Aprueban modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Universidad Nacional de Piura

Aprueban modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Universidad Nacional de Piura

UNIVERSIDAD NACIONAL DE PIURA

Resolución Consejo Universitario

Nº 0626-CU-2023

Piura, 19 de diciembre de 2023

VISTO

En Sesión Ordinaria Nº 06 de fecha 19 de diciembre de 2023, el Expediente Nº 000349-6901-23-4, de fecha 11 de setiembre del 2023, que contiene el Oficio Nº 2982-J-OPYPTO-UNP-2023, emitido por la jefa de Planeamiento y Presupuesto para trámite de aprobación de propuesta de Modificación de Texto Único de Procedimientos Administrativos y de Servicios Exclusivos (TUPA) de la Universidad Nacional de Piura, y el Expediente Nº 000208-0107-23-7, de fecha 28 de setiembre del 2023, que contiene el Oficio Nº 1532-2023-SG-UNP, emitido por la Secretaria General, solicitando a la Dirección General de Administración, el informe técnico y la sustentación de la determinación de los costos de los derechos de tramitación; y,

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con el artículo 18º de la Constitución Política del Perú, prescribe: “(...) Cada universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico. Las universidades se rigen por sus propios estatutos en el marco de la Constitución y de las leyes (...)*:

Que, mediante Ley Nº 13531 del 03 de marzo de 1961, fue creada la Universidad Nacional de Piura, cuya sede está ubicada en el Distrito de Castilla, Departamento de Piura, cuyos fines se encuentran estipulados en el Artículo 8º del Estatuto de la Universidad Nacional de Piura, Aprobado en Sesión Plenaria de Asamblea Estatutaria del 13.Oct.del 2014 (Ley Nº 30220-Ley Universitaria);

Que, la Ley 30220, Ley Universitaria, tiene por objeto normar la creación, funcionamiento, supervisión y cierre de universidades, Promueve el mejoramiento continuo de la calidad educativa de las instituciones universitarias como entes fundamentales del desarrollo nacional, de la investigación y de la cultura. Asimismo, establece los principios fines y funciones que rigen el modelo institucional de la universidad;

Que, la Ley Nº 31520 modifica algunos artículos de la Ley N.º 30220, entre ellos el artículo1º el mismo que ha quedado redactado con el siguiente texto: “(…) Tienen autonomía en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico, conforme a lo establecido en el artículo 18 de la Constitución Política del Perú. El estatuto de las universidades se desarrolla con respeto a la Constitución y a las leyes. (…)”;

Que, el artículo 11º de la Ley Nº 27658, Ley Marco de la Modernización de la Gestión del Estado prevé, como obligación de los servidores y funcionarios del Estado, el privilegiar la satisfacción de las necesidades del ciudadano, brindándole un servicio imparcial, oportuno, confiable, predecible y de bajo costo; y otorgándote lo información requerida en forma oportuna;

Que, en armonía con el artículo 43º, numeral 43.1 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, todas las entidades elaboran y aprueban o gestionan la aprobación, según el caso, de su Texto Único de Procedimientos Administrativos;

Que, mediante Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 005-2018- PCM-SGP, se aprobaron los Lineamientos y Formatos para la elaboración y aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA); y, en el numeral 5.3 de su artículo 5º establece como uno de los supuestos para la modificación del TUPA, el siguiente: “Cuando se trate de la modificación de procedimientos administrativos y/o servicios prestados en exclusividad en los que se produzca uno o más de los siguientes supuestos: el incremento de requisitos; aumento del plazo máximo de atención; incremento del monto de derecho de tramitación; un cambio en la calificación, de aprobación automática a evaluación previa o de silencio administrativo positivo a silencio administrativo negativo, en el caso de procedimientos administrativos.”;

Que, con Resolución de Consejo Universitario Nº 404-CU.2012 de fecha 09/05/2012, que APRUEBA el Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA (2012), el cual contiene modificaciones realizadas desde el año 2011; modificado por la Resolución de Consejo Universitario Nº 637-CU-2016 de fecha 14/09/2016 que resuelve MODIFICAR, EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - TUPA- DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE PIURA, con la finalidad de que se incluya el proceso de emisión del carnet Universitario para los alumnos de la Escuela de Postgrado (Maestría y Doctorado), y de los Programas de Complementación Académica, PCPM y PRODEPE, al ser considerades como estudiantes matriculados por SUNEDU al cumplir con los requisitos establecidos en el Reglamento.

