Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República

Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República

RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL

Nº 000591-2023/GOBIERNO REGIONAL TUMBES-GR

Tumbes, 10 de noviembre de 2023

VISTO:

El Memorando N° 265-2023/GOBIERNO REGIONAL TUMBES-GGR-GRPPAT-GR, de fecha 07 de noviembre de 2023; Informe Técnico N° 136-2023/GOBIERNO REGIONAL TUMBES-GRPPAT-SGP-SG, de fecha 03 de noviembre de 2023; Oficio N.º 001245-2023-CG/SGE, de fecha 11 de agosto de 2023; y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 31358 Ley que Establece Medidas para la Expansión del Control Concurrente, señala en su Artículo Primero Objeto de la Ley: que la ejecución de inversiones que genere el desembolso de recursos públicos y/o garantías financieras o no financieras por parte del estado, lo que incluye a las obras públicas, las inversiones mediante los mecanismos de obras por impuestos y asociaciones públicos privadas u otros mecanismos de inversión, a cargo de los pliegos del gobierno nacional, regional y local, entidades de tratamiento empresarial públicas en el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE), fondos y toda entidad o empresa bajo el ámbito del Sistema Nacional de control, cuyos montos superen los diez millones de soles, son objeto de control concurrente por parte de la Contraloría General de la República; destinando para su financiamiento hasta el 2% (dos por ciento) de su valor total desde la fase de formulación y evaluación, incorporando dentro de su estructura de costos, como costos indirectos u otros costos, un rubro denominado Control Concurrente, el cual corresponde al financiamiento de las acciones a ser efectuadas por la Contraloría General de la República bajo dicha modalidad de control gubernamental; habilitando el rubro Control Concurrente dentro de la genérica de gasto 2.6 Adquisición de Activos No Financieros de la Categoría del Gasto de Capital, con cargo al presupuesto institucional de las entidades, como parte de la estructura de componentes a ejecutar.

Que, asimismo, en la citada Ley, señala que toda ejecución de cualquier iniciativa de contratación de bienes y servicios que no constituyan inversión, por parte de los pliegos del gobierno nacional, regional y local, entidades de tratamiento empresarial, empresas públicas en el ámbito del FONAFE, fondos y toda entidad o empresa bajo el ámbito del Sistema Nacional de Control, cuyos montos convocados superen los diez millones de soles, son objeto de control concurrente por parte de la Contraloría General de la República. Para este efecto, los pliegos comprendidos en dicha modalidad de control gubernamental deben destinar para su financiamiento hasta el 2% del monto convocado con cargo a su presupuesto institucional en la categoría de gasto corriente.

Que, para el cumplimiento de implementar lo dispuesto en la Ley Nº 31358, autorizase a los pliegos involucrados del gobierno nacional, regional y locales, a cargo de las intervenciones a que se refieren los artículos 1 y 3 de la antes mencionada Ley, a realizar modificaciones presupuestales en el nivel funcional programático para habilitar la genérica de gasto 2.4 Donaciones y Transferencias tanto para la categoría de gasto corriente y gasto de capital, quedando exceptuadas de las restricciones presupuestarias en el marco de los establecido en la leyes anuales de presupuesto, a fin de poder realizar transferencias financieras a favor del pliego 019 – Contraloría General de la República, a solicitud de dicha entidad fiscalizadora superior, conforme a los cronogramas de ejecución de obras anuales valorizadas vigentes, programa de ejecución de obras, planes de inversión, plan anual de contrataciones o documentos de similar naturaleza;

Que, mediante Oficio Nº 001245-2023-CG/SGE, de fecha 11 de agosto de 2023, el Secretario General de la Contraloría General de la República, manifiesta que en el marco de los alcance de la Ley 31358 Ley que establece Medidas para la Expansión del Control Concurrente, esta Entidad Fiscalizadora Superior (EFS), el Gobierno Regional Tumbes ha priorizado nuevas inversiones para los cuales se ha determinado el costo de control concurrente, actualizando el costo de concurrente de inversiones requeridos anteriormente, conforme a lo señalado en el Anexo adjunto, con la finalidad de desplegar los servicios de control gubernamental en las referidas inversiones, considerándose la información del Sistema de Seguimiento de Inversiones (SSI) del MEF, con fecha de corte del 14 de setiembre de 2023, conforme a los criterios establecidos en la Directiva N° 018-2022-CG/GMPL;

