Autorizan transferencias financieras a favor de la Contraloría General de la República y del Ministerio Público

Autorizan transferencias financieras a favor de la Contraloría General de la República y del Ministerio Público

RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL

Nº 000407-2023/GOBIERNO REGIONAL TUMBES-GR

Tumbes, 3 de agosto de 2023

VISTO:

El Informe Técnico Nº 102-2023/GOB.REG.TUMBES-GGR-GRPPAT-SGP, de fecha 25 de julio de 2023; Memorando Nº 158-2023/GOBIERNO REGIONAL TUMBES-GGR-GRPPAT-GR, de fecha 19 de julio de 2023; Memorando Nº 2389-2023-GOBIERNO REGIONAL TUMBES-GGR-GRI-GR, de fecha 14 de julio de 2023; Memorando Nº 143-2023/GOBIERNO REGIONAL TUMBES-GGR-GRPPAT-GR, de fecha 10 de julio de 2023; Oficio Nº 000974-2023-CG/SGE, de fecha 29 de mayo de 2023; y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 31358 Ley que Establece Medidas para la Expansión del Control Concurrente, señala en su Artículo Primero Objeto de la Ley: que la ejecución de inversiones que genere el desembolso de recursos públicos y/o garantías financieras o no financieras por parte del estado, lo que incluye a las obras públicas, las inversiones mediante los mecanismos de obras por impuestos y asociaciones públicos privadas u otros mecanismos de inversión, a cargo de los pliegos del gobierno nacional, regional y local, entidades de tratamiento empresarial públicas en el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE), fondos y toda entidad o empresa bajo el ámbito del Sistema Nacional de control, cuyos montos superen los diez millones de soles, son objeto de control concurrente por parte de la Contraloría General de la República; destinando para su financiamiento hasta el 2% (dos por ciento) de su valor total desde la fase de formulación y evaluación, incorporando dentro de su estructura de costos, como costos indirectos u otros costos, un rubro denominado Control Concurrente, el cual corresponde al financiamiento de las acciones a ser efectuadas por la Contraloría General de la República bajo dicha modalidad de control gubernamental; habilitando el rubro Control Concurrente dentro de la genérica de gasto 2.6 Adquisición de Activos No Financieros de la Categoría del Gasto de Capital, con cargo al presupuesto institucional de las entidades, como parte de la estructura de componentes a ejecutar;

Que, asimismo, en la citada Ley, señala que toda ejecución de cualquier iniciativa de contratación de bienes y servicios que no constituyan inversión, por parte de los pliegos del gobierno nacional, regional y local, entidades de tratamiento empresarial, empresas públicas en el ámbito del FONAFE, fondos y toda entidad o empresa bajo el ámbito del Sistema Nacional de Control, cuyos montos convocados superen los diez millones de soles, son objeto de control concurrente por parte de la Contraloría General de la República. Para este efecto, los pliegos comprendidos en dicha modalidad de control gubernamental deben destinar para su financiamiento hasta el 2% del monto convocado con cargo a su presupuesto institucional en la categoría de gasto corriente;

Que, para el cumplimiento de implementar lo dispuesto en la Ley Nº 31358, autorizase a los pliegos involucrados del gobierno nacional, regional y locales, a cargo de las intervenciones a que se refieren los artículos 1 y 3 de la antes mencionada Ley, a realizar modificaciones presupuestales en el nivel funcional programático para habilitar la genérica de gasto 2.4 Donaciones y Transferencias tanto para la categoría de gasto corriente y gasto de capital, quedando exceptuadas de las restricciones presupuestarias en el marco de los establecido en la leyes anuales de presupuesto, a fin de poder realizar transferencias financieras a favor del pliego 019 – Contraloría General de la República, a solicitud de dicha entidad fiscalizadora superior, conforme a los cronogramas de ejecución de obras anuales valorizadas vigentes, programa de ejecución de obras, planes de inversión, plan anual de contrataciones o documentos de similar naturaleza;

Que, mediante Oficio Nº 000974-2023-CG/SGE, de fecha 29 de mayo de 2023, el Secretario General de la Contraloría General de la República, en el marco de los alcances de la Décima Disposición Complementaria Modificatoria de la Ley N° 31640, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2023, que modifica el Artículo 1 de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, se ha priorizado inversiones a cargo de la Ejecutora 001 Sede Central, cuyo monto de inversión se encuentra en el rango mayor a los cinco millones y 00/100 soles (S/ 5,000,000.00) y menor o igual a los Diez Millones y 00/100 (10,000,000.00), y con la finalidad de desplegar los servicios de control gubernamental a las inversiones priorizadas; esta Entidad Fiscalizadora Superior ha determinado el costo de control concurrente CCC 2%, considerando el saldo del monto de inversión por ejecutar con fecha de corte al 18 de mayo de 2023, de conformidad a los criterios establecido en la Directiva N° 018-2022-CG/GMPL, aprobada mediante Resolución Contralora N° 275-2022-CG y modificada por Resolución Contralora N° 139-2023-CG. Precisando que en cumplimiento a lo dispuesto en la Septuagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31638 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, la entidad Regional deberá efectuar la transferencia financiera a favor del Pliego 019: Contraloría General, correspondiendo al 1% del saldo de inversión por ejecutar; asimismo, el saldo restante (CCC 1%) conforme a los señalado en el referido dispositivo, deberá ser transferido al Pliego 022: Ministerio Público a cargo de la Unidad Ejecutora Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público;

