Autorizan viaje de personal policial a Colombia en comisión de servicio

Autorizan viaje de personal policial a Colombia, en comisión de servicio

Resolución Ministerial

N° 0097-2024-IN

Lima, 27 de enero de 2024

VISTOS, el Oficio N° 87-2024-COMOPPOL/DIRASINT-DIVABI, de la División de Administración de Becas Internacionales de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú, y el Informe N° 000132-2024-IN-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Suprema N° 093-2023-JUS, el Estado peruano accedió a la solicitud de extradición activa del ciudadano venezolano SERGIO TARACHE PARRA, para ser extraditado de la República de Colombia, formulada por el Vigésimo Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte Superior de Justicia de Lima, declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, para ser procesado por la presunta comisión del delito de feminicidio, en agravio de Katherine Yolanda Gómez Machare;

Que, a través del correo electrónico de fecha 20 de enero de 2024, la Oficina Central Nacional de INTERPOL – Colombia informa a la Oficina Central Nacional de INTERPOL - Lima, que ha sido declarada procedente la solicitud de extradición del ciudadano venezolano SERGIO TARACHE PARRA;

Que, con Resolución Suprema N° 234-2021-JUS, el Estado peruano accedió a la solicitud de extradición activa del ciudadano colombiano JAVIER ORLEY FLOREZ CASTRO, para ser extraditado de la República de Colombia, formulada por la Segunda Sala Penal Superior de Justicia Especializada en Delitos de Crimen Organizado de la Corte Superior de Justicia Especializada en Delitos de Crimen Organizado y de Corrupción de Funcionarios, declarada procedente por la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de la República, para cumplir la condena impuesta por la comisión del delito de tráfico ilícito de drogas, en agravio del Estado peruano;

Que, a través del Oficio N° 395-2024-MP-FN-OCJIE-MAGA(EXT189-2019), de fecha 8 de enero de 2024, la Fiscal Adjunta Suprema Titular, Jefa de la Oficina de Cooperación Judicial Internacional y Extradiciones del Ministerio Público comunica, respecto de la no ejecución de la extradición del ciudadano colombiano JAVIER ORLEY FLOREZ CASTRO prevista para el 21 de diciembre de 2023; no obstante, precisa que se tiene como fecha límite para ejecutar la referida extradición, el 27 de febrero de 2024;

Que, con Informe N° 045-2024-COMOPPOL/DIRASINT-PNP/OCN INTERPOL-L-DEPCJE, la Oficina Central Nacional INTERPOL – Lima, sustenta la designación del personal detallado en la parte resolutiva de la presente resolución ministerial, para que viajen en comisión de servicio, a la Ciudad de Leticia de la República de Colombia, a fin de recibir, custodiar y trasladar a nuestro país, al ciudadano venezolano SERGIO TARACHE PARRA y al ciudadano colombiano JAVIER ORLEY FLOREZ CASTRO;

Que, mediante Hoja de Estudio y Opinión N° 18-2024-COMGEN-PNP/DIRASINT-DIVABI, la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú estima conveniente se prosiga con el trámite de expedición de la resolución que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal detallado en la parte resolutiva de la presente resolución ministerial, del 29 al 30 de enero de 2024, a la Ciudad de Leticia de la República de Colombia, para que ejecuten las extradiciones activas antes citadas;

Que, el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú, aprobado por Decreto Supremo N° 026-2017-IN, establece en su artículo 13 que “La Oficina Central Nacional INTERPOL - Lima de la Policía Nacional del Perú tiene las funciones siguientes: (…) 7) Ejecutar las extradiciones activas y pasivas de ciudadanos nacionales o extranjeros, requeridos por la autoridad judicial nacional o extranjera y que se encuentren en territorio nacional o internacional, vía los canales y procedimientos diplomáticos correspondientes, en el marco de la legislación vigente y los Tratados de Extradición de los cuales el Perú es parte (…)”;

Que, la participación del mencionado personal policial en la comisión asignada, se encuentra en el ámbito de las competencias de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos por concepto de viáticos del citado personal policial, son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la PNP, del Pliego 007: Ministerio del Interior, y el traslado (ida y vuelta) del personal policial y los extraditables se realizará en el avión policial BEECHCRAFT B1900 C PNP 258; conforme lo señalado en el Informe N° 045-2024-COMOPPOL/DIRASINT-PNP/OCN INTERPOL-L-DEPCJE y en la Hoja de Estudio y Opinión N° 18-2024-COMGEN-PNP/DIRASINT-DIVABI;

Que, el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, en su artículo 3 establece que “Los viajes al exterior con carácter oficial comprenden las modalidades siguientes: Comisión de servicio (…)”;

Que, el Decreto Supremo N° 001-2009-IN en su artículo 1 dispone “Hacer extensivo al personal policial y civil de la Policía Nacional del Perú los alcances del Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG (…)”;

Que, la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, en su artículo 10 establece que “10.1. Durante el Año Fiscal 2024, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica (…) La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias. (…)”;

Que, mediante Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, se aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el cual en su artículo 2, referido al contenido del acto de autorización, establece que “La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. (…)”;

Que, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM en su artículo 1 establece que “(…) La autorización de viajes al exterior de personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, conforme a la Ley N° 27619 y el presente Reglamento”;

Que, asimismo, el artículo 4 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM señala que “Las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano (…)”;

Que, a través del Informe de Vistos, la Oficina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable tramitar el proyecto de resolución que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal detallado en la parte resolutiva de la presente resolución ministerial, del 29 al 30 de enero de 2024, a la Ciudad de Leticia de la República de Colombia;

Con el visado de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior;

De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Decreto Legislativo N° 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial N° 1520-2019-IN;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del 29 al 30 de enero de 2024, a la Ciudad de Leticia de la República de Colombia, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución, del siguiente personal policial:

UNIDAD PNP

EFECTIVO POLICIAL

Dirección de Asuntos Internacionales

General PNP MILTON JAVIER CABRERA RIOS

Coronel PNP JOSE LUIS QUIROZ DAVILA

Comandante PNP OSCAR LUDEÑA HURTADO

Capitán PNP JESUS ALBERTO DOMINGUEZ LOPEZ

Suboficial Brigadier PNP PAUL JOSE HUARIPAITA BENITES

Suboficial Brigadier PNP WILLIAM LEONARDO MOSCOSO OLAYA

Suboficial Técnico de Primera PNP FREDDY ARTURO INCA CONDORPUZA

Suboficial de Segunda PNP PIERO ISRAEL QUESADA VEGA

Dirección de Aviación Policial

Coronel PNP PAUL ROLANDO CUADROS GAMBOA

Mayor PNP JONNY JESUS MALDONADO VERA

Suboficial Brigadier PNP JAVIER SOLIS ARIZA

Artículo 2.- Los gastos por concepto de viáticos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución son cubiertos con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la PNP, del Pliego 007: Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle:

Importe

Días

Personas

Total

Viáticos efectivos policiales

US$ 370,00

2

11

US$ 8 140,00

Artículo 3.- Disponer que el personal policial cuyo viaje se autoriza, presente al Titular de la Entidad, dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno, un informe detallado donde describa las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los viáticos asignados.

Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Víctor Manuel Torres Falcón

Ministro del Interior

2256626-1