Que, mediante Resolución de Consejo Universitario Nº 0108-CU-2017 de fecha 16 de marzo de 2017, se aprueba la actualización de los procedimientos contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Universidad Nacional de Piura (TUPA); en lo que corresponde a: A. Matrícula de alumnos ingresantes y regulares e inscripción por cursos. Para todas las modalidades. B. Servicios académicos de pregrado;

Que, con Resolución de Consejo Universitario Nº 0158-CU-2017 de fecha 05 de mayo de 2017, se aprobó suspender, la aplicación de la Resolución de Consejo Universitario Nº 0108-CU-2017 de fecha 16 de marzo de 2017, en lo que respecta a la Tasas Educativas, con excepción del Carné Universitario, que es emitido por la SUNEDU;

Que, a través de la Resolución de Consejo Universitario Nº 0121-CU-2018, de fecha 22 de marzo de 2018, se autoriza la actualización del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Universidad Nacional de Piura en lo que respecta a Carné universitario, Grado Académico de Bachiller, Grado Académico de Maestría, Grado Académico de Doctor, Título profesional universitario y Título profesional técnico, Duplicado de Grado Académico, Título profesional universitario y Título profesional técnico, Autenticación de copia de Syllabus, Autenticación de Copia de Título y/o Grado Académico, Autenticación de Copia de certificados u otros, Certificación de Grados y Títulos, Nuevos costos de derecho de enseñanza de los PATPROS de 13 Facultades según anexo;

Que, según Oficio Nº 0293-OPP-UNP-2023, de fecha 08 de setiembre de 2023, la Jefa de Unidad de Modernización de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la Universidad Nacional de Piura hace suyo el informe Nº 006-2023-UPYM-UNP/EEBR, emitido por el especialista en Racionalización – Administrador SUT, Sr. Emilio Eduardo Bermejo Requena, mediante el cual sustenta los veintisiete (27) procedimientos administrativos y/o servicios prestados en exclusividad que se encuentran registrados en el Sistema Único de Trámites (SUT), que se encuentran en el Expediente Nº 01.36.0061-002-2023 EXPEDIENTE REGULAR del TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS Y SERVICIOS PRESTADOS EN EXCLUSIVIDAD - TUPA de la Universidad Nacional de Piura; además contiene la sustentación de la modificación y solicita el trámite de aprobación correspondiente; concluyendo que: “la propuesta de modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Universidad Nacional de Piura, se ha elaborado en estrita concordancia con los lineamientos establecidos en el Decreto Supremo Nº 064-2010-PCM y la Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 005-2018-PCM-SGP, siguiendo rigurosamente el marco normativo que rige su elaboración, el cual incluye la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, y la Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 004-2018-PCM-SGP. En el proceso, se han realizando las modificaciones y/o adecuaciones pertinentes en los procedimientos administrativos y servicios exclusivos”;

Que, mediante Oficio Nº 2982-J.OPYPTO-UNP-2023, de fecha 08 de setiembre del 2023, la Jefa de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la Universidad Nacional de Piura, recomienda proseguir el trámite para la aprobación de la propuesta de modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Universidad Nacional de Piura;

Que, según Informe Nº 975-2023-OCAJ-UNP, de fecha 27 de septiembre de 2023, el Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Universidad Nacional de Piura, concluye que: la propuesta de modificación del TUPA de la UNP se ha elaborado de conformidad a los lineamientos establecidos en el Decreto Supremo Nº 04-2010-PCM y Resoluciones de Secretaria de Gestión Publica Nros. 004 y 005-2018-PCM/SGP, por lo que opina de por la procedencia de la aprobación de la modificación del indicado TUPA;

Que, mediante Oficio Nº1532-2023-SG-UNP, de fecha 28 de setiembre del 2023, la Secretaria General de la Universidad Nacional de Piura, solicita el informe técnico correspondiente a la Directora General de Administración en concordancia con lo establecido en el Inciso iv del correlativo 17.3.2 del numeral 17.3 de la Resolución de Secretaría Pública Nº 005-2017-PCM-SGP correspondiente al informe de sustento de costos de la propuesta;

Que, según Informe Nº 023-DGADM-UNP-2023, de fecha 17 de octubre del 2023, la Directora General de Administración, alcanza el informe técnico de determinación de costos de la propuesta de modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Universidad Nacional de Piura;

Que, según Informe Nº 239-2023-OPYPTO-UNP, de fecha 08 de noviembre del 2023, la Jefa de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, remite los actuados para la emisión de la Resolución Rectoral para aprobación de propuesta de modificación de Texto Único de Procedimientos Administrativos y Servicios Exclusivos TUPA de la Universidad Nacional de Piura;