En ese sentido, solicitan al Gobierno Regional Tumbes efectuar la transferencia financiera a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República (Unidad Ejecutora 001-196 Contraloría General), por lo que solicita transferencias financieras para el Control Gubernamental de los siguientes proyectos: CUI: 2589170 “Mejoramiento de los Servicios Operativos o Misiones Institucionales en la Unidad de Maquinaria Pesada de los Gobiernos Locales para la atención de Desastres - Distrito Tumbes, Provincia de Tumbes del Departamento de Tumbes”, por un monto de S/ 324,407.00; CUI 2595230 “Reparación de Pista y Vereda en el (la) PE 1N (Av Tumbes Cuadra 1, 2, 3, 4, 5, y 6) Distrito de Tumbes, Provincia de Tumbes del Departamento de Tumbes, por un monto de S/ 294,609.00;

Que, con Memorando del Visto el Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial Encargado, comunica que, la Gerencia Regional de Infraestructura se le ha solicitado realizar la actualización que corresponda en el banco de inversiones de acuerdo a lo solicitado por Contraloría General de la República; disponiendo a la vez a la Sub Gerencia de Presupuesto realizar la modificación presupuestal en el nivel funcional programático para habilitar la genérica de gasto 2.4 Donaciones y Transferencias, Acción de Inversión 6000053 Control Concurrente, en la finalidad 0348747 Control Concurrente y en la específica de gasto 2.4.2.3.1.1. A Otras Unidades del Gobierno Nacional, a fin de que puedan hacer efectiva la transferencia financiera correspondiente; para la proyección del acto resolutivo en aplicación del mecanismo de control gubernamental en las inversiones establecido en la Ley N° 31358 Ley que Establece Medidas para la Expansión del Control Concurrente; y se destina para su financiamiento hasta el 2% (dos por ciento), desde la fase de formulación y evaluación, incorporando dentro de su estructura de costos, un rubro denominado Control Concurrente, el cual corresponde al financiamiento de las acciones a ser efectuadas por la Contraloría General de la República bajo dicha modalidad de control gubernamental;

Que, por las consideraciones expuestas en los considerandos procedentes, es necesario que la Oficina Regional de Administración impulse las acciones administrativas, para hacer efectiva la transferencia financiera hasta por la suma de S/ 619,016.00 (SEISCIENTOS DIECINUEVE MIL DIECISEIS Y 00/100 SOLES) a favor de la Contraloría General de la Republica, en el marco de la Ley Nº 31358, Ley que Establece Medidas para la Expansión del Control Concurrente, y Directiva Nº 018-2022-CG/GMPL, aprobada con Resolución de Contraloría Nº 275-2022-CG, “Directiva Externa que Establece Disposiciones Complementarias de la Ley Nº 31358, Ley que establece Medidas para la Expansión del Control Concurrente”, siguiendo el procedimiento para la transferencia financiera a la Entidad de control nacional;

Que, de acuerdo con lo establecido en el Decreto Legislativo 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, Artículo 2°, de los Principios, numeral 2.2, precisa; el principio de legalidad y el de presunción de veracidad son aplicables al Sistema Nacional de Presupuesto Público. Indicando además que el presente acto resolutivo, no convalida ningún acto, acciones o gastos que no se ciñan a lo expuesto en los párrafos precedentes, o a la normatividad vigente;

En, uso de las atribuciones conferidas al Gobernador Regional del Gobierno Regional del Departamento de Tumbes, mediante Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias; y que estando aprobado por la Sub Gerencia de Presupuesto y contando con los vistos de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Gerencia General Regional, Oficina Regional de Asesoría Jurídica y Secretaría General Regional del Pliego 461: GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE TUMBES;

De, conformidad con el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Directiva N° 0005-2022-EF/50.01 denominada “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por Resolución Directoral N° 0023-2022-EF/50.01.

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- AUTORIZAR

A la Oficina Regional de Administración para que a través de la Oficina de Tesorería efectúe la Transferencia Financiera hasta por la suma de SEISCIENTOS DIECINUEVE MIL DIECISÉIS Y 00/100 SOLES (S/ 619,016.00), a favor de la Contraloría General de la República, en el marco de la Ley Nº 31358, Ley que Establece Medidas para la Expansión del Control Concurrente, y Directiva Nº 018-2022-CG/GMPL, aprobada con Resolución de Contraloría Nº 275-2022-CG, “Directiva Externa que Establece Disposiciones Complementarias de la Ley Nº 31358, Ley que establece Medidas para la Expansión del Control Concurrente”, siguiendo el procedimiento dispuesto para la transferencia financiera a la Entidad de control nacional.

Artículo Segundo.- Transcríbase la presente Resolución a la Contraloría General de la República, Dirección Nacional de Contabilidad Pública, Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, así como a las instancias del Pliego 461: Gobierno Regional del Departamento de Tumbes, Gobernación Regional, Gerencia General Regional, Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Oficina Regional de Administración, Oficina Regional de Asesoría Jurídica, Secretaría General Regional, Oficina de Contabilidad, Oficina de Tesorería.

Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.

A. ROSARIO PALACIOS PALACIOS DE DE LAMA

Gobernadora Regional (e)

2241368-1