Designan Gerente General de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Grau Sociedad Anónima - EPS GRAU S.A.

Designan Gerente General de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Grau Sociedad Anónima - EPS GRAU S.A.

RESOLUCIÓN DIRECTORAL

Nº 000006-2024-OTASS-DE

Lima, 19 de enero de 2024

VISTO:

Los Proveídos N° 000322-2024-OTASS-DE, N° 000331-2024-OTASS-DE y N° 000356-2024-OTASS-DE de la Dirección Ejecutiva, el Memorando N° 000015-2024-OTASS-OA de la Oficina de Administración, el Informe N° 000061-2024-OTASS-URH de la Unidad de Recursos Humanos y el Informe Legal N° 000014-2024-OTASS-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley del Servicio Universal de Agua Potable y Saneamiento, y sus modificatorias (en adelante, la Ley del Servicio Universal), el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento - OTASS, en adelante el OTASS, es el organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía funcional, económica, financiera y administrativa, con competencia a nivel nacional y constituye pliego presupuestario y es competente para promover y ejecutar la política del Ente rector en materia de gestión y administración de la prestación se los servicios de agua potable y saneamiento; y, la política de integración de prestadores;

Que, el artículo 80-A de la Ley del Servicio Universal establece como función del OTASS, actuar como administrador de las empresas prestadoras de servicios de agua potable y saneamiento públicas de accionariado municipal, en el marco de lo establecido en el literal b) del numeral 61.1 del artículo 61 de la Ley N° 27809, Ley General del Sistema Concursal; exceptuándose de registrarse ante la Comisión de Procedimientos Concursales del INDECOPI;

Que, la citada norma establece que el OTASS, “A partir del inicio del rol como administrador de una empresa prestadora de servicios de agua potable y saneamiento pública de accionariado municipal en régimen concursal, la administración de la prestación de los servicios de agua potable y saneamiento se encuentra a cargo del OTASS. Para dichos efectos, el OTASS cuenta con las facultades establecidas en los numerales 101.1 y 101.2 del artículo 101 de la presente Ley, así como la facultad de designar y remover al personal de confianza de la EPS. Para el supuesto de designación del personal de confianza, mencionado en el párrafo anterior, el OTASS se encuentra exceptuado del requisito de que la plaza se encuentre previamente prevista en el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) o Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) y Presupuesto Analítico de Personal, según corresponda; así como de la condición establecida en la parte final de la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29849, Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial del Decreto Legislativo Nº 1057 y otorga derechos laborales”;

Que, asimismo, la Ley del Servicio Universal, establece que la administración del OTASS surte efectos desde la aprobación del acuerdo de la Junta de Acreedores hasta que esta designa a un nuevo administrador o decida cambiar de régimen de administración;

Que, en la sesión de Junta de Acreedores de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Grau Sociedad Anónima - EPS GRAU S.A de fecha 05 de enero de 2024, se acordó que el OTASS actúe como administrador de la citada empresa prestadora en el marco de lo establecido en el literal b) de numeral 61.1 del artículo 61 de la Ley N° 27809, Ley General del Sistema Concursal y el artículo 80-A del Decreto Legislativo N° 1280 y sus modificatorias;

Que, conforme a lo establecido en el artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del OTASS, la Dirección Ejecutiva, es el órgano de la Alta Dirección responsable de proponer y supervisar las políticas de desarrollo institucional en concordancia a los planes nacionales y sectoriales, así como conducir la marcha institucional e implementar los acuerdos del Consejo Directivo. Representa al [OTASS] ante entidades e instituciones públicas y privadas, nacionales y extranjeras. Está a cargo del Director/a Ejecutivo/a quien es titular del pliego presupuestal, representante legal y la máxima autoridad ejecutiva del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento;

Que, mediante Proveído N° 000322-2024-OTASS-DE de fecha 19 de enero de 2024, la Dirección Ejecutiva del OTASS, remite el expediente respectivo a la Unidad de Recursos Humanos para evaluar y revisar el cumplimiento de perfil para el cargo de Gerente General de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Grau Sociedad Anónima – EPS GRAU S.A.;

Que, con Proveído N° 000356-2023-OTASS-DE de fecha 19 de enero de 2024, la Dirección Ejecutiva indica como fecha de inicio de funciones del Gerente General, el 20 de enero de 2024;

Que, mediante Informe N° 000061-2024-OTASS-URH, la Unidad de Recursos Humanos, órgano a cargo del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos y del Subsistema de Gestión del Empleo, concluye que el señor Marco Tulio Vargas Trelles “cumple con la totalidad de requisitos mínimos para ser designado en el cargo de Gerente General de la EPS GRAU S.A., de acuerdo con el perfil establecido en el numeral 69.3 del artículo 69 del Reglamento del TUO de la Ley Marco”; asimismo, indica que “en mérito a las declaraciones juradas presentadas por el señor Marco Tulio Vargas Trelles, se concluye que no se encuentra impedido para ser designado como Gerente General de EPS GRAU S.A.”;

Que, con Informe Legal N° 000014-2024-OTASS-OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica concluye lo siguiente: i) En atención a la evaluación realizada por la Unidad de Recursos Humanos como responsable de conducir los procesos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos y supervisar la correcta aplicación de la normatividad vigente sobre la materia y a la conformidad otorgada por la Oficina de Administración, esta Oficina de Asesoría Jurídica concluye que es legalmente viable expedir la Resolución Directoral para designar al señor MARCO TULIO VARGAS TRELLES en el cargo de Gerente General de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Grau Sociedad Anónima – EPS GRAU S.A.; ii) La Ley del Servicio Universal de Agua Potable y Saneamiento ha establecido función del OTASS actuar como administrador de la EPS que se encuentra bajo el ámbito de la Ley General del Sistema Concursal, previo acuerdo de la Junta de Acreedores, dándosele al OTASS la facultad de designar y remover el personal de confianza de la EPS. En adición a ello, y en atención que el Director Ejecutivo del OTASS, de acuerdo con el ROF del OTASS, en su calidad de titular del pliego presupuestal, representante legal y máxima autoridad ejecutiva le corresponderá ejercer la facultad de designar y remover el personal de confianza de la EPS Grau S.A., bajo el régimen concursal, mediante el acto resolutivo correspondiente;

Con el visado de la Jefa de la Unidad de Recursos Humanos, del Jefe de la Oficina de Administración, del Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica y del Gerente General, en el marco de sus competencias;

De conformidad con las facultades conferidas a la Dirección Ejecutiva en el Decreto Legislativo N° 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley del Servicio Universal de Agua Potable y Saneamiento, y sus modificatorias, el literal k) del artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2019-VIVIENDA (Sección Primera) y la Resolución Directoral N° 010-2019-OTASS/DE (Sección Segunda); respectivamente.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Designación

Designar, a partir del 20 de enero de 2024, al señor MARCO TULIO VARGAS TRELLES identificado con DNI N° 02604745, en el cargo de Gerente General de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Grau Sociedad Anónima - EPS GRAU S.A.

Artículo 2.- Notificación

Notificar la presente Resolución al servidor citado en el artículo 1 de la presente resolución y a la Unidad de Recursos Humanos de la Oficina de Administración, para su conocimiento y fines pertinentes.

Artículo 3.- Publicidad

Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano y en el Portal Institucional del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (www.gob.pe/otass).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARLOS ERNESTO BENITES SARAVIA

Director Ejecutivo

2254690-1