Autorizan transferencia financiera del Pliego de la Universidad Nacional Federico Villarreal al Pliego de la Contraloría General de la República

Autorizan transferencia financiera del Pliego de la Universidad Nacional Federico Villarreal al Pliego de la Contraloría General de la República

UNIVERSIDAD NACIONAL

FEDERICO VILLARREAL

RESOLUCIÓN R. Nº 2641-2023-UNFV

San Miguel, 10 de noviembre de 2023

Visto, el Expediente NT 71339-2023, que contiene los actuados respecto a la Transferencia Financiera para el Control Gubernamental a la Contraloría General de la República, en el marco de la Ley Nº 31358; y

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 31638 se aprobó el Presupuesto del Sector Público correspondiente al Año Fiscal 2023 y con Resolución R. Nº 1202-2022-CU-UNFV, de fecha 27.12.2022, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de la Universidad Nacional Federico Villarreal para el Año Fiscal 2023;

Que, mediante Oficio Nº 1436-2023-CG/SGE de fecha 05.10.2022, la Contraloría General de la República – CGR, señala que, en el marco de los alcances de la Ley Nº 31358 Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, dicha Entidad Fiscalizadora Superior (EFS) ha priorizado en la Universidad nuevas inversiones para las cuales se ha determinado el costo del control concurrente; asimismo, se ha actualizado el costo de concurrente de inversiones requeridas anteriormente, conforme a lo señalado en el anexo adjunto al presente, con la finalidad de desplegar los servicios de control gubernamental en las referidas inversiones, para ello, se ha considerado la información del Sistema de Seguimiento de Inversiones (SSI) del MEF, con fecha de corte al 14 de setiembre de 2023, conforme a los criterios establecidos en la Directiva Nº 018-2022-CG/GMPL1. En ese sentido, se solicita proceder a efectuar la transferencia financiera a favor del Pliego 019: Contraloría General, en el plazo de quince (15) días hábiles desde el día siguiente de recibida la presente solicitud. Para tal efecto, debe tener en cuenta los alcances del artículo 4 de la Ley Nº 31358, asimismo, una vez efectuada dicha transferencia, deberán comunicar a esta EFS.

El monto requerido por la Contraloría General de la República señalado en el anexo referido líneas arriba es el que se muestra en el siguiente cuadro:

En Soles

ITEM

RANGO DE COSTO DE INVERSIÓN

SOLICITUD

CUI

NOMBRE DE LA INVERSIÓN

COSTO DE CONTROL CONCURRENTE

MONTO A TRANSFERIR A LA CGR

1

>10M

ADICIONAL

2413480

MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS ACADÉMICOS DE INVESTIGACIÓN Y ADMINISTRATIVOS DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA ELECTRÓNICA E INFORMÁTICA DE LA UNFV, PREDIO 18 CALLAO DEL DSITRITO DEL CALLAOPROVINCIA DE CALLAO - DEPARTAMENTO DE CALLAO

137,989,00

137,989,00

TOTAL

137,989.00

137,989.00

Que, mediante Ley Nº 31358 Ley Establece Medidas para la Expansión del Control Concurrente, se autoriza a la Contraloría General de la República a ejecutar servicios de control concurrente a los gastos de inversión mayores a diez millones de soles, a cargo de los pliegos del gobierno nacional, regional y local, entidades de tratamiento empresarial, empresas públicas en el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE), fondos y toda entidad o empresa bajo el ámbito del Sistema Nacional de Control. Asimismo, para el financiamiento de este mecanismo de control se autoriza que las entidades comprendidas, efectúen transferencias financieras a favor del Pliego 019: Contraloría General, a solicitud de esta Entidad Fiscalizadora Superior, hasta por el monto del 2% del valor total de la inversión por ejecutar, y siendo que para su cumplimiento, autorizar a los pliegos involucrados del gobierno nacional, regional y locales, a cargo de las intervenciones a que se refieren los artículos 1 y 3 de la referida Ley, a realizar modificaciones presupuestales en el nivel funcional programático para habilitar la genérica de gasto 2.4 Donaciones y transferencias tanto para la categoría de gasto corriente y gasto de capital, quedando exceptuadas de las restricciones presupuestarias en el marco de lo establecido en las leyes anuales de presupuesto;

Que, mediante Oficio Nº 2773-2023-OCPL-UNFV de fecha 25.10.2023, la Jefa de la Oficina de Planificación, entre otros informa que, luego de la consulta al Ministerio de Economía y Finanzas, y respecto a la solicitud de transferencia financiera para el control gubernamental en el marco de la Ley Nº 31358, el importe informado se reducirá en S/ 137,989.00 con el objeto de dar cumplimiento a lo requerido por la Contraloría General de la República, quedando dicha proyección al 31.12.2023 en S/ 1,237,858.96. Asimismo, se informa que se ha procedido a realizar la habilitación presupuestal en la Meta Nº 0033 y el componente “Control Concurrente” en el proyecto CUI 2413480, por el importe de S/ 137,989.00, para lo cual se adjunta la Nota de Modificación Presupuestaria Nº 0639;

En mérito a la opinión de la Oficina Central de Planificación contenida en el Oficio Nº 2773-2023-OCPL-UNFV de fecha 25.10.2023; a lo señalado por la Dirección General de Administración en el Oficio Nº 1059-2023-DIGA-UNFV de fecha 27.10.2023, y a lo dispuesto por la señora Rectora en el Proveído Nº 5002-2023-R-UNFV de fecha 02.11.2023; y de conformidad con la Ley Nº 30220 - Ley Universitaria, el Estatuto, el Reglamento General de la Universidad Nacional Federico Villarreal, la Resolución R. Nº 9709-2021-UNFV de fecha 31.12.2021 y la Resolución R. Nº 479-2022-CU-UNFV de fecha 27.06.2022;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Autorizar una transferencia financiera del Pliego de la Universidad Nacional Federico Villarreal al Pliego de la Contraloría General de la República por la suma de S/ 137,989.00 para financiar el despliegue de las acciones de control concurrente en el proyecto de inversión CUI Nº 2413480.

Artículo Segundo.- Publíquese la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el portal Institucional de la Universidad.

Artículo Tercero.- La Dirección General de Administración, así como la Oficina Central de Planificación, dictarán las medidas necesarias para el cumplimiento de la presente resolución.

Regístrese, comuníquese y archívese.

CRISTINA ASUNCIÓN ALZAMORA RIVERO

Rectora

ENRIQUE IVAN VEGA MUCHA

Secretario General

2250899-1