Dejan sin efecto el Decreto de Alcaldía N° 003-2006-ALC/MSI que aprobó el Reglamento del Servicio de Estacionamiento Vehicular

Dejan sin efecto el Decreto de Alcaldía N° 003-2006-ALC/MSI, que aprobó el Reglamento del Servicio de Estacionamiento Vehicular

DECRETO DE ALCALDÍA

N° 001-2024-ALC/MSI

San Isidro, 16 de enero de 2024

LA ALCALDESA DE SAN ISIDRO

VISTO: El Memorando N° 882-2023-1400-GSCTGRD/MSI de la Gerencia de Seguridad Ciudadana, Tránsito y Gestión del Riesgo de Desastres; el Informe de la Gerencia de Asesoría Jurídica N° 755-2023-0400-GAJ/MSI; y,

CONSIDERANDO:

Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de competencia, conforme lo establece el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley de Reforma Constitucional N° 30305, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley N° 27972;

Que, el artículo 42° de la Ley N° 27972, señala que: “Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal;

Que, con fecha 26 de octubre de 2005 se publicó la Ordenanza N° 131-2005-MSI, que regula la Tasa por Estacionamiento Vehicular en el distrito de San Isidro, la que fue ratificada por Acuerdo de Concejo N° 380-MML publicada el 19 de diciembre de 2005;

Que, con fecha 09 de marzo de 2006, se publicó en el Diario Oficial El Peruano, el Decreto de Alcaldía N° 003, que aprueba el Reglamento del Servicio de Estacionamiento Vehicular en el distrito de San Isidro;

Que, por Ordenanza N° 581 – MSI, de fecha 27 de abril de 2023, el Concejo Distrital de San Isidro aprobó la Tasa de Estacionamiento vehicular temporal en el distrito de San Isidro;

Que, con el objeto de otorgar a los usuarios las facilidades necesarias para el estacionamiento de sus vehículos y mantener al mismo tiempo el orden vial en el Distrito de San Isidro; con fecha 28 de agosto de 2023, mediante Ordenanza N° 582-MSI, se aprueba la Tasa de Estacionamiento Vehicular Temporal en el distrito de San Isidro, ratificada por Acuerdo de Concejo N° 274-2023-MML de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Ordenanza que deja sin efecto la Ordenanza N° 131-MSI publicada el 26 de octubre de 2005; y deroga la Ordenanza N° 581 – MSI, emitida el 27 de abril de 2023;

Que, de acuerdo a la Cuarta Disposición Complementaria de la Ordenanza N° 582-MSI, la Municipalidad podrá prestar directamente el servicio de estacionamiento vehicular temporal o a través de cualquiera de las modalidades permitidas por Ley;

Que, la Quinta Disposición Complementaria de la Ordenanza N° 582-MSI, faculta a la Alcaldesa para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones técnicas y reglamentarias que resulten necesarias para la adecuada aplicación de lo dispuesto en la acotada norma;

Estando a lo expuesto y en uso de las facultades previstas en el numeral 6 del artículo 20°, 42° y el numeral 6° del artículo 93° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972 y su modificatorias;

DECRETA:

Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO, el Decreto de Alcaldía N° 003-2006-ALC/MSI, publicada el 09 de marzo de 2006, que aprobó el Reglamento del Servicio de Estacionamiento Vehicular.

Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Gerencia de Seguridad Ciudadana, Tránsito y Gestión del Riesgo de Desastres, para que, a través de la Subgerencia de Tránsito y Movilidad Urbana, se tenga en cuenta lo resuelto en el presente Decreto de Alcaldía, así como de conocimiento a la Gerencia de Inversiones Públicas y Mantenimiento Urbano.

Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaria General, la publicación del presente Decreto en el diario Oficial El Peruano y a la Gerencia de Comunicaciones e imagen Institucional, su publicación en el portal institucional de la Municipalidad de San Isidro: www.munisanisidro.gob.pe.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

NANCY R. VIZURRAGA TORREJÓN

Alcaldesa

2253363-1