Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República

Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República

RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL

Nº 000667-2023/ GOBIERNO REGIONAL TUMBES-GR

Tumbes, 20 de diciembre de 2023

VISTO:

El Memorando Nº 318-2023/GOBIERNO REGIONAL TUMBES-GGR-GRPPAT-GR, de fecha 13 de diciembre de 2023; Oficio N° 001294-2023-CG/SGE, de fecha 11 de agosto de 2023; Memorando Nº 184-2023-GOBIERNO REGIONAL TUMBES-GGR-GRPPAT-GR, de fecha 21 de agosto de 2023; Informe N° 113-2023/GOBIERNO REGIONAL TUMBES-GRI-SGO-JGT, del 28 de agosto de 2023; Informe N° 1799-2023/GOBIERNO REGIONAL TUMBES-GRI-SGO-SG; del 31 de agosto de 2023; Informe N° 2839-2023/GOBIERNO REGIONAL TUMBES-GRI-SGO-SG; del 23 de noviembre de 2023; Oficio N° 5312-2023-ANC-MP-J, del 26 de octubre de 2023; Oficio Circular N° 055-2023-ANC-MP-J, del 24 de noviembre de 2023; Informe Técnico N| 147-2023/GOBIERNO REGIONAL TUMBES-GRPPAT-SGP-SG, del 06 de diciembre de 2023; Memorando Nº 143-2023/ GOBIERNO REGIONAL TUMBES-GGR-GRPPAT-GR, de fecha 10 de julio de 2023; Oficio Nº 000974-2023-CG/SGE, de fecha 29 de mayo de 2023; y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 31358 Ley que Establece Medidas para la Expansión del Control Concurrente, señala en su Artículo Primero Objeto de la Ley: que la ejecución de inversiones que genere el desembolso de recursos públicos y/o garantías financieras o no financieras por parte del estado, lo que incluye a las obras públicas, las inversiones mediante los mecanismos de obras por impuestos y asociaciones públicos privadas u otros mecanismos de inversión, a cargo de los pliegos del gobierno nacional, regional y local, entidades de tratamiento empresarial públicas en el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE), fondos y toda entidad o empresa bajo el ámbito del Sistema Nacional de control, cuyos montos superen los diez millones de soles, son objeto de control concurrente por parte de la Contraloría General de la República; destinando para su financiamiento hasta el 2% (dos por ciento) de su valor total desde la fase de formulación y evaluación, incorporando dentro de su estructura de costos, como costos indirectos u otros costos, un rubro denominado Control Concurrente, el cual corresponde al financiamiento de las acciones a ser efectuadas por la Contraloría General de la República bajo dicha modalidad de control gubernamental; habilitando el rubro Control Concurrente dentro de la genérica de gasto 2.6 Adquisición de Activos No Financieros de la Categoría del Gasto de Capital, con cargo al presupuesto institucional de las entidades, como parte de la estructura de componentes a ejecutar.

Que, asimismo, en la citada Ley, señala que toda ejecución de cualquier iniciativa de contratación de bienes y servicios que no constituyan inversión, por parte de los pliegos del gobierno nacional, regional y local, entidades de tratamiento empresarial, empresas públicas en el ámbito del FONAFE, fondos y toda entidad o empresa bajo el ámbito del Sistema Nacional de Control, cuyos montos convocados superen los diez millones de soles, son objeto de control concurrente por parte de la Contraloría General de la República. Para este efecto, los pliegos comprendidos en dicha modalidad de control gubernamental deben destinar para su financiamiento hasta el 2% del monto convocado con cargo a su presupuesto institucional en la categoría de gasto corriente.

Que, para el cumplimiento de implementar lo dispuesto en la Ley Nº 31358, autorizase a los pliegos involucrados del gobierno nacional, regional y locales, a cargo de las intervenciones a que se refieren los artículos 1 y 3 de la antes mencionada Ley, a realizar modificaciones presupuestales en el nivel funcional programático para habilitar la genérica de gasto 2.4 Donaciones y Transferencias tanto para la categoría de gasto corriente y gasto de capital, quedando exceptuadas de las restricciones presupuestarias en el marco de los establecido en la leyes anuales de presupuesto, a fin de poder realizar transferencias financieras a favor del pliego 019 – Contraloría General de la República, a solicitud de dicha entidad fiscalizadora superior, conforme a los cronogramas de ejecución de obras anuales valorizadas vigentes, programa de ejecución de obras, planes de inversión, plan anual de contrataciones o documentos de similar naturaleza;

