciones del funcionario consular honorario, hará entrega de los bienes, archivos y un informe de gestión de la Oficina Consular a la Jefatura de Servicios Consulares correspondiente o a la Oficina Consular que esta designe para la suscripción del acta correspondiente;

Que, mediante Resolución Suprema N° 319-98-RE, de 14 de julio de 1998, se crea el Consulado Ad Honorem del Perú en la ciudad de Torún, República de Polonia, con jurisdicción en la Provincia de Torún y se nombra al señor Stanislaw Rakowicz, como Cónsul Ad Honorem del Perú en Torún, República de Polonia, extendiéndose las Letras Patentes correspondientes;

Que, mediante Decreto Supremo N° 028-2020-RE, de 13 de agosto de 2020, se modifica la circunscripción consular del Consulado del Perú en Torún, República de Polonia, y la jurisdicción consular del Cónsul Ad Honorem del Perú en Torun, estableciendo ambas en el Voivodato de Cuyavia-Pomerania, República de Polonia;

Que, mediante memorándum (L-VARSOVIA) N° L-VARSOVIA00444/2023, de 27 de octubre de 2023, la Embajada del Perú en la República de Polonia remite a la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares la carta de renuncia del señor Stanislaw Rakowicz al cargo de Cónsul Honorario del Perú en Torún, República de Polonia, suscrita el 10 de octubre de 2023;

Que, a través del memorándum (L-VARSOVIA) N° L-VARSOVIA00051/2024, de 26 de enero de 2024, la Embajada del Perú en la República de Polonia remite a la Dirección de Política Consular de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares, el Acta de entrega de cargo, suscrita el 5 de enero de 2024 por el Cónsul Honorario Stanislaw Rakowicz, en su condición de funcionario saliente, con lo cual, dicho cargo fue formalmente entregado;

Que, mediante memorándum (DGC) N° DGC00210/2024, de 02 de febrero de 2024, la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares ha recomendado proceder a dar término de funciones y cancelar las Letras Patentes del señor Stanislaw Rakowicz, quien fuera reconocido como Cónsul Honorario del Perú en Torún, República de Polonia;

Que, en virtud a lo dispuesto en el numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, se puede disponer en el mismo acto administrativo, que tenga eficacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros, y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto, el supuesto de hecho justificativo para su adopción;

De conformidad con lo dispuesto en la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares; en el inciso 11 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; y, en el Reglamento Consular del Perú, aprobado con Decreto Supremo N° 032-2023-RE;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Término de funciones

Se da por terminadas las funciones del señor Stanislaw Rakowicz como Cónsul Honorario del Perú en Torún, República de Polonia, con jurisdicción consular sobre el Voivodato de Cuyavia-Pomeria, con eficacia anticipada al 5 de enero de 2024.

Artículo 2.- Cancelación de Letras Patentes

Se cancelan las Letras Patentes correspondientes.

Artículo 3.- Agradecimiento

Se agradecen sus servicios prestados a la Nación.

Artículo 4.- Refrendo

La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA

Presidenta de la República

JAVIER GONZÁLEZ OLAECHEA FRANCO

Ministro de Relaciones Exteriores

2263033-5