Cesan por límite de edad a Fiscal Provincial Titular Mixto de Paiján Distrito Fiscal de La Libertad

Cesan por límite de edad a Fiscal Provincial Titular Mixto de Paiján, Distrito Fiscal de La Libertad

resolución de la fiscalía de la nación

Nº 783-2024-MP-FN

Lima, 20 de marzo de 2024

VISTO Y CONSIDERANDO:

El oficio Nº 2093-2024-MP-FN-OREF, cursado por la abogada Silvia Karina Avila Lam, Gerenta de la Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, mediante el cual informa que el abogado Ruperto Eugenio Alcántara Vásquez, Fiscal Provincial Titular Mixto de Paiján, Distrito Fiscal de La Libertad, designado en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Mixta de Paiján, cumplirá 70 años de edad, el 27 de marzo del año en curso, adjuntando copia de la consulta en línea efectuada al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil – RENIEC.

Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público.

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Cesar por límite de edad, a partir del 27 de marzo de 2024, al abogado Ruperto Eugenio Alcántara Vásquez, Fiscal Provincial Titular Mixto de Paiján, Distrito Fiscal de La Libertad, designado en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Mixta de Paiján, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 167-2015-MP-FN, de fecha 20 de enero de 2015; dándosele las gracias por los servicios prestados a la Institución.

Artículo Segundo.- Poner la presente resolución en conocimiento a la Junta Nacional de Justicia, para la cancelación del Título otorgado al referido fiscal, mediante Resolución Nº 320-2014-CNM, de fecha 14 de noviembre de 2014.

Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de La Libertad, Gerencia General, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina de Control de la Productividad Fiscal y al abogado mencionado.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JUAN CARLOS VILLENA CAMPANA

Fiscal de la Nación (i)

2272497-1