Que, mediante Oficio Nº 001294-2023-CG/SGE, de fecha 11 de agosto de 2023, el Secretario General de la Contraloría General de la República, en el marco de los alcances de la Décima Disposición Complementaria Modificatoria de la Ley N° 31640, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2023, que modifica el Artículo 1 de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, se ha priorizado inversiones a cargo de la Ejecutora 001 Sede Central, cuyo monto de inversión se encuentra en el rango mayor a los cinco millones y 00/100 soles (S/ 5,000,000.00) y menor o igual a los Diez Millones y 00/100 (10,000,000.00), y con la finalidad de desplegar los servicios de control gubernamental a las inversiones priorizadas; esta Entidad Fiscalizadora Superior ha determinado el costo de control concurrente (CCC), considerando el costo de inversión actualizado registrado en el Sistema de Seguimiento de Inversiones (SSI) del MEF, con fecha de corte al 01 de agosto de 2023, de conformidad a los criterios establecido en la Directiva N° 018-2022-CG/GMPL, aprobada mediante Resolución Contralora N° 275-2022-CG y modificada por Resolución Contralora N° 139-2023-CG. Precisando que en cumplimiento a lo dispuesto en la Septuagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31638 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, la entidad Regional deberá efectuar la transferencia financiera a favor del Pliego 019: Contraloría General, correspondiendo al 1% del saldo de inversión por ejecutar; asimismo, el saldo restante (CCC 1%) conforme a los señalado en el referido dispositivo, deberá ser transferido al Pliego 022: Ministerio Público a cargo de la Unidad Ejecutora Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público:

Que, con Memorando Nº 184-2023/GOBIERNO REGIONAL TUMBES-GGR-GRPPAT-GR, de fecha 21 de agosto de 2023, el Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial solicita a la Gerencia Regional de Infraestructura la actualización en el banco de inversiones de la Obras: CUI: 2573227 “Mejoramiento y Ampliación de los Servicios Operativos o Misionales Institucionales en el Gobierno Regional de Tumbes de la Provincia de Tumbes del Departamento de Tumbes”; y CUI 2596688 “Reforzamiento Estructural de Talud; en (la) los Cerros del Sector Mal Paso Ingreso a Caleta Grau por Deslizamiento en el Distrito de Zorritos Provincia de Contralmirante Villar, Departamento Tumbes”; realizar la actualización que corresponda en el Banco de Inversiones; de acuerdo a los solicitado por la Contraloría General de la República, para efectuar la transferencia financiera a favor de dicha Entidad Superior de Control; e informar con el carácter de urgente, con la finalidad de que se realicen las acciones administrativas que correspondan para hacer efectiva dicha transferencia;

Con Informe N° 113-2023/GOBIERNO REGIONAL TUMBES-GRI-SGO-JGT, de fecha 28 de agosto de 2023 e Informe N° 1799-2023/GOBIERNO REGIONAL TUMBES-GRI-SGO-SG, de fecha 31 de agosto de 2023; y Informe N° 2839-2023/GOBIERNO REGIONAL TUMBES-GRI-SGO-SG, del 23 de noviembre de 2023; informan que el proyecto con CUI 2573227 “ Mejoramiento y Ampliación de los Servicios Operativos Misionales Institucionales en el Gobierno Regional Tumbes, Distrito de Tumbes de la Provincia de Tumbes del Departamento de Tumbes”, se ha programado su ejecución física para el siguiente año Fiscal 2024, siendo el proyecto habilitador de recursos para otros proyectos priorizados; situación y programación financiera actualizado en el Banco de Inversión de la Unidad Ejecutora de Inversiones (UEI);

Con Oficio N° 5312-2023-ANC-MP-J, de fecha 26 de octubre de 2023; el Jefe de la Autoridad Nacional de Control, solicita transferencia financiera a favor del Pliego 022: Ministerio Público – Unidad Ejecutora 012: Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público (UE 012: ANC-MP); y con Oficio Circular N° 055-2023-ANC-MP-J, de fecha 24 de noviembre de 2023, comunica el Jefe de la Autoridad Nacional de Control que las áreas responsables de procesar las transferencias financieras a favor del Pliego 022: Ministerio Público, se haga vinculándola financieramente a su Unidad Ejecutora (UE: 012-1745 ANC-MP Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público;

Con Informe Técnico N° 147-2023/GOBIERNO REGIONAL TUMBES-GRPPAT-SGP-SG, de fecha 06 de diciembre de 2023, la Sub Gerencia de Presupuesto comunica la disponibilidad presupuestal para realizar la transferencia financiera a la Contraloría General de la República por el monto de S/ 63,998.00 (Sesenta y Tres Mil Novecientos Noventa y Ocho y 00/100 Soles); y la transferencia financiera al Ministerio Público por el monto de S/ 63,998.00 (Sesenta y Tres Mil Novecientos Noventa y Ocho y 00/100 Soles); con la respectiva cadena funcional programática; que corresponde hasta el 2% de su valor total, incorporando dentro de su estructura de costo, como costo indirectos u otros costos, en el rubro denominado control concurrente el cual corresponde al financiamiento de las acciones a ser efectuadas por la Contraloría General de la República, bajo dicha modalidad de control gubernamental; correspondiéndole 1% a la Contraloría de la República y el saldo restante del 1% a ser transferido al Pliego 022: Ministerio Público de acuerdo a lo señalado en la Septuagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley de Presupuesto para el Año Fiscal 2023; y la Directiva Nº 018-2022-CG/GML, modificada por la Resolución de Contraloría N° 139-2023-CG.