Que, con Memorando Nº 143-2023/GOBIERNO REGIONAL TUMBES-GGR-GRPPAT-GR, de fecha 10 de julio de 2023, el Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, solicita a la Gerencia Regional de Infraestructura la actualización en el banco de inversiones de la Obra CUI: 2377782 “Mejoramiento del Servicio de Educación Básica de la Institución Educativa Perú Canadá del Distrito, Provincia y Región Tumbes”; para efectuar la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República la cual tiene como objetivo, la ejecución de inversiones que genere el desembolso de recursos públicos cuyos montos superen los S/ 5,000,000.00 (CINCO MILLONES Y 00/100 SOLES) para tal efecto, se destina hasta el 2% de su valor total, incorporando dentro de su estructura de costo, como costo indirectos u otros costos, en el rubro denominado control concurrente el cual corresponde al financiamiento de las acciones a ser efectuadas por la Contraloría General de la República, bajo dicha modalidad de control gubernamental le corresponde el 1% y el saldo restante del 1% a ser transferido al Pliego 022: Ministerio Público de acuerdo a lo señalado en la Septuagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley de Presupuesto para el Año Fiscal 2023;

Que, con Memorando Nº 2389-2023/GOBIERNO REGIONAL TUMBES-GGR-GRI-GR, de fecha 14 de julio de 2023, la Gerencia Regional de Infraestructura, convalida los montos solicitados por el órgano de control fiscal superior; asimismo, la Sub Gerencia de Presupuesto mediante Informe Técnico Nº 00102-2022-GOB.REG.TUMBES-GGR-GRPPAT-SGP, de fecha 25 de julio de 2023, emite las cadenas funcionales que corresponde al proyecto mencionado en el párrafo anterior;

Que, con Memorando Nº 158-2023/GOBIERNO REGIONAL TUMBES-GGR-GRPPAT-GR, de fecha 19 de julio de 2023, el Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, DISPONE proyectar el acto resolutivo, así como realizar las gestiones necesarias para hacer efectiva la transferencia financiera a favor en estricto cumplimiento de la Septuagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31638, así como la Ley N° 31358 y la Directiva Nº 018-2022-CG/GML, modificada por la Resolución de Contraloría N° 139-2023-CG, a favor de: Pliego 019 Contraloría General de la república (monto S/ 93,467.50) - 1% del CCC; así como al Pliego 022 Ministerio Público (monto S/ 93,467.50) - 1% del CCC;

Que, por las consideraciones expuestas en los considerandos procedentes, es necesario que la Oficina Regional de Administración impulse las acciones administrativas, para hacer efectiva la transferencia financiera hasta por la suma de S/ 186,935.00 a favor de los Pliegos mencionados en el párrafo que antecede, en el marco de la Ley Nº 31358, Ley que Establece Medidas para la Expansión del Control Concurrente, y Directiva Nº 018-2022-CG/GMPL, aprobada con Resolución de Contraloría Nº 275-2022-CG, “Directiva Externa que Establece Disposiciones Complementarias de la Ley Nº 31358, Ley que establece Medidas para la Expansión del Control Concurrente”, y Septuagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31638 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, siguiendo el procedimiento para la transferencia financiera a las Entidades Fiscalizadoras Superior;

Que, de acuerdo con lo establecido en el Decreto Legislativo 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, Artículo 2°, de los Principios, numeral 2.2, precisa; el principio de legalidad y el de presunción de veracidad son aplicables al Sistema Nacional de Presupuesto Público. Indicando además que el presente acto resolutivo, no convalida ningún acto, acciones o gastos que no se ciñan a lo expuesto en los párrafos precedentes, o a la normatividad vigente;

En, uso de las atribuciones conferidas al Gobernador Regional del Gobierno Regional del Departamento de Tumbes, mediante Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias; con los vistos de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Gerencia General Regional, Oficina Regional de Administración, Oficina Regional de Asesoría Jurídica y Secretaría General Regional del Pliego 461: GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE TUMBES;

Que, estando aprobado por la Sub Gerencia de Presupuesto y contando con los vistos de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Gerencia General Regional, Oficina Regional de Asesoría Jurídica y Secretaría General Regional del Pliego 461: GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE TUMBES;

De, conformidad con el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Directiva N° 0005-2022-EF/50.01 denominada “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por Resolución Directoral N° 0023-2022-EF/50.01.

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- AUTORIZAR

A la Oficina Regional de Administración para que a través de la Oficina de Tesorería efectúe la Transferencia Financiera por el monto de NOVENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y SIETE Y 50/100 SOLES (S/ 93,467.50), a favor del Pliego 019 Contraloría General de la República.

Artículo Segundo.- AUTORIZAR

A la Oficina Regional de Administración para que a través de la Oficina de Tesorería efectúe la Transferencia Financiera por el monto de NOVENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y SIETE Y 50/100 SOLES (S/ 93,467.50), a favor del Pliego 022 Ministerio Público.

Artículo Tercero.- Estas transferencias se efectúan en el marco de la Ley Nº 31358, Ley que Establece Medidas para la Expansión del Control Concurrente, y Directiva Nº 018-2022-CG/GMPL, aprobada con Resolución de Contraloría Nº 275-2022-CG, “Directiva Externa que Establece Disposiciones Complementarias de la Ley Nº 31358, Ley que establece Medidas para la Expansión del Control Concurrente”; y Septuagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31638 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, siguiendo el procedimiento dispuesto para la transferencia financiera a otras Unidades del Gobierno Nacional.

Artículo Cuarto.- Transcríbase la presente Resolución a la Contraloría General de la República, Dirección Nacional de Contabilidad Pública, Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, así como a las instancias del Pliego 461: Gobierno Regional del Departamento de Tumbes, Gobernación Regional, Gerencia General Regional, Oficina Regional de Asesoría Jurídica, Secretaría General Regional, Subgerencia de Presupuesto, Oficina de Contabilidad, Oficina de Tesorería.

Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.

Segismundo Cruces Ordinola

Gobernador Regional

2241331-1