Derogan las Resoluciones Ministeriales N°s 1170 y 1179-2023/MINSA

Derogan las Resoluciones Ministeriales
N°s. 1170 y 1179-2023/MINSA

RESOLUCIóN MINISTERIAL

Nº 207-2024/MINSA

Lima, 20 de marzo del 2024

Visto, el Expediente OGPPM020240000163, que contiene Memorándums N° D000520-2024-OGPPM-MINSA y N° D000868-2024-OGPPM-MINSA de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; la Nota Informativa N° D000357-2024-OGAJ-MINSA de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial N° 1170-2023/MINSA, publicado en el diario oficial El Peruano el 30 de diciembre de 2023, se autorizó la Transferencia Financiera del Pliego 011. Ministerio de Salud, hasta por la suma de S/ 1 289 414,00 (UN MILLON DOSCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS CATORCE Y 00/100 SOLES), a favor del Pliego 019. Contraloría General, para financiar el Costo de Control Concurrente (CCC) respecto de las inversiones con CUI Nros. 2577906, 2535573 y 2560091, en el marco de la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del Control Concurrente, y la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, de acuerdo al Anexo que forma parte integrante de la citada Resolución Ministerial;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 1179-2023/MINSA, publicado en el diario oficial El Peruano el 30 de diciembre de 2023, se autorizó la Transferencia Financiera del Pliego 011. Ministerio de Salud, hasta por la suma de S/ 6 130 284,00 (SEIS MILLONES CIENTO TREINTA MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES), a favor del Pliego 019. Contraloría General, para financiar el Costo de Control Concurrente (CCC) respecto de las inversiones con CUI Nros. 2430241, 2430246, 2430247, 2466086, 2466581, 2466669, 2466824, 2430242, 2466354 y 2466074, en el marco de la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del Control Concurrente, de acuerdo al Anexo que forma parte integrante de la citada Resolución Ministerial;

Que, mediante Resolución Directoral N° 0029-2023-EF/50.01, publicada en el diario oficial El Peruano el 28 de diciembre de 2023, se aprueba la Programación de Compromisos Anual (PCA) correspondiente a la segunda revisión excepcional de oficio efectuada durante el cuarto trimestre del Año Fiscal 2023 para los pliegos del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales, ascendente a la suma de S/ 226 048 047 086,00 (DOSCIENTOS VEINTISÉIS MIL CUARENTA Y OCHO MILLONES CUARENTA Y SIETE MIL OCHENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES), por toda Fuente de Financiamiento, estableciendo para el Ministerio de Salud el monto de S/ 9 184 735 568 (NUEVE MIL CIENTO OCHENTA Y CUATRO MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y CINCO MIL QUINIENTOS SESENTA Y OCHO y 00/100 SOLES);

Que, mediante Memorándums N° D000520-2024-OGPPM-MINSA y N° D000868-2024-OGPPM-MINSA, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización remite y suscribe los Informes N° D000104-2024-OGPPM-OP-MINSA y N° D000202-2024-OGPPM-OP-MINSA, respectivamente, a través de los cuales considera pertinente dejar sin efecto las citadas Resoluciones Ministeriales N°s. 1170 y 1179-2023/MINSA, toda vez que las mismas que no pudieron ser ejecutadas en el ejercicio 2023, como consecuencia de la expedición de la Resolución Directoral N° 0029-2023-EF/50.01, “Resolución Directoral que aprueba la Programación de Compromisos Anual (PCA) correspondiente a la segunda revisión excepcional de oficio efectuada durante el cuarto trimestre del Año Fiscal 2023 para los pliegos del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales y establece otra disposición”, precisándose además, que dicha situación fue comunicada oportunamente a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas y a la Contraloría General de la República;

Que, el Principio de Anualidad, conforme a lo indicado en el numeral 11 del artículo 2 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, señala que el Presupuesto del Sector Público tiene vigencia anual y coincide con el año calendario el cual, para efectos del Decreto Legislativo, se denomina Año Fiscal, periodo durante el cual se afectan los ingresos que se recaudan y/o perciben dentro del año fiscal, cualquiera sea la fecha en los que se haya generado, y se realizan las gestiones orientadas a la ejecución del gasto con cargo a los respectivos créditos presupuestarios;

Con el visado de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, de la Secretaría General y del Despacho Viceministerial de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y,

De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Resolución Directoral N° 0029-2023-EF/50.01, “Resolución Directoral que aprueba la Programación de Compromisos Anual (PCA) correspondiente a la segunda revisión excepcional de oficio efectuada durante el cuarto trimestre del Año Fiscal 2023 para los pliegos del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales y establece otra disposición”; y, el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud y modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Derogar las Resoluciones Ministeriales N°s. 1170 y 1179-2023/MINSA, por las consideraciones señaladas en la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario oficial El Peruano y encargar a la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General la publicación de la misma en la sede digital del Ministerio de Salud.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CÉSAR HENRY VÁSQUEZ SÁNCHEZ

Ministro de Salud

2272657-1