Aceptan renuncia de Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Apurímac y su designación en la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Andahuaylas

Aceptan renuncia de Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Apurímac y su designación en la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Andahuaylas

RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN

Nº 123-2024-MP-FN

Lima, 15 de enero de 2024

VISTO Y CONSIDERANDO:

El oficio Nº 008-2024-MP-FN-PJFSAPURIMAC, remitido por el abogado Rodolfo Huamán Florez, encargado del Despacho de la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Apurímac, mediante el cual eleva la carta de renuncia, así como emitiendo conformidad de la misma; del abogado René Romao Yucra Coello, al cargo de Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Apurímac y a su designación en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Andahuaylas, presentada el 03 de enero del presente año, en la mesa de partes de la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores antes citada; por motivos estrictamente personales, salud y familiares, informando que su último día de labores será el 15 de enero de 2024.

Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64° del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público.

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por el abogado René Romao Yucra Coello, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Apurímac y su designación en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Andahuaylas, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1222-2019-MP-FN, de fecha 31 de mayo de 2019; con efectividad al 16 de enero de 2024.

Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Apurímac, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Control de la Productividad Fiscal y al abogado mencionado.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JUAN CARLOS VILLENA CAMPANA

Fiscal de la Nación (i)

2253201-7