Que, según Oficio Nº 1852-SG-UNP, de fecha 08 de noviembre del 2023, la Secretaría General solicita, al Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica, ampliar informe legal respecto a la competencia del Rector o del Consejo Universitario para la firma del documento de aprobación de modificación del TUPA de la Universidad Nacional de Piura;

Que, con Informe Nº 1507-2023-OCAJ-UNP, de fecha 09 de noviembre del 2023, el Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Universidad Nacional de Piura, informa que, (…) las anteriores modificaciones que se han realizado al TUPA han sido con resolución de consejo universitario; (…);

Que, mediante Informe Nº 489-2023-OPYPTO-UNP de fecha 18 de diciembre del 2023, la Jefa de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto remite el expediente a secretaria general concluyendo que: debido a esta falta de alineación, se recomienda no proceder con la implementación del mencionado Acto Resolutivo en su forma actual; en su lugar, es imperativo iniciar el trámite correspondiente; recomendando que: Remitir el expediente para aprobación en sesión de consejo universitario, salvo mejor parecer.

Que, el artículo 175º inciso 3) del Estatuto de la Universidad Nacional de Piura, prescribe: “El Rector es el representante legal de la Universidad y ejerce el gobierno de la misma (…).” Señalando dentro de sus funciones, “inciso 3) Dirigir la actividad académica de la Universidad y su gestión administrativa, económica y financiera”;

Que, de conformidad con lo establecido en el Estatuto de la Universidad Nacional de Piura modificado con Resolución de la Asamblea Universitaria Transitoria No. 12-AUT-UNP-2018 de fecha 14 de noviembre de 2018; en su artículo 174.1 el consejo universitario tiene la atribución de: “Aprobar a propuesta del Rector, los instrumentos de planeamiento de la Universidad Nacional de Piura”;

Que, en uso de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 18º de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, así como en el Estatuto de la Universidad Nacional de Piura y demás normas concordantes. y; contando con el visto bueno de los órganos: Oficina de Planeamiento y Presupuesto, Unidad de Planeamiento y Modernización, Oficina de Asesoría Jurídica y Secretaría General;

Que, estando a lo acordado por el Consejo Universitario en su Sesión Ordinaria Nº 06 de fecha 19 de diciembre de 2023 y a lo dispuesto por el señor Rector, en uso de sus atribuciones legales;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- APROBAR, LA MODIFICACIÓN DEL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) de la Universidad Nacional de Piura, aprobado con Resolución de Consejo Universitario Nº 404-CU.2012 de fecha 09/05/2012, modificado con Resolución de Consejo Universitario Nº 0108-CU-2017 de fecha 16/03/17, suspendido con Resolución de Consejo Universitario Nº 0158-CU-2017 de fecha 05/05/17, actualizado con Resolución de Consejo Universitario Nº 0121-CU-2018, de fecha 22/03/18; quedando MODIFICADO con un total de veintisiete (27) Procedimientos Aministrativos y/o Servicios Prestados en Exclusividad, conforme se detalla en el anexo único que forma parte de la presente resolución.

Artículo 2º.- APROBAR, los Formatos Únicos de Trámite (FUT) correspondientes a los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad que se detallan en el Texto Único de Procedimientos Administrativo -TUPA de la Universidad Nacional de Piura, los cuales se encuentran comprendidos en el Anexo Único, que forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 3º.- REMITIR, la Modificación del TUPA aprobado a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, para que, a través de la Unidad de Planeamiento y Modernización, proceda conforme a sus atribuciones a la respectiva difusión e implementación.

Artículo 4º.- DÉJESE SIN EFECTO, todas las disposiciones administrativas que se opongan a la presente Resolución.

Artículo 5º.- DISPONER, la notificación de la presente Resolución a todas las unidades de organización académicas y administrativas de la Universidad Nacional de Piura, para su conocimiento, cumplimiento y demás fines pertinentes.

Artículo 6º.- ENCARGAR, a la Secretaría General, realizar la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano” y al Responsable del Portal de Transparencia, la publicación de la presente Resolución y el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la UNP a la Plataforma Digital única del estado Peruano (www.gob.pe) y en “Portal Institucional” (www.unp.edu.pe).

Regístrese, comuníquese y ejecútese.

Santos Leandro Montaño Roalcaba

Rector

Vanessa Arline Girón Viera

Secretaria General

* El TUPA se publica en la página WEB del Diario Oficial El Peruano, sección Normas Legales.

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