Ordenanza Regional que establece la obligatoriedad del Gobierno Regional Huánuco y sus Unidades Ejecutoras para contratar a una persona natural y/o jurídica encargada de la Supervisión de las Obras Públicas ejecutadas por la modalidad de Contrata y/o Administración Directa cuando el valor de la obra sea igual o mayor al monto establecido en la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal respectivo