Designan Fiscales Adjuntos en la Fiscalía Superior Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios del Distrito Fiscal Del Santa y en la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios del Distrito Fiscal del Santa

Designan Fiscales Adjuntos en la Fiscalía Superior Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios del Distrito Fiscal Del Santa y en la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios del Distrito Fiscal del Santa

RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN

Nº 018-2024-MP-FN

Lima, 4 de enero de 2024

VISTO Y CONSIDERANDO:

El oficio Nº 1445-2023-FSC-EFICCOP-MP-FN, cursado por la abogada Marita Sonia Barreto Rivera, Fiscal Superior Provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, Coordinadora del Equipo Especial de Fiscales contra la corrupción del poder, mediante el cual eleva la solicitud de retorno a su cargo de carrera de acuerdo a su título de nombramiento, expedido por el entonces Consejo Nacional de la Magistratura, del abogado Fredy Gutiérrez Crespo, Fiscal Adjunto Superior Titular Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios del Santa, Distrito Fiscal Del Santa, designado en el Equipo Especial de Fiscales contra la corrupción del Poder, por razones personales.

El numeral 3 del artículo 65 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modificado por Ley Nº 31718, señala que corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fiscales provisionales de todos los niveles, siguiendo los criterios establecidos en la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, como son el orden de antigüedad, especialidad y experiencia en las funciones a desempeñar. Asimismo, según el numeral 4 del citado artículo la Fiscalía de la Nación tiene entre sus atribuciones la designación, según corresponda, de los fiscales titulares y provisionales en el órgano fiscal respectivo o plaza específica sobre la base del desempeño, experiencia y otros.

Según el numeral 64.2 de la ley Nº 30483, también modificada mediante Ley Nº 31718, establece que los fiscales provisionales son aquellos fiscales titulares que ocupan en caso de vacancia, licencia o impedimento el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen con los requisitos para el nivel que se les designa. Así, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que, la “suplencia o provisionalidad como tal, constituye una situación que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no tiene titularidad alguna”; ello se complementa con el fundamento de que la incorporación a la carrera fiscal de los fiscales provisionales no titulares, no se ha efectuado conforme a lo establecido en los artículos 150 y 154 de la Constitución Política del Perú; por lo cual la provisionalidad de los fiscales tiene naturaleza temporal.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha señalado que no existe una equiparación entre los magistrados nombrados por concurso y los provisionales, dado que la provisionalidad es limitada en el tiempo y siempre sujeta a condición resolutoria. Asimismo, dicho tribunal destacó la diferencia en el ordenamiento interno peruano entre fiscales provisionales y fiscales provisionales no titulares (Caso Casa Nina vs. Perú). Respecto a la provisionalidad la Corte ha señalado que esta “no debe extenderse indefinidamente en el tiempo y debe estar sujeta a una condición resolutoria”. Es aquí, en que se destaca la comprensión de la condición resolutoria, desarrollada por la Corte, que “sería la extinción de la causa que motivó la ausencia o separación temporal de la funcionaria o el funcionario titular, o el cumplimiento de un plazo predeterminado por la celebración y conclusión de un concurso público para proveer los reemplazos de carácter permanente”.

El Fiscal de la Nación Interino como titular de la institución es el responsable de dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público; por lo que, en mérito a lo expuesto en los párrafos precedentes, resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente a efectos de retornar al abogado Fredy Gutiérrez Crespo a su cargo de carrera de acuerdo a su título de nombramiento, expedido por el entonces Consejo Nacional de la Magistratura y deberá darse por concluido al personal fiscal que ocupa provisionalmente su plaza, a quien se le deberá designar en un despacho fiscal de acuerdo a su título de nombramiento, tomando en consideración el oficio Nº 18808-2023-MP-FN-FSNCEDCF.

Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 65 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modificado por la Ley Nº 31718.

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Dar por concluida la designación del abogado Fredy Gutiérrez Crespo, Fiscal Adjunto Superior Titular Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios del Santa, Distrito Fiscal Del Santa, en el Equipo Especial de Fiscales contra la corrupción del Poder, así como la prórroga de la vigencia de dicha designación, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación N.ros 1578-2022-MP-FN y 3503-2023-MP-FN, de fechas 27 de julio de 2022 y 15 de diciembre de 2023, respectivamente.

Artículo Segundo.- Dar por concluido el nombramiento del abogado Carlos Alberto Zárate Medina, como Fiscal Adjunto Superior Provisional del Distrito Fiscal Del Santa, y su designación en el Despacho de la Fiscalía Superior Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios del Distrito Fiscal Del Santa, así como las prórrogas de la vigencia de su nombramiento y designación, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación N.ros 2756-2022-MP-FN y 3634-2023-MP-FN, de fechas 20 de diciembre de 2022 y 27 de diciembre de 2023, respectivamente.

Artículo Tercero.- Dar por concluido el nombramiento del abogado Manuel Eduardo Lucas Blas, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal Del Santa, y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios del Distrito Fiscal del Santa, así como las prórrogas de la vigencia de su nombramiento y designación, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación N.ros 212-2023-MP-FN y 3634-2023-MP-FN, de fechas 26 de enero y 27 de diciembre de 2023, respectivamente.

Artículo Cuarto.- Designar al abogado Fredy Gutiérrez Crespo, Fiscal Adjunto Superior Titular Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios del Santa, Distrito Fiscal Del Santa, en el Despacho de la Fiscalía Superior Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios del Distrito Fiscal Del Santa.

Artículo Quinto.- Designar al abogado Carlos Alberto Zárate Medina, Fiscal Adjunto Provincial Titular Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios (Corporativo) de Santa, Distrito Fiscal Del Santa, en el Despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios del Distrito Fiscal del Santa.

Artículo Sexto.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Coordinación del Equipo Especial de Fiscales contra la corrupción del poder, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Lima Centro y Santa, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Control de la Productividad Fiscal y a los abogados mencionados.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JUAN CARLOS VILLENA CAMPANA

Fiscal de la Nación (i)

2250333-1