Aceptan renuncia de fiscal adjunto provincial en lo penal distrito fiscal de Lima

Aceptan renuncia de fiscal adjunto provincial en lo penal, distrito fiscal de Lima

RESOLUCIÓN DE LA JUNTA DE

FISCALES SUPREMOS

005-2024-MP-FN-JFS

Lima, 18 de enero de 2024

VISTO Y CONSIDERANDO:

La carta del abogado LUIS ENRIQUE MANCO YAYA, presentada el día 10 de enero de 2024, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, elevada al Despacho de la Fiscalía de la Nación el día 15 de enero del presente año, derivada a la Secretaría de la Junta de Fiscales Supremos el día 16 de enero de 2024; mediante la cual renuncia al cargo de fiscal adjunto provincial de Lima, distrito fiscal de Lima, por motivos personales, solicitando que la misma se haga efectiva desde el día 2 de febrero de 2024.

Al respecto es de indicarse que, mediante Resolución Nº 575-2003-CNM, de fecha 23 de octubre de 2003, el extinto Consejo Nacional de la Magistratura, expidió el título de fiscal adjunto al fiscal provincial en lo penal, distrito fiscal de Lima, a favor del abogado Luis Enrique Manco Yaya.

Siendo la renuncia un ejercicio del derecho a la libertad de trabajo, la misma se encuentra sujeta a que se cumplan determinadas exigencias para hacerse efectiva a fin de evitar que se afecte el normal desarrollo de las actividades en nuestra institución. En esa línea, conforme a lo establecido en el artículo 106 de la Ley Nº 30483 - Ley de la Carrera Fiscal; lo señalado en la primera disposición complementaria, transitoria y final del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público; y, los artículos 183 y 185 de su reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, el cargo de fiscal termina, entre otros, desde que la renuncia es aceptada, encontrándose el empleador facultado para aceptarla desde la fecha en que fue recibida o, dentro de los treinta (30) días siguientes.

Estando a lo precisado, y atendiendo a que la carta de renuncia del abogado Luis Enrique Manco Yaya ha sido presentada ante la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro el día 10 de enero de 2024, requiriendo que la misma se acepte desde el día 2 de febrero de 2024, se advierte que dicha misiva cuenta con la conformidad de la presidencia del distrito fiscal antes referido; no obstante, teniéndose en cuenta que la aceptación de la renuncia desde la fecha en que fue recibida o dentro de los treinta días siguientes, es una facultad discrecional del empleador, conforme lo señalado por la Oficina General de Asesoría Jurídica en el informe Nº 000624-2021-MP-FN-OGASEJ, corresponde aceptar la renuncia formulada, exonerando el plazo de los 30 días previos de la presentación de su renuncia.

Consecuentemente, la Junta de Fiscales Supremos, mediante Acuerdo Nº 6456, adoptado en sesión extraordinaria de fecha 18 de enero de 2024, convino por unanimidad, con la dispensa de la lectura y aprobación del acta, aceptar la renuncia formulada por el abogado Luis Enrique Manco Yaya, al cargo de fiscal adjunto provincial en lo penal, distrito fiscal de Lima, desde el día 2 de febrero de 2024; dándole las gracias por los servicios prestados a la institución.

En uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, y conforme a lo establecido en el considerando precedente;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por el abogado LUIS ENRIQUE MANCO YAYA, al cargo de fiscal adjunto provincial en lo penal, distrito fiscal de Lima, desde el día 2 de febrero de 2024; dándole las gracias por los servicios prestados a la institución.

Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento al abogado Luis Enrique Manco Yaya, que deberá efectuar la entrega de cargo conforme a las disposiciones de la materia, bajo responsabilidad funcional; y en caso de incumplimiento, se remitirán los actuados a la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, para que proceda conforme a sus atribuciones.

Artículo Tercero.- Remitir la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, para los fines pertinentes.

Artículo Cuarto.- Hacer de conocimiento de la presente resolución a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, a la Gerencia General, a la Oficina General de Potencial Humano, a la Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, así como al interesado, para los fines pertinentes.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JUAN CARLOS VILLENA CAMPANA

Fiscal de la Nación (i)

Presidente de la Junta de Fiscales Supremos

2255700-4