Aprueban incorporación y modificación de Servicios No Exclusivos en el Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE 2023 de la Municipalidad de La Molina

Aprueban incorporación y modificación de Servicios No Exclusivos en el Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE 2023 de la Municipalidad de La Molina

RESOLUCIÓN DE GERENCIA MUNICIPAL

N° 670-2023/MDLM-GM

La Molina, 30 de diciembre de 2023

EL GERENTE MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA MOLINA

VISTO; El Memorándum N° 636-2023-MDLM-GDHE, de fecha 20 de diciembre de 2023 de la Gerencia de Desarrollo Humano y Educación, el Informe Nº 1085-2023-MDLM-GAF-SCC, de fecha 28 de diciembre de 2023 de la Subgerencia de Contabilidad y Costos, el Informe Nº 296-2023-MDLM-GPPDI-SPIME de fecha 29 de diciembre de 2023 de la Subgerencia de Planeamiento, Inversiones y Modernización del Estado, el Informe Nº 203-2023-MDLM-GPPDI de fecha 29 de diciembre de 2023 de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional y el Informe Nº 286-2023-MDLM-GAJ de fecha 30 de diciembre de 2023 de la Gerencia de Asesoría Jurídica, referido a la aprobación del proyecto de modificación del Texto Único de Servicios No Exclusivos-TUSNE, y;

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 194°, modificado por la Ley N° 30305-Ley de Reforma Constitucional, establece que las municipalidades son órganos de gobierno local que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972-Ley Orgánica de Municipalidades; y que, dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el numeral 43.4, del artículo 43º, del Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444-Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que; para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades, a través de la Resolución del Titular de la entidad establecen la denominación, la descripción clara y taxativa de los requisitos y sus respectivos costos, los cuales deben ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento, respetando lo establecido en el artículo 60º de la Constitución Política del Perú y las normas sobre represión de la competencia desleal;

Que, mediante Resolución de Gerencia Municipal Nº 413-2023/MDLM-GM, de fecha 27 de Octubre del 2023, se aprobó el Texto Único de Servicios No Exclusivos-TUSNE de la Municipalidad de La Molina, el mismo que deja sin efecto las Resoluciones de Alcaldía N° 228-2015 de fecha 30 de Junio del 2015, Nº 278-2016 de fecha 01 de Septiembre del 2016, N° 366-2016 de fecha 24 de Noviembre del 2016 y N° 014-2018 de fecha 15 de Enero del 2018, así como con las Resoluciones de Gerencia Municipal N° 80-2020-MDLM-GM, de fecha 15 de Marzo del 2020 y Nº 98-2020-MDLM-GM, de fecha 09 de Junio del 2020;

Que, mediante Ordenanza N° 0441/MDLM, publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el día 28 de diciembre de 2023, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de La Molina, la cual consta de dos (02) títulos, siete (07) capítulos y cien (100) artículos;

Que, de acuerdo a lo establecido en los artículos quinto y sexto de la precitada Ordenanza, se encarga a la Gerencia Municipal disponer la implementación de las modificaciones aprobadas y a la Gerencia Municipal a través de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional, la adecuación de los instrumentos de gestión que lo requieran, en el término de sesenta (60) días hábiles a partir de la publicación de la Ordenanza;

Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 26° literal p), del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de La Molina, es función de la Oficina de Planeamiento, Inversiones y Modernización del Estado, Coordinar y ejecutar el diseño, estructura y organización de la entidad; así como la elaboración y actualización de sus documentos en materia organizacional (ROF), de procedimientos administrativos (TUPA), y del Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE), conforme la normativa de la materia;

Que, mediante Memorándum N° 636-2023-MDLM-GDHE, de fecha 20 de diciembre de 2023, la Gerencia de Desarrollo Humano y Educación, remite las propuestas de modificación del Texto Único de Servicios No Exclusivos de la Subgerencia de Programas Sociales y Salud, de la Subgerencia de Educación, Cultura y Turismo y de la Subgerencia de Integración, Deporte y Bienestar Social, a la Subgerencia de Planeamiento, Inversiones y Modernización del Estado;

