Formalizan el acuerdo del Consejo Directivo de SERVIR mediante el cual se aprueba la Directiva N° 001-2024-SERVIR-GDSRH Lineamientos para la implementación del régimen del Servicio Civil de la Ley N° 30057 Ley del Servicio Civil en las entidades públicas

Formalizan el acuerdo del Consejo Directivo de SERVIR, mediante el cual se aprueba la “Directiva N° 001-2024-SERVIR-GDSRH, Lineamientos para la implementación del régimen del Servicio Civil de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, en las entidades públicas”

RESOLUCIóN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA

N° 000015-2024-SERVIR-PE

Lima, 22 de enero de 2024

VISTOS: Los Informes Técnicos N° 000011-2024- SERVIR-GDSRH y N° 000013-2024-SERVIR-GDSRH de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humano; los Informes Técnicos N° 000039-2024-SERVIR-GPGSC y N° 000065-2024-SERVIR-GPGSC de la Gerencia de Políticas de Gestión del Servicio Civil; el Memorando N° 000019-2024-SERVIR-GG de la Gerencia General, y los Informes Legales N° 000022-2024-SERVIR-GG-OAJ y N° 000026-2024-SERVIR-GG-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Legislativo N° 1023 se crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, rectora del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos (SAGRH), como un organismo técnico especializado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, con personería jurídica de derecho público interno, con competencia a nivel nacional y sobre todas las entidades de la administración pública;

Que, conforme al artículo 2 de la acotada norma legal, el SAGRH establece, desarrolla y ejecuta la política de Estado respecto del servicio civil; y, comprende el conjunto de normas, principios, recursos, métodos, procedimientos y técnicas utilizados por las entidades del sector público en la gestión de los recursos humanos;

Que, a través de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, y modificatorias, se establece un régimen único y exclusivo para las personas que prestan servicios en las entidades públicas del Estado, así como para aquellas personas que están encargadas de su gestión, del ejercicio de sus potestades y de la prestación de servicios a cargo de estas; con la finalidad que las entidades públicas del Estado alcancen mayores niveles de eficacia y eficiencia, y presten efectivamente servicios de calidad a través de un mejor Servicio Civil;

Que, la Primera Disposición Complementaria Transitoria de la citada Ley, precisa que la implementación, por las entidades públicas, del régimen previsto en la acotada Ley se realiza progresivamente, conforme a las reglas de gradualidad que establecen las normas reglamentarias, en el marco de la programación de las leyes anuales de presupuesto;

Que, la Tercera Disposición Complementaria Transitoria de la acotada Ley del Servicio Civil, señala que la mencionada Ley y su Reglamento General establecen las reglas, procesos y metodologías que deben seguir las entidades seleccionadas para el tránsito al régimen del Servicio Civil, debiendo cumplir con las siguientes etapas: a) análisis situacional respecto a los recursos humanos y al desarrollo de sus funciones; b) estructura de recursos humanos para el régimen del servicio civil; y, c) valorización de los puestos; asimismo, precisa que las etapas del proceso de implementación son desarrolladas mediante lineamientos aprobados por SERVIR y, respecto a la etapa de valorización de los puestos, en coordinación con el Ministerio de Economía y Finanzas;

Que, con la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000068-2021-SERVIR-PE, se formalizó la aprobación de la “Directiva N° 001-2021-SERVIR-GDSRH, Lineamientos para el tránsito de una entidad pública al régimen del Servicio Civil”;

Que, en ese contexto, mediante los Informes Técnicos N° 000011-2024-SERVIR-GDSRH y N° 000013- 2024-SERVIR-GDSRH, la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos sustenta la necesidad de aprobar la “Directiva N° 001-2024-SERVIR-GDSRH, Lineamientos para la implementación del régimen del Servicio Civil de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, en las entidades públicas”, con el fin de establecer una ruta de tránsito al Servicio Civil que simplifique los procedimientos de tránsito a las tres (3) etapas dispuestas en la Tercera Disposición Complementaria Transitoria de la Ley del Servicio Civil; asimismo, con el objeto de mantener sistematizada la normativa del SAGRH, propone dejar sin efecto la “Directiva N° 001-2021-SERVIR-GDSRH, Lineamientos para el tránsito de una entidad pública al régimen del Servicio Civil”, cuya aprobación fue formalizada por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000068-2021-SERVIR-PE;

Que, a través de los Informes Técnicos N° 000039- 2024-SERVIR-GPGSC y N° 000065-2024-SERVIR-GPGSC, la Gerencia de Políticas de Gestión del Servicio Civil emite opinión en el sentido que resulta viable continuar con el procedimiento de aprobación de la “Directiva N° 001-2024-SERVIR-GDSRH, Lineamientos para la implementación del régimen del Servicio Civil de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, en las entidades públicas”, con el fin de optimizar el proceso de tránsito de las entidades en vista del paulatino avance de la reforma del servicio civil;

Que, por medio del Informe Legal N° 000022- 2024-SERVIR-GG-OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica concluye que resulta legalmente viable continuar con el trámite de aprobación ante el Consejo Directivo de SERVIR, del proyecto de “Directiva N° 001-2024-SERVIR-GDSRH, Lineamientos para la implementación del régimen del Servicio Civil de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, en las entidades públicas”;

Que, con Memorando N° 000019-2024-SERVIR-GG, el Gerente General (e), en su calidad de Secretario del Consejo Directivo de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, comunica que en la Sesión N° 002-2024-CD, dicho Consejo aprobó, por unanimidad, el proyecto de “Directiva N° 001-2024-SERVIR-GDSRH, Lineamientos para la implementación del régimen del Servicio Civil de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, en las entidades públicas”; en consecuencia, se deja sin efecto la “Directiva N° 001-2021-SERVIR-GDSRH, Lineamientos para el tránsito de una entidad pública al régimen del Servicio Civil”, cuya aprobación fue formalizada por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000068-2021-SERVIR-PE;

Que, mediante Informe Legal N° 000026-2024-SERVIR-GG-OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica señala que resulta legalmente viable formalizar el citado acuerdo a través de una Resolución de Presidencia Ejecutiva;

Con el visado de la Gerencia General, de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos, de la Gerencia de Políticas de Gestión del Servicio Civil y de la Oficina de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1023, Decreto Legislativo que crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil, rectora del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, y modificatorias; la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, y su Reglamento General, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM; y, el Decreto Supremo N° 062-2008-PCM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de SERVIR, y modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Formalizar el acuerdo del Consejo Directivo de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, adoptado en la Sesión N° 002-2024-CD, mediante el cual se aprueba la “Directiva N° 001-2024-SERVIR-GDSRH, Lineamientos para la implementación del régimen del Servicio Civil de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, en las entidades públicas”, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución de Presidencia Ejecutiva.

Artículo 2.- Dejar sin efecto la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000068-2021-SERVIR-PE que aprueba la “Directiva N° 001-2021-SERVIR-GDSRH, Lineamientos para el tránsito de una entidad pública al régimen del Servicio Civil”.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución de Presidencia Ejecutiva y de su Anexo en la sede digital de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR (www.gob.pe/servir); en la misma fecha de la publicación de la citada resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ANA ISABEL PARI MORALES

Presidenta Ejecutiva

Consejo Directivo

2254902-1