Disponen la entrada en vigencia del Reglamento de Organización y Funciones del Poder Judicial Anexo 01; y los Anexos 02 03 04 05 y 06 aprobados mediante Resolución Administrativa N° 000341-2023-CE-PJ a partir del 1 de abril de 2024

Disponen la entrada en vigencia del “Reglamento de Organización y Funciones del Poder Judicial”, Anexo 01; y los Anexos 02, 03, 04, 05 y 06, aprobados mediante Resolución Administrativa N° 000341-2023-CE-PJ, a partir del 1 de abril de 2024

Consejo Ejecutivo

RESOLUCIóN ADMINISTRATIVA

N° 000006-2024-CE-PJ

Lima, 16 de enero del 2024

VISTO:

El Oficio N° 001695-2023-GG-PJ, cursado por la Gerencia General del Poder Judicial.

CONSIDERANDO:

Primero. Que, mediante Resolución Administrativa N° 000341-2023-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, entre otras medidas, aprobó el “Reglamento de Organización y Funciones del Poder Judicial”; y estableció la vigencia del referido reglamento, a partir del 1 de diciembre de 2023. Asimismo, dispuso que en un plazo de sesenta días calendario, la Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar de la Gerencia General elabore la propuesta de Manual Clasificador de Cargos y Cuadro para Asignación de Personal Provisional, que implemente el Reglamento de Organización y Funciones del Poder Judicial. Posteriormente, mediante Resolución Administrativa N° 000484-2023-CE-PJ, se dispuso diferir la entrada en vigencia del “Reglamento de Organización y Funciones del Poder Judicial”, Anexo 01; y los Anexos 02, 03, 04, 05 y 06, aprobados Resolución Administrativa N° 000341-2023-CE-PJ, hasta el 31 de enero 2024.

Segundo. Que, al respecto, la Gerencia General del Poder Judicial mediante Oficio N° 001695-2023-GG-PJ, señala a este Órgano de Gobierno que teniendo en cuenta que las vacaciones judiciales son en el mes de febrero y marzo, conforme al Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, solicita que la vigencia del Reglamento de Organización y Funciones del Poder Judicial sea a partir del 1 de abril de 2024, lo que permitirá implementar las acciones administrativas para su aplicación correspondiente.

Tercero. Que, el artículo 82, inciso 29), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprobar el Reglamento para la Organización y Funciones del Poder Judicial; por lo que siendo así, y teniendo en cuenta el propósito de brindar un mejor servicio a la ciudadanía, deviene en pertinente aprobar la propuesta presentada por la Gerencia General del Poder Judicial; disponiéndose la entrada en vigencia del “Reglamento de Organización y Funciones del Poder Judicial”, a partir del 1 de abril de 2024.

Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 027-2024 de la primera sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 10 de enero de 2024, realizada con la participación del señor Arévalo Vela, señora Barrios Alvarado, señores Bustamante Zegarra, Cáceres Valencia y Zavaleta Grández; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Disponer la entrada en vigencia del “Reglamento de Organización y Funciones del Poder Judicial”, Anexo 01; y los Anexos 02, 03, 04, 05 y 06, aprobados por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resolución Administrativa N° 000341-2023-CE-PJ, a partir del 1 de abril de 2024.

Artículo Segundo.- Notificar la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, Salas Supremas Permanentes y Transitorias, Secretaría General y Oficina de Administración de la Corte Suprema de Justicia de la República, Cortes Superiores de Justicia del país, Órgano de Control Institucional, Procuraduría Pública del Poder Judicial; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

JAVIER ARÉVALO VELA

Presidente

2254243-1