Que, mediante Informe N° 0535-2023-MDLM-GDHE-SPSS, de fecha 18 de diciembre de 2023, la Subgerencia de Programas Sociales y Salud, señala que con la finalidad de implementar de manera efectiva los servicios no exclusivos materia de su competencia aprobados en TUSNE vigente, presenta la modificación parcial de los siguientes Servicios No Exclusivos del TUSNE vigente:

2.1. Consulta médico veterinario, 2.2. Aplicación de tratamiento específico, 2.3. Desparasitación Externa con Ivermectina, 2.4. Desparasitación Oral Interna, 2.5. Desparasitación Externa con Antipulgas, 2.6. Acto Eutanásico (Excepción de animales sanos), 2.7. Registro Municipal de Canes y/o Felinos, sin Microchip, 2.8. Esterilización Canina o Felina (Hembras), 2.9. Castración Canina o Felina (Macho), 2.10. Cirugía de Otohematoma, 2.11. Adopcion de Mascotas, 2.12. Atención de Emergencias Veterinarias, 2.13. Cirugía de Piometra, 2.14. Curaciones, 2.15. Suturas, 2.16 Otros y 2.17. Esterilizaciones / Castraciones en general (Campañas) a fin de poder brindar un adecuado servicio por parte del Programa de la Veterinaria Municipal.

Que, mediante Informe N° 282-2023-MDLM-GDHE-SECT, de fecha 19 de diciembre de 2023, la Subgerencia de Educación, Cultura y Turismo, precisa que con la finalidad de implementar de manera adecuada los servicios no exclusivos materia de su competencia aprobados en TUSNE vigente, solicita la modificación de los siguientes Servicios No Exclusivos al TUSNE 2023:

1.1 Centro de Educación Técnico Productivo-CETPRO, 1.2 Cuna Descubriendo, 1.3 Alquiler Auditorio Biblioteca “Plaza Bicentenario”, 1.4 Costo de Talleres Programa Molicasa a fin de poder brindar un adecuado servicio por parte de la Subgerencia de Educación, Cultura y Turismo.

Que, mediante Informe N° 241-2023-MDLM-GDHE-SIDBS, de fecha 19 de diciembre de 2023, la Subgerencia de Integración, Deporte y Bienestar Social, precisa que con la finalidad de implementar de manera adecuada los servicios no exclusivos materia de su competencia aprobados en TUSNE vigente, solicita modificar, incorporar y fusionar los siguientes Servicios No Exclusivos al TUSNE 2023:

3.1 Complejo Deportivo Municipal “Estadio Bicentenario” con Certificación de la Federación Peruana de Fútbol, 3.2 Alquiler de Cancha Sintética (Futbol 11 Once) “Estadio Bicentenario”, 3.3 Alquiler de Losas Deportivas (Losas-Complejo Deportivo Cesar Vidaurre), 3.4 Alquiler Eventos Deportivos (Losas-Complejo Deportivo Cesar Vidaurre), 3.5 Programa de Verano: Escuelas Deportivas Municipales, 3.6 Programa de Invierno: Escuelas Deportivas Municipales, 3.7 Otras Disciplinas deportivas Verano-Invierno, 3.8 Molimuevete Verano-Invierno, 3.9 Alquiler de Cancha de Tenis y Frontón (Parque Jerusalén), además propone la fusión del ítem 3.3 y 3.4 y la incorporación del 3.10 Piscina Municipal-Temporada Verano. A fin de poder brindar un adecuado servicio por parte de la Subgerencia de Educación, Cultura y Turismo.

Que, mediante Informe N° 1085-2023-MDLM-GAF-SCC, de fecha 28 de diciembre de 2023, la Subgerencia de Contabilidad y Costos, remite su informe técnico señalando que se revisó y validó los costos incorporados al proyecto de Actualización del Texto de Servicios No Exclusivos-TUSNE determinando el costo final, el mismo que se sustenta en la información brindada por la Subgerencia de Integración, Deporte y Bienestar Social, establecidos o ajustados a la realidad según el costo del estudio de mercado presentado;

