Aprueban la Norma Técnica denominada Disposiciones para la implementación de las intervenciones y acciones pedagógicas del Ministerio de Educación en los Gobiernos Regionales Gobiernos Locales y Lima Metropolitana en el Año Fiscal 2024

Aprueban la Norma Técnica denominada “Disposiciones para la implementación de las intervenciones y acciones pedagógicas del Ministerio de Educación en los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y Lima Metropolitana en el Año Fiscal 2024”

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 009-2024-MINEDU

Lima, 5 de enero del 2024

VISTOS, los documentos que conforman el Expediente Nº UPP2023-INT-0537654; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 3 de la Ley Nº 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, establece que el sector educación se encuentra bajo la conducción y rectoría del Ministerio de Educación;

Que, asimismo, de acuerdo al literal a) del numeral 2 del artículo 5 de la Ley Nº 31224, el Ministerio de Educación, dentro del ámbito de su competencia, tiene dentro de sus funciones técnico-normativas, la de aprobar las disposiciones normativas vinculadas con sus ámbitos de competencia;

Que, el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado;

Que, el literal h) del artículo 80 de la Ley Nº 28044, establece que es función del Ministerio de Educación, definir las políticas sectoriales de personal, programas de mejoramiento del personal directivo, docente y administrativo del sector e implementar la Carrera Pública Magisterial;

Que, el numeral 94.1 del artículo 94 de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, dispone que en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, se han asignado recursos en los gobiernos regionales y gobiernos locales, hasta por la suma de S/ 560 717 746,00 (QUINIENTOS SESENTA MILLONES SETECIENTOS DIECISIETE MIL SETECIENTOS CUARENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES), para financiar las intervenciones y acciones pedagógicas, de acuerdo a las condiciones o disposiciones complementarias para la ejecución de los recursos que apruebe el Ministerio de Educación, mediante Resolución Ministerial, hasta el 05 de enero de 2024;

Que, mediante el Informe Nº 00002-2024-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica, a partir de la información remitida por la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar, la Dirección General de Educación Básica Regular, la Dirección General de Desarrollo Docente, la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural, la Dirección General de Servicios Educativos Especializados, la Dirección General de Educación Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística y la Oficina de Tecnologías de la Información y Comunicación del Ministerio de Educación, y que forma parte del expediente de Vistos, en el marco de lo establecido en los numerales 94.1 y 94.3 del artículo 94 de la Ley Nº 31953, sustenta y propone la aprobación de la Norma Técnica denominada “Disposiciones para la implementación de las intervenciones y acciones pedagógicas del Ministerio de Educación en los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y Lima Metropolitana en el Año Fiscal 2024”, que orienta la adecuada implementación y ejecución de las intervenciones y acciones pedagógicas en las Unidades Ejecutoras de Educación de los Pliegos Gobiernos Regionales y Lima Metropolitana, así como en los Gobiernos Locales de Pebas, Urarinas, Napo, Sepahua y Atalaya – Raimondi, durante el Año Fiscal 2024; precisando que desde el punto de vista de planificación, se encuentra alineada con los objetivos estratégicos e institucionales del Sector Educación; y, desde el punto de vista presupuestal, para su implementación se cuenta con los recursos necesarios en el Presupuesto Institucional de los pliegos Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales así como en el Pliego 010: M. de Educación; sin irrogar gastos adicionales al Tesoro Público, al encontrarse dentro de los alcances del artículo 94 de la Ley Nº 31953;

Que, asimismo, conforme se desprende del expediente de Vistos, la propuesta de Norma Técnica cuenta con opinión favorable de la Dirección General de Gestión Descentralizada del Ministerio de Educación, conforme lo establece el artículo 4 de la Resolución Ministerial Nº 176-2021-MINEDU, que aprueba la Norma Técnica “Orientaciones para la Organización y Funcionamiento de las Direcciones Regionales de Educación (DRE) y Unidades de Gestión Educativa Local (UGEL)”;

Que, con el Informe Nº 00015-2024-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Educación, en el marco del análisis legal efectuado y teniendo en cuenta la documentación que obra en el expediente de Vistos, opina que la aprobación de la citada Norma Técnica resulta legalmente viable, sugiriendo proseguir con el trámite correspondiente para su aprobación;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Ley Nº 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación y el Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la Norma Técnica denominada “Disposiciones para la implementación de las intervenciones y acciones pedagógicas del Ministerio de Educación en los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y Lima Metropolitana en el Año Fiscal 2024”, la misma que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Los recursos a los que se refiere el numeral 94.1 del artículo 94 de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, no deben destinarse a fines distintos de aquellos para los cuales fueron asignados, bajo responsabilidad, debiendo ejecutarse conforme a las condiciones o disposiciones que para tal efecto establece el Ministerio de Educación y a la normatividad de la materia.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (http://www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Miriam Ponce Vertiz

Ministra de Educación

2250771-1