Aprueban las propuestas de actualización de la Guía para la Toma del Inventario Inicial del Centro de Transformación Primaria y de la Guía para la Verificación del Inventario Inicial en el Centro de Transformación Primaria

Aprueban las propuestas de actualización de la “Guía para la Toma del Inventario Inicial del Centro de Transformación Primaria” y de la “Guía para la Verificación del Inventario Inicial en el Centro de Transformación Primaria”

RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA

Nº D000013-2024-MIDAGRI-SERFOR-DE

Magdalena del Mar, 13 de enero de 2024

VISTOS:

El Informe Técnico Nº D000386-2023-MIDAGRI-SERFOR-DGPCFFS-DPR emitido por la Dirección de Poli?tica y Regulacio?n; el Memorando Nº D001148-2023-MIDAGRI-SERFOR-DGPCFFS de la Direccio?n General de Poli?tica y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre; y el Informe Legal Nº D000022-2024-MIDAGRI-SERFOR-GG-OGAJ de la Oficina General de Asesori?a Juri?dica, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante el artículo 13 de la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, se creó el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno y como pliego presupuestal adscrito al Ministerio de Agricultura, ahora Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego;

Que, el artículo 14 de la Ley Nº 29763, señala como funciones del SERFOR, entre otros, emitir y proponer normas y lineamientos de aplicación nacional, relacionados con la gestión, administración y uso sostenible de los recursos forestales y de fauna silvestre; así como, gestionar y promover el uso sostenible, la conservación y protección de los mismos;

Que, el artículo 120 de la Ley Nº 29763, señala que la autoridad regional forestal y de fauna silvestre (ARFFS) otorga la autorización para establecer plantas de transformación primaria y supervisa y fiscaliza su funcionamiento; asimismo, señala que, las empresas que se dedican a la transformación de la madera entregan la información de sus actividades forestales, según lo establece el reglamento de la mencionada Ley;

Que, asimismo, el artículo 127 de la Ley Nº 29763 dispone que el SERFOR desarrolla mecanismos transparentes para verificar el origen legal y la cadena de custodia de especies maderables, que incluyan los requerimientos para la supervisión del manejo y el mantenimiento de registros, con el fin de rastrear de manera confiable los especímenes desde la extracción hasta su transporte, procesamiento y exportación;

Que, a su vez, el artículo 121 de la Ley Nº 29763, refiere que el SERFOR, en su calidad de Autoridad Administrativa CITES, y la ARFFS están facultados para inspeccionar las plantas de transformación, lugares de acopio o depósitos de madera y otros productos forestales y de fauna silvestre a fin de verificar las existencias, las que son consignadas diariamente en un registro de ingresos y salidas de productos cuyas características las establece el reglamento. A su vez, refiere que los titulares o responsables de plantas de transformación de productos forestales y de fauna silvestre están en la obligación de verificar el origen legal de los productos que transforman;

Que, concordante con lo señalado, el literal b) del artículo 171 del Reglamento para la Gestión Forestal, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2015-MINAGRI, y el literal b) del artículo 106 del Reglamento para la Gestión Forestal y de Fauna Silvestre en Comunidades Nativas y Comunidades Campesinas, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2015-MINAGRI, indican que el libro de operaciones de centros y otros, es el documento en el que los titulares de los centros de transformación, lugares de acopio, depósitos y centros de comercialización de productos, subproductos y especímenes forestales, registran y actualizan obligatoriamente la información de ingresos y salidas;

Que, bajo ese marco, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva Nº D000064-2021- MIDAGRI-SERFOR-DE el SERFOR aprueba la “Guía para la Toma de Inventario Inicial en los Centros de Transformación Primaria” y la “Guía para la Verificación del Inventario Inicial en los Centros de Transformación Primaria”;

Que, posteriormente, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva Nº D000025-2023-MIDAGRI-SERFOR-DE, el SERFOR aprueba los Formatos actualizados de “Libro de operaciones de centros de transformación primaria de productos y subproductos forestales maderables”, las Instrucciones para el uso y las Instrucciones para el Registro de Información en el “Libro de operaciones de centros de transformación primaria de productos y subproductos forestales maderables”;