Que, mediante Informe Nº 296-2023-MDLM-GPPDI-SPIME de fecha 29 de diciembre de 2023, la Subgerencia de Planeamiento, Inversiones y Modernización del Estado, en el ámbito de sus funciones establecidas en el literal p), del artículo 26° del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Ordenanza N° 0441/MDLM, emite el informe técnico con su opinión favorable respecto a la propuesta de modificación e incorporación de servicios no exclusivos al TUSNE 2023, indicando que se modifica un total de 23 Servicios No Exclusivos, de los cuales 21 de ellos tienen derecho de pago, de los cuales se fusionan dos servicios no exclusivos y se incorpora un nuevo servicio no exclusivo con derecho de pago, recomendando que se continúen con las gestiones para aprobar el proyecto de modificación e incorporación de servicios no exclusivos al Texto Único de Servicios No Exclusivos TUSNE, para lo cual adjunta el proyecto de Resolución de Gerencia Municipal;

Que, mediante Informe Nº 171-2023-MDLM-GPPDI de fecha 26 de octubre de 2023, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional, en el ámbito de sus funciones establecidas en el literal y) del artículo 23° del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Ordenanza N° 0441/MDLM, hace suyo el Informe Nº 296-2023-MDLM-GPPDI-SPIME, emitiendo opinión favorable del proyecto de modificación e incorporación de servicios no exclusivos al Texto Único de Servicios No Exclusivos-TUSNE 2023, y remite todo lo actuado a fin de que continúe con las gestiones para su aprobación;

Que, mediante Informe Nº 286-2023-MDLM-GAJ de fecha 30 de diciembre de 2023, la Gerencia de Asesoría Jurídica, concluye que, el proyecto de modificación del Texto Único de Servicios No Exclusivos-TUSNE 2023, cuenta con el sustento técnico correspondiente formulado por las áreas involucradas, y ha sido elaborado en cumplimento de lo dispuesto por el artículo 43, numeral 43.4 del TUO de la Ley N° 27444-Ley del Procedimiento Administrativo General, que al constituir un tema eminentemente técnico el contenido del mismo se encuentra bajo responsabilidad exclusiva de los funcionarios que lo han elaborado, sustentado y propuesto y que resulta jurídicamente viable que el proyecto modificación del Texto Único de Servicios No Exclusivos-TUSNE 2023, sea aprobada por Resolución de Gerencia Municipal;

Que, mediante la Resolución de Alcaldía N° 007-2023/MDLM de fecha 01 de enero de 2023, artículo primero literal a), se delega en el Gerente Municipal de la Municipalidad Distrital de La Molina, la atribución de aprobar el Texto Único de Servicios No Exclusivos-TUSNE, así como su modificación y actualización;

Que, en atención a los informes señalados, se requiere actualizar el Texto Único de Servicios No Exclusivos-TUSNE, contando con los vistos de las áreas técnicas involucradas en su formulación y de la Gerencia de Asesoría Jurídica;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- APROBAR, la incorporación y modificación de Servicios No Exclusivos en el Texto Único de Servicios No Exclusivos-TUSNE 2023 de la Municipalidad de La Molina, correspondiente a la Subgerencia de Programas Sociales y Salud, Subgerencia de Educación, Cultura y Turismo, Subgerencia de Integración, Deporte y Bienestar Social, cuyos requisitos y derechos de pago se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución de Gerencia Municipal.

Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional, Gerencia de Desarrollo Humano y Educación, Subgerencia de Programas Sociales y Salud, Subgerencia de Educación, Cultura y Turismo y la Subgerencia de Integración, Deporte y Bienestar Social, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución.

Artículo Tercero.- PRECISAR que la modificación del Texto Único de Servicios No Exclusivos-TUSNE 2023, al constituir un tema eminentemente técnico, su contenido, se encuentra bajo la responsabilidad exclusiva de los funcionarios que la han elaborado, sustentado y propuesto.

Artículo Cuarto.- ENCARGAR, el estricto cumplimiento de la presente Resolución de Gerencia Municipal, a las unidades de organización competentes de acuerdo a sus funciones.

Artículo Quinto.- ENCARGAR, a la Oficina General de Secretaria de Concejo la publicación de la presente Resolución de Gerencia Municipal en el Diario Oficial “El Peruano” y a la Oficina de Tecnologías de Información y Estadística, la publicación de la presente Resolución y del Anexo adjunto en el Portal Web Institucional de la Municipalidad.

Regístrese, notifíquese, publíquese y cúmplase.

LILIANA ANTONIETA LOAYZA

MANRIQUE DE ROMERO

Gerente Municipal

2254687-1