Que, por las consideraciones expuestas en los considerandos procedentes, es necesario que la Oficina Regional de Administración impulse las acciones administrativas, para hacer efectiva la transferencia financiera hasta por la suma total de S/ 127,997.00 a favor de los Pliegos mencionados en el párrafo que antecede, en el marco de la Ley Nº 31358, Ley que Establece Medidas para la Expansión del Control Concurrente, y Directiva Nº 018-2022-CG/GMPL, aprobada con Resolución de Contraloría Nº 275-2022-CG, “Directiva Externa que Establece Disposiciones Complementarias de la Ley Nº 31358, Ley que establece Medidas para la Expansión del Control Concurrente”, y Septuagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31638 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, siguiendo el procedimiento para la transferencia financiera a las Entidades Fiscalizadoras y de Control Superior;

Que, de acuerdo con lo establecido en el Decreto Legislativo 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, Artículo 2°, de los Principios, numeral 2.2, precisa; el principio de legalidad y el de presunción de veracidad son aplicables al Sistema Nacional de Presupuesto Público. Indicando además que el presente acto resolutivo, no convalida ningún acto, acciones o gastos que no se ciñan a lo expuesto en los párrafos precedentes, o a la normatividad vigente;

En uso de las atribuciones conferidas al Gobernador Regional del Gobierno Regional del Departamento de Tumbes, mediante la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias; con los vistos de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Gerencia General Regional, Oficina Regional de Administración, Oficina Regional de Asesoría Jurídica y Secretaría General Regional del Pliego 461: GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE TUMBES;

De, conformidad con el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Directiva N° 0005-2022-EF/50.01 denominada “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por Resolución Directoral N° 0023-2022-EF/50.01.

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- AUTORIZAR

A la Oficina Regional de Administración para que a través de la Oficina de Tesorería efectúe la Transferencia Financiera hasta por la suma de SESENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES (S/ 63,998.00), a favor del Pliego 019 Contraloría General de la República;

Artículo Segundo.- AUTORIZAR

A la Oficina Regional de Administración para que a través de la Oficina de Tesorería efectúe la transferencia financiera hasta por la suma de SESENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES; (S/ 63,998.00), a favor del Pliego 022 Ministerio Público – Unidad Ejecutora 012-1745 ANC – MP Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público.

Artículo Tercero.- Estas transferencias se efectúan en el marco de la Ley Nº 31358, Ley que Establece Medidas para la Expansión del Control Concurrente, y Directiva Nº 018-2022-CG/GMPL, aprobada con Resolución de Contraloría Nº 275-2022-CG, “Directiva Externa que Establece Disposiciones Complementarias de la Ley Nº 31358, Ley que establece Medidas para la Expansión del Control Concurrente”; y Septuagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31638 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, siguiendo el procedimiento dispuesto para la transferencia financiera a otras Unidades del Gobierno Nacional.

Artículo Cuarto.- SECUENCIA FUNCIONAL

Correlativa : 0273

Categoría Presupuestaria : 1

Programa : 0068

Producto/Proyecto : 2596688

Actividad /AI/ Obra : 6000053

Función : 05

División Funcional : 016

Grupo Funcional : 0035

Finalidad : 0348747

Meta : 00001

Fuente de Financiamiento : 5. Recursos Determinados

Rubro : 15. Fondo de Compensación Regional-FONCOR

Monto : S/ 127,996.00

Específica de Gasto : 2.4.2.3.1.1 Otras Unidades del Gobierno Nación

Artículo Segundo.- Transcríbase la presente Resolución a la Contraloría General de la República, Dirección Nacional de Contabilidad Pública, Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, así como a las instancias del Pliego 461: Gobierno Regional del Departamento de Tumbes, Gobernación Regional, Gerencia General Regional, Oficina Regional de Asesoría Jurídica, Secretaría General Regional, Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Oficina Regional de Administración, Oficina de Contabilidad y Oficina de Tesorería.

Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.

A. ROSARIO PALACIOS PALACIOS DE DE LAMA

Gobernadora Regional (e)

2249198-1