Que, a través de la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº D000143-2023-MIDAGRI-SERFOR-DE, el SERFOR dispone, entre otros, que el uso de los Formatos actualizados de “Libro de operaciones de centros de transformación primaria de productos y subproductos forestales maderables”, aprobados con Resolución de Dirección Ejecutiva Nº D000025-2023-MIDAGRI-SERFOR-DE, sean exigibles a partir del quince (15) de enero de 2024;

Que, bajo ese marco normativo, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva Nº D000188-2023-MIDAGRI-SERFOR-DE el SERFOR dispuso la prepublicación de los proyectos de actualización de la “Guía para la Toma de Inventario Inicial del Centro de Transformación Primaria” y de la “Guía para la Verificación del Inventario Inicial en el Centro de Transformación Primaria”, por un plazo de diez (10) días hábiles, contado a partir del di?a siguiente de su publicación en el referido Diario; a fin de recibir comentarios y/o aportes de las personas interesadas;

Que, mediante el documento del Vistos, la Direccio?n General de Poli?tica y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre, manifiesta su conformidad al Informe Técnico Nº D000386-2023-MIDAGRI-SERFOR-DGPCFFS-DPR de la Dirección de Política y Regulación y que sustenta la aprobación de las propuestas de actualización de la “Guía para la Toma del Inventario Inicial del Centro de Transformación Primaria” y de la “Guía para la Verificación del Inventario Inicial en el Centro de Transformación Primaria”; las cuales recogen los comentarios y aportes evaluados que devienen del proceso de participación ciudadana dispuesto mediante Resolución de Dirección Ejecutiva Nº D000188-2023-MIDAGRI-SERFOR-DE;

Que, por su parte, la Oficina General de Asesoría Jurídica mediante el Informe Legal Nº D000022-2024-MIDAGRI-SERFOR-GG-OGAJ y bajo el sustento técnico contenido en el Informe Técnico Nº D000386-2023-MIDAGRI-SERFOR-DGPCFFS-DPR, concluye que las propuestas de actualización de la “Guía para la Toma del Inventario Inicial del Centro de Transformación Primaria” y de la “Guía para la Verificación del Inventario Inicial en el Centro de Transformación Primaria”, cumplen con el procedimiento y las disposiciones previstas en el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, que aprueba el Reglamento que establece disposiciones relativas a la Publicidad, Publicación de Proyectos Normativos y Difusión de Normas Legales de Cara?cter General, toda vez que mediante Resolución de Dirección Ejecutiva Nº D000188-2023-MIDAGRI-SERFOR-DE se dispuso su prepublicación; en ese sentido, opina que resulta legalmente viable su aprobación mediante Resolución de Dirección Ejecutiva;

Que, conforme a lo previsto en el artículo 14 del Reglamento para la Gestión Forestal, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2015-MINAGRI, la Dirección Ejecutiva del SERFOR es la máxima autoridad ejecutiva institucional; y las normas expedidas por el SERFOR son aprobadas por dicha instancia mediante Resolución de Dirección Ejecutiva, de acuerdo a lo establecido en el literal m) del artículo 10 Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2013-MINAGRI, y su modificatoria;

Que, estando a lo señalado precedentemente, y con el visado del Director General de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre y del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

De conformidad con la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre; el Reglamento para la Gestión Forestal, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2015-MINAGRI; el Reglamento para la Gestión Forestal y de Fauna Silvestre en Comunidades Nativas y Comunidades Campesinas, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2015-MINAGRI; y el Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2013-MINAGRI, y modificado por Decreto Supremo Nº 016-2014-MINAGRI.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar las propuestas de actualización de la “Guía para la Toma del Inventario Inicial del Centro de Transformación Primaria” y de la “Guía para la Verificación del Inventario Inicial en el Centro de Transformación Primaria”; que como Anexos I y II forman parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Dejar sin efecto Resolución de Dirección Ejecutiva Nº D000064-2021-MIDAGRI-SERFOR-DE, que aprobó la “Guía para la Toma de Inventario Inicial en los Centros de Transformación Primaria” y la “Guía para la Verificación del Inventario Inicial en los Centros de Transformación Primaria”.

Artículo 3.- Disponer la notificación de la presente Resolución y sus Anexos, a la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre, para conocimiento y fines pertinentes.

Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano; así como la publicación de dicho acto resolutivo y sus Anexos en el Portal Institucional del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR (https://www.gob.pe/serfor).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Luis Alberto Gonzales Zúñiga Guzmán

Director Ejecutivo

Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre

2252722-1